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Opinión 4 de mayo de 2016

El alto impacto político de los Panama Papers ha sido por demás abordado pero han pasado casi inadvertidas sus implicancias en materia de derechos humanos. No sorprende demasiado pues la reflexión y sensibilización sobre los impactos negativos de las empresas en los derechos más elementales se mantiene aun reducida, sobre todo en términos mediáticos. Si bien se dice que las entidades offshore no son per se ilegales, el problema reside en que pueden ser fácilmente utilizadas para actividades ilícitas -como la evasión de impuestos, fraude financiero, o el tráfico de drogas y armas- que tienen efectos importantes en estos derechos.

Si consideramos, por ejemplo, que el disfrute de derechos económicos y sociales, como la salud y educación, está vinculado a la disponibilidad de recursos, es claro que la evasión de impuestos impacta negativamente en estos derechos y genera víctimas reales. Se ha documentado, por ejemplo, que en Uganda, una empresa petrolera pagó a Mossak Fonseca para evadir el pago de impuestos por cerca de 400 millones de dólares. Esta suma es mayor al presupuesto anual del Estado en materia de salud, un país en el que casi el 40% de la poblacion vive en situacion de pobreza y donde los hospitales no cuentan con los recursos mínimos para atender a la población. Los más afectados suelen ser personas en situación de pobreza, en especial mujeres y niños, como evidencian las altas tasas de mortalidad materna y neonatal en Uganda.

Se han reportado otros casos graves, como empresas offshore constituidas en paraísos fiscales por la firma, acusadas de proveer combustible a aviones militares sirios. Según autoridades estadounidenses, varios de los bombardeos aéreos que han causado miles de muertos en la guerra en Siria no hubieran sido posible sin el suministro de combustible por parte de tres empresas clientes de Mossak Fonseca.

Este escándalo mundial invita a reflexionar sobre los enormes retos prácticos en cuanto a la obligacion de las empresas de respetar los derechos humanos. Como es sabido, desde el 2011 se cuenta con un marco global en la materia, con la aprobación de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos por parte del Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Estos principios reflejan la expectativa social mínima en el comportamiento empresarial, esto es, no afectar derechos humanos y hacer frente a impactos negativos que generen sus actividades.

Los Estados tienen un rol fundamental que cumplir, al ser los llamados a promover y asegurar que la actuación corporativa se adecúe a estos parámetros. El escándalo de Mossack Fonseca revela la enorme complejidad y los poderosos intereses –incluso de cabezas de Estado- que no solo no están alineados a estos principios, sino que se benefician de formas empresariales esquivas. Muestra además la necesidad urgente de repensar las políticas fiscales desde una perspectiva de derechos humanos, asunto que no ha estado hasta ahora en el eje central del debate[*].

Escriben: Cristina Blanco, coordinadora académica y de investigaciones del IDEHPUCP y Carmela García, asistente de investigación de nuestro Instituto. Publicada originalmente en IUS 360.


[*] En 2015 la sociedad civil llamó la atención sobre esta problemática con la adopción de la Declaración de Lima sobre Justicia Fiscal y Derechos Humanos, en la que se señala que “el comportamiento tributario de las empresas ya no puede quedar fuera del ámbito de la responsabilidad empresarial de respetar los derechos humanos”.