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Notas informativas 18 de junio de 2019

Las últimas semanas han resultado críticas en la región Latinoamericana para las personas venezolanas que huyen de la crisis en su país. El 06 de junio, a la par que el Grupo de Lima adoptaba la Declaración de su XIV Reunión con una fuerte postura de censura hacia el gobierno de Nicolás Maduro y reconocía la intensificación de lo que se ha denominado el “éxodo venezolano”, en Perú el Presidente Martín Vizcarra anunciaba la imposición de una “visa humanitaria” a migrantes venezolanos y venezolanas a partir del 15 de junio[1]. Con ello, se convierte en el segundo país de América del Sur en adoptar tal medida después de Chile, que creó la “visa de responsabilidad democrática” para el ingreso de personas venezolanas en abril del 2018.

Una medida similar sería adoptada próximamente por Ecuador, que ha anunciado la creación de una visa para personas venezolanas tras la denuncia del Tratado de la Unión de las Naciones del Sur (Unasur). A ello se suman los constantes reportes de naufragios de migrantes provenientes de Venezuela con rumbo a países como Curazao y Trinidad y Tobago, el cierre de la frontera de Aruba con Venezuela por tres meses más, y los cada vez más constantes reportes de expulsiones, detenciones y arrestos arbitrarios hacia personas venezolanas sin importar su condición migratoria en diversos países de Latinoamérica.

Esta situación ha generado la preocupación de organismos y organizaciones internacionales, así como de los actores de sociedad civil que trabajan en la defensa y atención de los derechos de las personas migrantes. El viraje hacia esta serie de políticas restrictivas a la migración se enmarca en un contexto global donde las políticas migratorias se centran cada vez más en el control y no en el respeto y garantía de los derechos de las personas en movilidad.

La conexión entre estas medidas y graves violaciones de derechos humanos ha sido cuestionada de forma reciente por la presentación de una queja ante la Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI). En el comunicado de 244 páginas presentado, se afirma que la UE implementó políticas migratorias premeditadas para detener los flujos migratorios de África desde el 2014 hasta la fecha, que habrían causado la muerte de miles de migrantes en el mar mediterráneo y en el territorio libio, y que constituirían crímenes de lesa humanidad[2].

Para probar ello, se describe el cambio de las políticas migratorias adoptadas por la UE en la última década. Con el fin del régimen de Muammar Gaddafi en el 2011, la política de externalización de fronteras de la Unión Europea colapsó, es decir, los migrantes ya no podían ser desalojados, detenidos y deportados antes de poder llegar al territorio de los estados miembros de la UE, lo que ocasionó que entre el 2011 y el 2013 la crisis migratoria continuara escalando.

Por ello, en el 2013 la UE implementó la operación italiana Mare Nostrum, la cual fue considerada como la más larga operación humanitaria en el Mediterráneo[3]. No obstante, en el verano del 2014, Frontex, la organización de la UE encargada de proteger sus fronteras exteriores, criticó esta operación por su supuesto “efecto llamada” generando la llegada de más migrantes a las costas italianas. Adicionalmente, determinó que incentivaba a los contrabandistas a cambiar sus estrategias y organizar cruces en condiciones más peligrosas, aumentando así el riesgo de muerte para los migrantes durante el cruce[4].

La queja expone evidencia que las agencias y los agentes de la UE eran plenamente conscientes de las consecuencias letales de la finalización de Mare Nostrum de forma previa a su culminación[5]. A pesar de ello, tal como se señala en el comunicado, en el 2014, la UE implementó una primera política migratoria basada en la disuasión de migrantes que buscaban asilo en Europa[6]. La política mencionada se materializó en la operación Tritón, la cual convirtió al mediterráneo central en la ruta migratoria más mortal del mundo. Entre el 1 de enero de 2014 y fines de julio de 2017, más de 14,500 personas murieron o fueron reportadas como desaparecidas[7].

