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29 de agosto de 2023

Fuente: Adán Vega.

Por Julissa Mantilla Falcón (*)

Como se sabe, desde los años 80 se establecieron comisiones de la verdad en América Latina, con el mandato general de investigar los hechos de graves violaciones de derechos humanos, infracciones al Derecho Internacional Humanitario y crímenes internacionales ocurridos tanto en dictaduras como en situaciones de conflictos armados. Si bien las circunstancias y mandatos de cada caso fueron distintos, lo cierto es que no fue sino con la Comisión para el Esclarecimiento Histórico de Guatemala (1997) y la creación de la Comisión de la Verdad y Reconciliación del Perú (2001) cuando se incorporó un análisis específico de la situación de las mujeres, fundamentalmente en el caso de la violencia sexual. Estos fueron avances fundamentales para hacer visible la experiencia de las mujeres en los procesos de recuperación de la verdad, la memoria, la justicia y la reparación, ámbitos de los que habían sido tradicionalmente excluidas. 

Recientemente, la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No repetición de Colombia, creada luego del Acuerdo de Paz con las FARC, publicó su Informe Final, en el que ha realizado mayores avances en materia de género, pues ha analizado la violencia reproductiva (abortos forzados así como anticoncepción y esterilización forzadas), la violencia sexual contra los hombres y la situación particular de la población LGTBIQ+. Asimismo, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de Colombia decidió abrir un macrocaso sobre violencia sexual, lo que permitirá la judicialización de estos hechos próximamente. 

Ahora bien, es importante mencionar los esfuerzos que se hacen en la actualidad para recuperar la memoria y la verdad de las mujeres que no fueron incluidas en los reportes de las comisiones de la verdad. Así, por ejemplo, en Argentina se inauguró la muestra Ser Mujeres en la ESMA, testimonios para volver a mirar [1], elaborada teniendo como referencia los testimonios de las sobrevivientes de la dictadura que estuvieron en ese centro de detención, hoy Museo de Memoria.  Se trata, por tanto, de recuperar historias que fueron invisibilizadas y que deben ser tomadas en cuenta para la reconstrucción de la verdad y la justicia. 

Pero no es solo como víctimas que las mujeres deben ser reconocidas por las comisiones de la verdad, sino también como luchadoras por la verdad y la justicia. Un claro ejemplo de ello son las mujeres buscadoras de sus familiares desaparecidos en dictaduras y conflictos armados [2]. Estela de Carlotto en Argentina, Mamá Angélica Ascarza en Perú y Fabiola Lalinde en Colombia, son solo algunos ejemplos de cómo, a partir de sus roles de género como madres y esposas, las mujeres inician una búsqueda incansable de sus seres queridos y contribuyen de este modo con la reconstrucción de los hechos y la administración de justicia. 

En lo que Elizabeth Jelin denomina acciones “típicamente femeninas”, las mujeres luchan por la subsistencia de la familia y su adaptación a las nuevas circunstancias, a la vez que crean organizaciones de derechos humanos basándose en su parentesco con las víctimas directas [3]. Es más, cuando una de estas mujeres fallece o por alguna razón no puede seguir buscando, la organización asume como una tarea propia la búsqueda del familiar desaparecido.

En este proceso de búsqueda, las mujeres consagran su vida y esfuerzos, lo cual las ubica en situaciones de vulnerabilidad constante; además, son responsabilizadas tanto si descuidan a sus otros familiares por continuar la búsqueda como si abandonan dicha búsqueda. Asimismo, su salud física y mental se ve afectada de manera permanente [4], sufren violencia de género y no pueden desarrollar actividades propias de estudio o trabajo. Por ello, entidades como la Fundación Nydia Erika Bautista [5] de Colombia viene promoviendo una Ley para las mujeres buscadoras que las considere como sujetos de protección constitucional y constructuras de paz.

Sin duda, es fundamental que las comisiones de la verdad recojan esta dimensión de género en su proceso de trabajo e investigación y reconozcan la importancia de la experiencia de las mujeres por la verdad y la justicia.

(*) Docente del Departamento de Derecho de la PUCP


[1] Sobre el tema, revisar: http://www.museositioesma.gob.ar/item/ser-mujeres-en-la-esma/

[2] Mantilla Falcón, Julissa. 2023. “No todas las vejeces son iguales”: los derechos humanos de las mujeres mayores y la importancia del enfoque de género. Revista derecho del Estado. 56 (abr. 2023), 217–245. DOI:https://doi.org/10.18601/01229893.n56.08.

[3] Jelin, Elizabeth, “El género en las memorias”. En Jelin, Elizabeth.  Los trabajos de la memoria. España: Siglo Veintiuno editores, 2001, p. 5. Disponible en:  http://www.lazoblanco.org/wp-content/uploads/2013/08manual/bibliog/material_masculinidades_0425.pdf

[4] MX: Situación del derecho a la salud de las y los familiares de las personas desaparecidas en México [vídeo de YouTube]. Comisión Interamericana de Derechos Humanos, publicado el 17 de marzo de 2022. Disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=jWpgvoh5r1g 

[5] Sobre el tema, revisar: https://elpais.com/america-colombia/2023-08-09/mujeres-buscadoras-una-lucha-que-quiere-ser-ley-en-colombia.html