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Notas informativas 17 de octubre de 2013

Para la Defensoría del Pueblo, dos aspectos de la norma que deben reglamentarse con urgencia son la posibilidad de otorgamiento de una pensión a personas que sufren una discapacidad severa – certificada por las direcciones de salud -, así como el reconocimiento de la capacidad jurídica de todas las personas con discapacidad.

Según recuerda esta institución, de acuerdo con la Primera Encuesta Nacional Especializada sobre Discapacidad, realizada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), 1 575,402 peruanos sufren de algún tipo de discapacidad, lo que representa al 5.2% de la población total en nuestro país.