Contrario al fin que buscaba la implementación de la política, los cruces de migrantes no disminuyeron y el número de muertos aumentó drásticamente[8]. Frente al fracaso de la UE en la prevención de la pérdida de vidas, así como la protección de los derechos humanos de los migrantes[9], las operaciones de búsqueda y rescate (SAR por sus siglas en inglés) fueron asumidas por ONGs[10]. En consecuencia, en el 2015 la UE implementó la segunda política, la cual tenía una doble estrategia: (i) la deslegitimación, criminalización y, en última instancia, la expulsión de las ONGs; y (ii) utilizar a la Guardia Costera de Libia (GCL) para que se haga cargo de la intercepción, devolución y detención de los que escapan de Libia[11]. Según la información disponible, entre 2016-2018 se registró la interceptación y devolución de más de 40 000 personas por la UE e Italia, vía la GCL[12].

Para sostener las afirmaciones del análisis realizado, la queja recoge la opinión de expertos, testimonios de víctimas, y citas de documentos oficiales. Con la presentación de esta queja se podría dar inicio a una investigación preliminar por la parte de la Fiscalía de la CPI y, eventualmente, la formulación de una acusación contra los presuntos responsables identificados si se encuentra base suficiente para ello. Si bien no hay plazos establecidos sobre cuándo la Fiscalía debería manifestar si se procederá con la investigación preliminar o no, Juan Branco, uno de los autores de la comunicación presentada, que además ha trabajado en la CPI, estimó que el análisis de la información remitida solo debería tomar unos meses[13].

La importancia de esta queja radica en la exposición de un nexo causal entre políticas migratorias restrictivas, centradas en evitar el ingreso de personas en movilidad a toda costa, y las violaciones de derechos humanos derivadas, que por sus características los autores de la comunicación califican como crímenes de lesa humanidad en el caso de la UE[14]. Tan solo la apertura de una investigación preliminar con base en esta información calificaría como un hecho histórico, que podría dar pase a, en el futuro, poner en cuestión el efecto que estas políticas producen en el respeto y garantía de los derechos de las personas migrantes.

Aunque el escenario de la UE parecía hasta hace unos años muy ajeno a los países de Latinoamérica, con la intensificación del desplazamiento de personas venezolanas y la adopción de políticas cada vez más restrictivas en la región, es necesario cuestionar estas desde sus impactos en los derechos de las personas para evitar reproducir los errores del Norte Global.

*Artículo elaborado por Génesis Vargas y Adriana Alzamora, integrantes del Área Académica y de Investigaciones del IDEHPUCP.


REFERENCIAS

[1] Cabe señalar que esta medida ha sido flexibilizada por la Superintendencia Nacional de Migraciones con la resolución 000177-2019- del día 12 de junio de 2019 con la creación de cuatro excepciones para el ingreso sin visa y pasaporte a Perú: i) menores de edad en tránsito al Perú para reunirse con sus padres y que no cuentan con cédula de identidad o pasaporte, sino únicamente con partida de nacimiento; ii) los mayores de edad para reunirse con su núcleo familiar ya residente en el Perú; iii) los mayores de edad en situación de vulnerabilidad en tránsito al Perú; y iv) las mujeres embarazadas y adultos mayores en situación de extrema vulnerabilidad en tránsito al Perú.

[2] Queja a la Fiscalía de la Corte Penal Internacional, párr. 2.

[3] Ídem 2, párr. 3.

[4] Ídem 2, párr. 50.

[5] Ídem 2, párr. 55.

[6] Ídem 2, párr. 3.

[7] Ídem 2, párr. 4.

[8] Ídem 2, párr. 2, 95.

[9] Ídem 2, párr. 128

[10] Ídem 2, párr. 127.

[11] Ídem 2, párr. 6, 157.

[12] Ídem 2, párr. 326.

[13] Dedorson, Emma. Interview: Meet the lawyer taking the EU migration policy to the ICC. En: euobserver. Publicada el 14 de junio de 2019.

[14] De acuerdo al artículo 7 del Estatuto de Roma, los crímenes de lesa humanidad se configuran con el: asesinato, exterminio, esclavitud, deportación o expulsión, encarcelación, tortura, violación, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada, apartheid u otro acto inhumano de carácter similar, contra una población civil, en forma sistemática o generalizada, y con conocimiento de la perpetración de estos ataques.