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Reseñas 5 de mayo de 2020

El pasado 3 de mayo se conmemoró el día mundial de la Libertad de Prensa. La fecha, instituida en 1993 por resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas, a iniciativa de la UNESCO, se eligió para que coincidiera con el aniversario de la Declaración de Windhoek, en la cual los representantes de medios de comunicación africanos que participaban en un seminario organizado por la UNESCO, elaboraron un documento donde se recogían los principios de la libertad de prensa.

Con motivo de esta fecha, el Centro de Documentación del Idehpucp comparte una serie de investigaciones que evalúan la situación de la libertad de prensa en la región y recuerdan su importancia hoy más que nunca.

Loreti, D. & Lozano, L. (2014). El derecho a comunicar. Los conflictos en torno a la libertad de expresión en las sociedades contemporáneas. Buenos Aires, Argentina: Siglo XXI.

El libro de Loreti y Lozano es un estudio que profundiza en los nuevos horizontes de los derechos relacionados con la comunicación y, sobre todo, en los conflictos de orden socio-político-cultural en torno a estos. La obra, en este sentido, parte de considerar la trayectoria que han tenido los derechos de la comunicación desde su concepción como libertades negativas, a su actual concepción como un conjunto más complejo de derechos que, sin descartar la dimensión de libertad, abre paso a lo que algunos hemos llamado un cambio paradigmático. Es decir, hablar del derecho a comunicar como un derecho complejo que implica también una dimensión prestacional y no solamente una mera abstención del Estado, que implica justamente que se garanticen una serie de condiciones para su ejercicio. Entre los debates que ofrece este libro, merecen particular atención temas como la censura en donde se entregan elementos importantes de estudio desde una perspectiva comparada y, fundamentalmente, desde una suerte de triangulación entre la casuística argentina, la jurisprudencia interamericana y la del Sistema Europeo de Derechos Humanos. Así mismo, se abordan desde un punto de vista analítico y testimonial experiencias relacionadas con las nuevas y más sofisticadas formas de limitación y censura al derecho a comunicar, operadas ya no solamente por los actores estatales sino también por los grandes grupos mediáticos.

¿En qué medida las leyes contra la difamación pueden afectar los contenidos de la prensa? ¿Qué factores favorecen que la prensa continúe con su labor crítica a pesar de la existencia de esta regulación restrictiva? Este artículo tiene como objetivo explicar las reacciones de la prensa frente al uso de las leyes de desacato como instrumentos de intimidación. Los resultados muestran que la crítica periodística sólo se desincentiva cuando están ausentes determinados actores capaces de fungir como aliados de la prensa, que provean recursos puntuales para resistir los embates de la manipulación. A partir del análisis de una base de datos original sobre el contenido de los principales diarios estatales mexicanos, se muestra que la existencia de un Poder Judicial independiente y una oposición parlamentaria vigorosa son condiciones necesarias para que la prensa crítica sobreviva.

La libertad de expresión es un derecho fundamental que encuentra su soporte en el artículo 20 de la Constitución política, siendo una prerrogativa que se ejerce de diversas formas, entre ellas, la creación de medios de comunicación masiva y la investigación, recopilación y difusión de ideas, opiniones y sucesos que se presenten al interior de una sociedad. Este derecho ha sido ampliamente tratado en diversos instrumentos internacionales, así mismo, ha sido objeto de distintos pronunciamientos jurisprudenciales, los cuales le han venido otorgando una relevancia tal que lo han hecho inmune a las restricciones que se le quieran imponer por vía legislativa. No obstante, el ejercicio del mismo puede entrar en disputa con otra clase de prerrogativas de categoría superior tales como el derecho a la intimidad, al honor, al buen nombre y la dignidad humana, considerados pilares en los que se funda el Estado Social de Derecho. Es por ello, que la garantía del goce y satisfacción del derecho a la libertad de expresión ejercido a través de la libertad de prensa y de información no puede considerarse como absoluto, ya que no se debe soslayar la protección constitucional que se la ha reconocido a otras prerrogativas de categoría superior. Es decir, que no es posible permitir dentro un ordenamiento jurídico, ni al interior de un Estado democrático, que el Derecho a la libertad de expresión se transfigure en un derecho a la libertad de agresión.

Espinoza, D. (2020). Violencia contra periodistas de medios privados durante conflicto social del Ecuador en el 2019. Trabajo de Grado. Universidad Técnica de Babahoyo. Facultad de Ciencias Jurídicas, Sociales y de la Educación. Babahoyo, Ecuador.

La siguiente investigación describe las agresiones recibidas durante la cobertura periodística de los medios privados, del conflicto social del Ecuador suscitado en el 2019. El estudio tiene una reseña de sobre los ataques sufridos a este gremio, en donde se analiza el tipo de violencia y las opiniones. Por medio, del marco metodológico referencial se analizaron las opiniones de medios escritos, lo que permitió determinar cómo la sociedad observa a este gremio.


El Centro de Documentación del Idehpucp (CENDOC) se encuentra disponible para investigadoras e investigadores y todo el alumnado de la Pontificia Universidad Católica del Perú y otras universidades, así como público en general, a fin de contribuir a la formación de una cultura de respeto a los derechos humanos. En virtud al Decreto de Estado de Emergencia Nacional, el CENDOC se encuentra cerrado. Si tuviera alguna consulta sobre los servicios que ofrecemos, sírvase a escribir al siguiente correo augusto.rosas@pucp.pe