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Notas informativas 6 de mayo de 2014

El informe comenta la finalidad de esta norma, que debe buscar un marco jurídico que favorezca la legalidad en la tenencia y uso de armas por parte de las personas para su uso civil. El documento enfatiza que las intervenciones de SUCAMEC se harán sobre personas que venían cumpliendo con la ley, pero que por el vencimiento del plazo de un año pasaron a la ilegalidad, mientras que las personas que no registraron nunca sus armas no serán intervenidas por el marco normativo propuesto. Asimismo, se indica que la ley también debe incentivar a personas a pasar a la formalidad en la tenencia de sus armas, cuestión que no es nítidamente abordada por el Anteproyecto.

Se señala también cuáles deben ser los fundamentos de una limitación de derechos en torno a la fabricación y comercio de armas, así como la necesidad de realizar un necesario análisis sobre cuáles son las vías utilizadas por los delincuentes para obtener ilegalmente estos instrumentos. También se señala, en perspectiva comparada, cuál debe ser la clasificación de las armas, así como la indispensable regulación diferenciada entre armas de uso civil y armas de uso restringido.

Finalmente, este documento realiza comentarios sobre artículos específicos del Anteproyecto, en particular, sobre los conceptos empleados a lo largo del mismo.