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Notas informativas 8 de mayo de 2015

Son dos los puntos centrales en los que se requiere una mayor precisión. De un lado, la calificación de los hechos como crimen de lesa humanidad, debido a que no fue considerada en el proceso donde fueron condenados los miembros del Ejército Peruano Víctor La Vera Hernández y Amador Vidal Sanbento por estos hechos. Por tanto, la SPN solicita una fundamentación sobre dicha cuestión. La calificación de un hecho delictivo como delito de lesa humanidad es complementaria a la tipificación penal y tiene efectos para evitar tanto la prescripción como la amnistía o indulto de estas conductas.

El segundo punto que el colegiado pidió aclarar es el pedido del Ministerio Público para sancionar a Urresti con 25 años de prisión en caso fuera encontrado culpable de estos hechos, debido a que los condenados La Vera Hernández y Vidal Sanbento fueron sentenciados a 17 y 15 años de cárcel, respectivamente. Este hecho resulta relevante para la Sala, debido a que La Vera Hernández, quien era superior del exministro en la base de Castropampa, tendría una pena menor a la de su exsubordinado.

Urresti fue comprendido en el caso Bustíos luego de una investigación ordenada por el Poder Judicial al momento de sentenciar a los ya mencionados agentes del Estado. El pasado miércoles 6 de mayo se realizó la audiencia de control sobre la acusación en este caso.