Ir al contenido principal Ir al menú principal Ir al pie de página
Notas informativas 19 de octubre de 2022

Nila Vigil Oliveros (*)

Quienes trabajamos en Educación Intercultural Bilingüe en el Perú (EIB) recordábamos el gobierno de Alan García como uno de los más nefastos en lo que se refiere al respeto al derecho de los niños, niñas adolescentes y jóvenes (NNAJ) de los Pueblos Indígenas a recibir una educación de calidad, pero, como lo ha anotado el Programa de Formación de Maestros Bilingües de la Amazonía Peruana (FORMABIAP)[1], nunca se había experimentado lo que se está viendo ahora en lo que es vulneración al derecho a la educación de los Pueblos Indígenas. En efecto, el gobierno actual desconoce los derechos lingüísticos, culturales y educativos de los Pueblos Indígenas, al punto tal que incluso el SUTEP — que se caracterizaba por poner los derechos laborales de sus afiliados por encima de los derechos de los niños — ha exigido que la EIB sea declarada en emergencia y ha pedido la intervención de la Defensoría del Pueblo.[2]

Desde la llegada de Rosendo Serna al Ministerio de Educación del Perú (Minedu), se han promulgado normas que significan un retroceso de los derechos inalienables de los Pueblos Indígenas a la Educación. Tal es el caso de la directiva del viceministerio de Gestión Pedagógica y la Dirección de EIB del Minedu que señalaba que las escuelas EIB podían dejar de serlo y abría el paso a la contratación de docentes monolingües castellanohablantes. La directiva consignaba: “se solicita nos remita el listado de II.EE de su jurisdicción para que sean exceptuadas de la aplicación del modelo de servicio EIB, hasta el día lunes 10 de enero del presente año, a fin de facilitar la contratación oportuna de los docentes”[3]. Ante las presiones de diferentes colectivos, el Minedu dio marcha atrás y dejó sin efecto la norma en un comunicado en el que aseguraba que quienes denunciaban la directiva eran personas malintencionadas que estaban dando información tergiversada y tendenciosa. Según el Minedu, era necesario recoger información de las Ugel “para una mejor toma de decisiones”, lo que en buen romance significa dejar de considerar las escuelas como EIB. Así, el comunicado evidenciaba que sí existe este afán del Minedu por cambiar la caracterización de las escuelas EIB: “adoptaremos las acciones necesarias que permitan desarrollar un adecuado proceso de contratación docente, en coordinación con las regiones y sus diversos actores.”

Lucy Trapnell señala[4] que el 61% de las plazas de las 26,862 instituciones educativas EIB están ocupadas por docentes monolingües castellanohablantes, incluyendo contratados con título pedagógico, contratados sin título, y docentes nombrados. Solo el 39% de las plazas docentes en escuelas EIB están ocupadas por docentes bilingües; y desde esta realidad, ya preocupante en sí misma, el Minedu pretende dar un paso más en la vulneración de derechos mediante una nueva caracterización de EIB en las escuelas. El Minedu sabe que hay una gran brecha docente EIB. Según sus propios datos, al 2020 el déficit era de 25,796 docentes. Esto exige formar más maestros EIB, pero la propuesta del presidente Castillo de ingreso libre a las universidades ha hecho que se reduzcan ostensiblemente las Becas EIB de Pronabec.

La última norma que ha dado el Minedu en contra de la EIB es la que establece que para ser director de una institución EIB de Revitalización Cultural y Lingüística (es decir, de aquellas instituciones en las que los niños indígenas son bilingües de herencia) y de escuelas EIB en ámbitos urbanos no es requisito el dominio de la lengua indígena ni el estar inscrito en el Registro Nacional de Docentes Bilingües de Lenguas Originarias[5]. Así, puede ser director de una escuela EIB alguien completamente ajeno a la lengua y cultura de los estudiantes indígenas. Como sabemos, el director/la directora es la máxima autoridad en una escuela; el que se disponga que este cargo lo ocupe alguien que no sabe la lengua indígena de los niños no solo muestra el desprecio que tienen quienes dictan las normas hacia los estudiantes indígenas, sino que también da un mensaje a los padres, madres y estudiantes sobre la importancia que el Estado da a la lengua indígena.

Los atropellos del gobierno actual a la EIB constituyen un ultraje a los derechos de los NNJA indígenas y muestran que la agenda consiste en fortalecer al sindicato que formó el presidente cuando gozaba de sus licencias sindicales. Así, el Minedu no tiene como objetivo pensar en la educación que el Perú necesita sino beneficiar a los agremiados de FENATE mediante la vulneración de los derechos de los Pueblos Indígenas.

Nota de redacción: El 20 de octubre la Oficina de Comunicaciones y Relaciones Institucionales el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (Pronabec) del Ministerio de Educación solicitó una precisión a este artículo en el sentido de que la cantidad de becas ofrecidas para Beca 18, convocatoria 2023, modalidad EIB es la misma que la ofrecida en la convocatoria anterior según la resolución directoral ejecutiva Nº182-2022-MINEDU/VMGI-PRONABEC del 27 de setiembre, que modificó las bases.  La autora del artículo se ratifica y acredita la afirmación expresada respecto a la reducción de becas en modalidad EIB. De otro lado, el texto ha sido actualizado con su anuencia para reflejar otra precisión sobre puntajes realizada en la misma comunicación de Pronabec.

(*) Lingüista. Red de formadores en educación e interculturalidad de América Latina (REFIAL)

[1] Programa de Formación de Maestros Bilingües de la Amazonía Peruana (FORMABIAP): «Pronunciamiento en defensa de la educación intercultural bilingüe», 11 de octubre de 2022

[2] «SUTEP: Exigimos que la EIB sea declarada en emergencia», Sutep 26 de junio del 2022 https://sutep.org/articulos/sutep-exigimos-que-la-eib-sea-declarada-en-emergencia/.

[3] Ministerio de Educación «Oficio múltiple N° 00002-2022-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA.- Precisiones en el proceso de caracterización excepcional de IIEE EIB – 2021», EDUCACIONENRED.PE, 7 de enero de 2022, https://noticia.educacionenred.pe/2022/01/oficio-multiple-00002-2022-minedu-vmgp-digeibira-precisiones-proceso-caracterizacion-242436.html.

[4] Lucy Trapnell, «Brecha que no cierra: La demanda de docentes interculturales bilingües | Servindi – Servicios de Comunicación Intercultural», Servindi, comunicación intercultural para un mundo más humano u diverso, 2021, https://www.servindi.org/actualidad-opinion/10/01/2021/una-brecha-que-no-se-cierra-la-demanda-de-docentes-interculturales.

[5] Ministerio de Educación del Perú, «Resolución Viceministerial N° 118-2022-MINEDU», 18 de setiembre de 2022, https://www.gob.pe/institucion/minedu/normas-legales/3495716-118-2022-minedu.