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Notas de prensa 23 de noviembre de 2017

Como parte del Proyecto “Empoderamiento a periodistas y estudiantes universitarios: vigilancia, información y transparencia para la prevención de la corrupción y el lavado de activos en el Perú”, ejecutado gracias a The National Endowment for Democracy (NED), la Clínica Jurídica de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco (UNSAAC) ha elaborado informes en Derecho (amicus curiae) relacionados a casos emblemáticos de corrupción. La UNSAAC es socia estratégica del Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (Idehpucp), de hecho, el Idehpucp ha trabajado como aliado en la implementación y desarrollo de la Clínica en mención.

Uno de los amicus curiae está referido al proceso N° 02670-2016-32-1001-JR-PE-01, resuelto por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco en el que se discuten algunos aspectos vinculados al delito de cohecho pasivo propio (artículo 393° del Código Penal). En el caso particular materia de análisis, se discuten las exigencias económicas para la contratación de personal de confianza en la División de Estudios y Proyectos Sociales de la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad de Echarati. Así pues, se señala que el Jefe de Estudios y Proyectos, a través de un funcionario de la División de Estudios y Proyectos Sociales, solicitaba parte de la remuneración mensual a los trabajadores de confianza a cambio de que puedan conservar sus puestos de trabajo. Esta situación se venía manteniendo con la aceptación de varios de los trabajadores a quienes se les exigía sumas de hasta mil nuevos soles. Finalmente, estos actos fueron descubiertos a través de la denuncia de un trabajador y con la intervención del Ministerio público y la Policía Nacional.

En el informe elaborado por la Clínica Jurídica de la UNSAAC se analizan algunos temas importantes que se desprenden del caso, tales como el principio de legalidad y la figura del funcionario de facto. Así también, se presentan reflexiones sobre la motivación de las resoluciones judiciales. En cuanto al tema del principio de legalidad se discute uno de los planteamientos de la defensa, según el cual, los funcionarios públicos que solicitaban el dinero no tendrían la potestad para contratar personal. Desde esta perspectiva, no habrían cometido el delito de cohecho pasivo propio ya que éste exige que el servidor público que solicita el dinero infrinja sus obligaciones funcionariales. De ahí que en el amicus curiae se plantee y explore la posibilidad de incorporar la figura del funcionario de facto para casos de delitos de cohecho. Finalmente, las recomendaciones sobre la motivación de la sentencia que condenó a los funcionarios públicos por el delito de cohecho se refieren a que el Juzgado no se habría pronunciado sobre este aspecto en concreto.

En la elaboración del informe participaron Leydi Gárate Espinoza y Elizabeth Villalba Amao, estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNSAAC e integrantes de la Clínica Jurídica de dicha universidad.

*Escribe: David Torres, investigador senior e integrante del equipo del Proyecto Anticorrupción del Idehpucp.