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6 de noviembre de 2017

De acuerdo con un informe de la Oficina de Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito del 2016, menos de la mitad (46%) de casos de trata de personas son procesados en los países de América del Sur, mientras que menos de un tercio (28%) del número de procesados son condenados. En promedio, por cada 100 personas oficialmente investigadas por la policía, solo 13 son condenadas en un tribunal de primera instancia. En base a ello, presentaremos algunos casos emblemáticos en la Región para ilustrar mejor lo anteriormente señalado:

  • En el caso de Bolivia, la Fiscalía General del Estado señaló la existencia de 2,119 casos abiertos en 2012 por trata y tráfico de personas, de los cuales solamente existen 12 sentencias por delito de trata, lo cual representa el 99.5% de impunidad en dicho país.
  • En el caso de Guatemala, entre 2009 y 2014, solo había concluido el 64% de las investigaciones en materia de trata de personas a nivel nacional.
  • En el caso de Ecuador, de acuerdo a datos de la Fiscalía General, en 2011, de las 74 denuncias de trata de personas, ninguna resultó en una sentencia condenatoria.
  • En el caso peruano, menos de 3 de cada 100 procesados por trata reciben sentencias condenatorias en el Poder Judicial.

Este alarmante nivel de impunidad se explica por varias razones. La primera se refiere a la falta de capacidad de los operadores de justicia en los casos de trata de personas. Esto se vincula al desconocimiento de los elementos de la trata de personas, así como el uso de estereotipos de género en el tratamiento de los casos. De esta forma, muchos operadores de justicia suelen confundir la trata con otros delitos similares o no aplican el enfoque de género para resolver los casos. En el caso de Perú, un claro ejemplo de ello es la sentencia emitida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia en el 2016, en la que no se consideró el trabajo de dama de compañía realizado por una niña como explotación sexual.

Otra razón es que, aunque la mayoría de Estados de la región cuentan con los programas de protección de víctimas y testigos como herramientas para brindar seguridad, la admisión de estas víctimas depende exclusivamente de los entes de persecución o de la existencia de una denuncia e investigación penal. Sin lugar a dudas, esto complica que las víctimas se acerquen al sistema de justicia a fin de ver sus derechos protegidos.

Finalmente, se evidencia la corrupción de funcionarios públicos, problema que incluso ha ameritado la preocupación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. De esta forma, la corrupción opera en tres ámbitos:

  • En primer lugar, en el ámbito del control migratorio mediante la facilitación de documentos adulterados o la facilitación del ingreso irregular por parte de agentes estatales en cambio de coimas.
  • En segundo lugar, se encuentran actos de corrupción en los lugares de explotación mediante la ausencia de inspecciones en estos lugares o mediante la participación directa de funcionarios públicos en la explotación.
  • En tercer lugar, se encuentran casos de corrupción en los procesos judiciales, en los cuales los tratantes mediante pago evitan ser condenados.

Como se ha evidencia, la deficiente capacidad de los operadores, la corrupción de funcionarios y los límites de los programas de protección evitan que los Estados garanticen los derechos de las víctimas de trata y no hace más que perpetuar la falta de acceso a la justicia y la impunidad existente en la región.

La información presentada se obtuvo en base al Informe sobre trata de personas en América Latina y el Caribe, realizado en el marco del 165° período de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

*Escribe: Francisco Mamani, asistente de investigación del área Académica del Idehpucp. Mamani ha integrado el equipo que desarrolló el Informe Regional de Trata de Personas presentado en la Audiencia 165 de la CIDH en Montevideo, Uruguay, el martes 24 de octubre.