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Notas informativas 15 de junio de 2011

Por Víctor Quinteros Marquina (*)

Si de antecedentes se trata, García es el ejemplo vivo de lo políticamente impredecible. Una muestra de ello es su segunda elección en el año 2006, pese al recuerdo de su desastrosa primera gestión de gobierno, tanto en términos económicos (con una inflación anual superior a 2,775%[2]), como de seguridad (hacia 1990 la violencia terrorista alcanzaba su mayor extensión e intensidad y 65 provincias del Perú habían sido declaradas en estado de emergencia). Por si eso fuera poco, ensombrecían la gestión de ese primer gobierno, acusaciones por graves violaciones de derechos humanos y sonados casos de corrupción.

En este breve recuento de «horrores» del pasado, cabe destacar uno ocurrido pocos días antes de que García culmine su primer mandato. El 9 de julio de 1990, una escandalosa –y hasta dudosa– negligencia favoreció la fuga de 47 miembros del MRTA del penal Miguel Castro Castro. Gracias a su clamorosa ineficacia y falta de previsión, el nefasto régimen llegaba a su fin favoreciendo la impunidad de los máximos jerarcas emerretistas, quienes burlaron la máxima seguridad del penal, a través de un túnel de precaria pero eficaz construcción. Pese a todo, García sobrevivió políticamente y fue nuevamente elegido presidente.

Con actualizadas críticas y nuevos cuestionamientos por actos de corrupción durante su segundo gobierno, un nuevo “túnel de impunidad” amenaza con abrirse en estos últimos días de gestión aprista, uno igual de escandaloso que el primero, aunque más formal y premeditado: el indulto humanitario a favor de Fujimori. Y es que este como el caso anterior, demuestra que la impunidad puede ser favorecida a través de arbitrariedades o hasta sospechosas muestras de ineficacia gubernamental[3]. Para el caso Fujimori, podría aplicarse la primera de ambas modalidades si la fase terminal de su supuesta enfermedad no es objetivamente probada, más aún cuando el Instituto de Enfermedades Neoplásicas (INEN) ha descartado dicha posibilidad en un reciente informe[4].

No obstante, descartado el supuesto de enfermedad terminal, otra eventual arbitrariedad podría generarse si Fujimori es indultado a causa de su declarada condición de “paciente de alto riesgo”. En este último caso, el Reglamento de la Comisión de Gracias Presidenciales (RM. 0162-2010-JUS) sólo admite la concesión de indulto humanitario a quienes padecen enfermedad grave no terminal, cuando las condiciones carcelarias puedan poner en grave riesgo su vida, salud e integridad (artículo 31°). Sin embargo, este supuesto tampoco sería aplicable al caso de Fujimori, dadas las exclusivas y privilegiadas condiciones de reclusión en las que éste permanece y los especiales cuidados de salud dispuestos a su favor.

Pueda ser que un eventual indulto otorgado a Fujimori no defina el futuro político de García, pero de hecho representaría un ejercicio arbitrario de poder que los peruanos no debemos tolerar. Por ello, dada la improcedencia del indulto conforme las reglas del propio gobierno (RM. 0162-2010-JUS), esperamos que, a diferencia de su primer gobierno, García no despida su segundo mandato con un nuevo “túnel de impunidad”.(*) Coordinador ejecutivo del IDEHPUCP

(15/06/2011)

[2] Hatun Willakuy, Versión abreviada del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, pg. 310.

[3] Citando a la Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados (1990 – 1991), el diario Perú 21 se refiere a la negligencia de la PNP y las dudas sobre la responsabilidad política del ministro Mantilla en la fuga. Ver: http://peru21.pe/noticia/487763/20-anos-fuga-polay