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2 de mayo de 2023

Fuente: El Comercio.

El pasado 23 de abril, el expresidente Alejandro Toledo llegó a Lima tras haber sido extraditado por el gobierno de Estados Unidos. La extradición se realizó a solicitud de la justicia peruana y sobre la base de la investigación seguida en su contra por delitos contra la administración pública y conexos en el marco del caso Interoceánica tramos 2 y 3 [1]

Las investigaciones del caso se iniciaron en el 2017, luego de que Jorge Barata declarara que en el año 2014 sostuvo una reunión con el expresidente en la que este le habría propuesto beneficiar a la empresa Odebrecht con la adjudicación de la buena pro del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Perú-Brasil a cambio de 35 millones de dólares [2].

Antecedentes y comienzo del proceso de extradición [3]

El 9 de febrero del 2017, en el marco del caso Interoceánica, el juez Richard Concepción Carhuancho declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva por 18 meses contra Alejandro Toledo. Sin embargo, dicha medida no pudo ser ejecutada porque Toledo se encontraba fuera del país desde enero de ese año [4] 

En ese escenario, en diciembre del 2017 la Fiscalía presentó un requerimiento de extradición activa [5], el mismo que, tras ser aprobado por el mencionado juez, fue remitido a la Corte Suprema. En el 2018, este tribunal declaró procedente la solicitud de extradición de Alejandro Toledo a las autoridades de Estados Unidos (país donde estaba radicado el expresidente), por los delitos de tráfico de influencias, colusión y lavado de activos.  

Luego de un largo proceso de aproximadamente cinco años, el 21 de febrero de 2023 el Departamento de Estado de Estados Unidos concedió la extradición del exmandatario solo por los delitos de colusión y lavado de activos. Alrededor de dos meses después, tras el rechazo de los recursos legales presentados por la defensa del expresidente, el 19 de abril, el juez Thomas H. Hixson ordenó que Toledo se ponga a disposición del Cuerpo de Alguaciles de Estados Unidos a fin de ejecutar la medida.  

¿Por qué se acusa a Alejandro Toledo por los delitos de colusión y lavado de activos?

Por un lado, la acusación por el delito de colusión se remonta al año 2004, fecha en la que, infringiendo su deber de cautelar los intereses del Estado, el expresidente se habría coludido con Jorge Barata, entonces representante de la empresa Odebrecht, para beneficiar a la constructora en la concesión del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Perú-Brasil. Entre los indicios que apuntan a acreditar lo anterior, se tiene que el acto de suscripción de los contratos con esta empresa se mantuvo a pesar de que fue cuestionado por la Contraloría General de la República [6]. 

Por otro lado, la acusación por el delito de lavado de activos se remonta al periodo comprendido entre el 2006 y 2010, en el que Alejandro Toledo habría recibido las coimas procedentes de Odebrecht (los cuales serían de hasta 20 millones de dólares) a través de las cuentas bancarias de las empresas off shore de Josef Maiman. En concreto, se señala que el uso de estas cuentas para introducir el dinero de origen ilícito [7] al circuito económico empresarial constituye un acto de conversión y el posterior movimiento de este dinero a través de operaciones financieras complejas calificarían como actos de transferencia (ambas conductas tipificadas como el delito de lavado de activos) [8]. 

¿Cómo afecta la concesión de extradición a los procesos penales seguidos contra Alejandro Toledo?

En este punto, es necesario tener en cuenta que una vez concedida la extradición los Estados requirentes solo pueden procesar a la persona extraditada por los delitos a los que se refiere la resolución de entrega [9]. Es decir, en este caso, si bien Alejandro Toledo ya se encuentra en el país y puede ser juzgado ante nuestros tribunales, sólo podrá ser procesado por los delitos de colusión y lavado de activos (cargos relacionados al caso Interoceánica tramos 2 y 3). 

Esto también implica que los cargos por los que se acusa al expresidente en el caso Ecoteva [10] todavía continuarán a la espera de que las autoridades estadounidenses se pronuncien sobre la solicitud de extradición de Alejandro Toledo y Eliane Karp por el delito de lavado de activos, por ser un ilícito investigado en un proceso penal distinto. Sin embargo, es preciso señalar que el caso Ecoteva y el caso Interoceánica guardan estrecha relación. Si bien cuando comenzó la investigación por el caso Ecoteva se desconocía el origen del dinero ilícito utilizado para las compras inmobiliarias por las que se investiga, entre otros, al expresidente y su esposa, actualmente se sostiene que este dinero procedería de los pagos ilícitos que Toledo habría recibido de la empresa Odebrecht por la adjudicación de la buena pro de los tramos 2 y 3 del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Perú-Brasil [11].

(*) Investigadora en el IDEHPUCP.

(**) Asistente de investigación en el IDEHPUCP.


[1]  Diario Gestión. (24 de abril de 2023). Procuradora del caso Lava Jato explica las opciones que aún tiene Toledo. https://gestion.pe/peru/politica/toledo-extradicion-toledo-en-peru-ecoteva-interoceanica-procuradora-anticorrupcion-explica-las-opciones-que-aun-tiene-toledo-noticia/

[2] Corte Suprema de Justicia. Sala Penal Permanente. Extradición Activa Nº21-2018-Lima.

[3] Diario El Peruano (21 de abril de 2023). Alejandro Toledo: estos son los hitos claves del proceso de extradición de EE. UU. https://www.elperuano.pe/noticia/210703-alejandro-toledo-estos-son-los-hitos-claves-del-proceso-de-extradicion-de-ee-uu

[4] Cruz, R. (s/f). Toledo. Preso tras dos años burlando a la justicia. https://especiales.elcomercio.pe/?q=especiales/el-caso-toledo-ecpm/index.html

[5] De acuerdo con el Código Procesal Penal (CPP), la extradición es una figura que se utiliza para que una persona, acusada o condenada como autora o partícipe de un delito cometido en otro Estado, sea puesta a disposición de este último. Ello, a fin de que la persona extraditada sea sometida a juicio y/o cumpla con la sanción que previamente se le haya impuesto (artículo 513). Por otro lado, en concreto la extradición activa se da cuando el Estado peruano es quien formula una solicitud de extradición frente a otro Estado (artículo 525 y 526 del CPP).

[6]  Corte Suprema de Justicia. Sala Penal Permanente. Extradición Activa Nº21-2018-Lima.

[7] En el caso Interoceánica, la ilicitud de este dinero radicaría en que este es una ganancia obtenida por haber beneficiado indebidamente a un postor (la empresa Odebrecht) en un procedimiento de contratación estatal (la concesión del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Perú-Brasil).

[8] Corte Suprema de Justicia. Sala Penal Permanente. Extradición Activa Nº21-2018-Lima.

[9] Prado Saldarriaga, V. (2006). Sobre la Extradición. Foro Jurídico, (06), 98. https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/forojuridico/article/view/18432 

[10] La investigación del caso Ecoteva comenzó en el 2013 por las compras inmobiliarias que Eva Fernenbug, la suegra de Toledo, había realizado en nuestro país por más de 4 millones de dólares, dinero procedente de la empresa off shore Ecoteva Consulting Group.

[11] Corte Suprema de Justicia. Sala Penal Permanente. Extradición Activa Nº21-2018-Lima.