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Opinión 3 de diciembre de 2014

Sus cabezas en la mayoría de los casos, salvo el periodo del gobierno del expresidente Alan García, han sabido llevar la Procuraduría con suficiente solvencia e independencia. José Ugaz, como fundador y artífice de lo que hoy es la Procuraduría; Luis Vargas, como profundizador y gestor de la expansión de la procuraduría; Antonio Maldonado, como estructurador de una política de extradiciones; Julio Arbizu, como reactivador de una Procuraduría replegada durante el régimen aprista e innovador en una política de cumplimiento de reparaciones civiles y recuperación de activos de los corruptos y, finalmente, Christian Salas, que en poco tiempo evidenció responsabilidad en la continuación de las líneas dejadas.

Sin embargo, a pesar del rol desempeñado en la lucha contra la corrupción y de los recientes esfuerzos por reunificar la Procuraduría Ad Hoc (casos Fujimori – Montesinos) con la Procuraduría Especializada en Delitos de Corrupción, se mantiene una estructura frágil y dependiente del Poder Ejecutivo, específicamente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Peor aún, el Procurador Anticorrupción depende de los funcionarios directivos del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, una unidad que forma parte del mencionado sector.  La renuncia reciente del procurador Salas es una muestra de esa fragilidad.

El paso de una Procuraduría aún con mirada retrospectiva (hacia el pasado) a una Procuraduría que vigile sobre todo la corrupción de su presente demanda su institucionalización y su desvinculación del MINJUS.

Teniendo en cuenta los elevados niveles de corrupción pública y, especialmente de corrupción de altos funcionarios del Estado que, con frecuencia, vinculan al gobierno de turno, no puede seguir sosteniéndose la dependencia de un Procurador Anticorrupción de un ministro o un ministerio que, por naturaleza, resguarda los intereses gubernamentales y no los estatales.  

De otro lado, la fusión antes mencionada ha determinado la masificación de casos de corrupción a cargo de esta unidad que impiden seguir conduciéndose en la estructura de los Procuradores Ad hoc como si todos los casos fueran complejos o involucren a altos funcionarios del Estado. Se requiere todo un sistema de asignación de casos con eficiencia y especialización, un protocolo para la toma de decisiones relevantes en cada momento del proceso (desde el inicio de la investigación fiscal hasta la sentencia firme) y el fortalecimiento de las unidades como las de investigación y la de recuperación de activos[1].

Es absolutamente necesario plantearnos la posibilidad de diseñar una nueva forma de designación del Procurador Anticorrupción o de evaluar su reubicación en alguna otra institución del estado competente e independiente, especialmente respecto de los poderes clásicos del Estado. Es decir, o se piensa en un nuevo órgano autónomo (lo que requeriría alguna reforma constitucional) dedicado a la defensa de los intereses del Estado frente a delitos de corrupción de funcionarios públicos o se ubica a la Procuraduría en alguno de los siguientes dos órganos constitucionales autónomos: la Contraloría General de la República o la Defensoría del Pueblo. En cualquiera de los dos casos sólo se requeriría algunos ajustes legales respectivos.

Escribe: Yván Montoya, asesor del IDEHPUCP


[1] Sobre este aspecto nos remitimos a varias de las propuestas interesantes planteadas en el trabajo coordinado por SIMONS, Jan y CARO JHON, José Antonio. Procuraduría Anticorrupción : Diagnóstico actual y propuestas de optimización de su funcionamiento. Ver en: https://www.mpicc.de/files/pdf2/anticorrupcionyorganizacion_simon2012.pdf