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Notas informativas 14 de febrero de 2014

El tipo penal de patrocinio ilegal sanciona a quien valiéndose de su calidad de funcionario o servidor público patrocina intereses de particulares ante la administración pública. En este caso concreto, el patrocinio indebido se plasmaría en las presiones realizadas sobre autoridades de colegios nacionales para firmar contratos publicitarios con una empresa privada.

Asimismo, de probarse que el despido del director del colegio Alfonso Ugarte se produjo por su negativa de acceder a la solicitud que le hiciera la parlamentaria, ella tendría que responder por la posible comisión de un acto arbitrario que cauce perjuicio a alguien. De acuerdo con lo difundido por diversos medios de comunicación, el acto perjudicial sería la destitución como director del plantel educativo nacional como represalia a la negativa recibida de firmar o renovar el contrato con la empresa Punto Visual.

Finalmente, Guimaray remarcó que la vida privada de nuestros funcionarios públicos se torna relevante para el ordenamiento jurídico cuando se constituye como fuente de la defraudación de sus deberes de objetividad frente a la administración pública.

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