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23 de febrero de 2021

Por: Área Anticorrupción IDEHPUCP (*)

En el año 2020, se llevaron a cabo los ensayos clínicos – Fase III de las candidatas a vacunas contra la COVID-19 del laboratorio chino Sinopharm, estudio que estuvo a cargo de la Universidad Peruana Cayetano Heredia – UPCH y Universidad Nacional Mayor de San Marcos – UNMSM. En las últimas semanas, se ha informado a través de los medios de comunicación diversas irregularidades en el desarrollo de los referidos ensayos clínicos que involucran a altos funcionarios públicos como el ex presidente de la república, ex ministros y ex viceministros de Estado. A continuación, se relata brevemente los acontecimientos y la investigación que viene siendo realizada por la Fiscalía de la Nación.

El 11 de febrero del presente año, se informó mediante medios de comunicación que, en el  mes de octubre de 2020, el ex presidente Martín Vizcarra Cornejo fue inoculado con la prueba de la vacuna contra la COVID-19 proporcionado por la empresa Sinopharm, siendo el propio Martín Vizcarra quien habría solicitado a Germán Málaga, médico encargado de los ensayos clínicos realizados en en la UPCH, se le aplique la mencionada vacuna tanto a él como a su esposa. Ante tal información, Martín Vizcarra, a través de sus redes sociales,  reconoció haber sido inoculado en dicha fecha, pero en calidad de voluntario; sin embargo, el 13 de febrero de 2021, la Universidad Peruana Cayetano Heredia – UPCH publicó un comunicado indicando que Martín Vizcarra y su esposa no se encontraban en el padrón de voluntarios de los referidos ensayos clínicos.

El 14 de febrero, la Fiscalía de la Nación dispuso iniciar diligencias preliminares por el plazo de 60 días contra Martín Vizcarra por la presunta comisión del delito de concusión y negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, en agravio del Estado. Respecto al delito de concusión[1], la fiscalía indica que el expresidente Martín Vizcarra, en abuso de su cargo, habría inducido al médico Germán Málaga a que le aplicará a su esposa y a él la prueba de la vacuna del laboratorio Sinopharm, ya que el referido médico habría mencionado que no pudo negarse al ser un pedido que provenía de la más alta autoridad del país. Asimismo, la fiscalía indica que se podría configurar el delito de negociación incompatible[2], toda vez que Martín Vizcarra habría tenido interés en que se suscriban y ejecuten contratos con el laboratorio Sinopharm a cambio de obtener un provecho propio, esto es, ser vacunado él y su cónyuge.

Por otro lado, el 17 de febrero, la Fiscalía amplió la investigación e incluyó a Pilar Mazzetti, ex ministra de salud, y Elizabeth Astete, ex ministra de relaciones exteriores como investigadas.

Asimismo, el 19 de febrero, la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción solicitó la apertura de investigación contra Carlos Castillo Solozano y Mario Tavera Salazar, representantes del Ministerio de Salud; Jorge Jarama Alván, Embajador del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,  Óscar Suárez Peña, representante del Ministerio de Relaciones Exteriores. Asimismo, se incluyó a Orestes Cachay Boza, rector de la UNMSM; Alejandro Bussalleu Rivera, vicerrector de la UPCH; y, a German Málaga Rodríguez, médico encargado de los ensayos clínicos de la vacuna Sinopharm; por la presunta comisión del delito de negociación incompatible. Ello, en razón de la nota periodística publicada en el diario “El Comercio”, la cual señaló que ocho de los miembros de la Comisión Multisectorial[3] para la adquisición de vacunas contra la COVID-19 habrían sido inoculados, entre septiembre de 2020 y febrero de 2021, con la vacuna de Sinopharm[4].

De lo mencionado, se advierte que aún existen hechos materia de investigación que ameritan ser esclarecidos por la Fiscalía, para lo cual se requiere recopilar mayores elementos de convicción que permitirían una más precisa imputación penal de ser el caso; no obstante, ello no impide que paralelamente se realice el juicio político contra altos ex funcionarios por eventuales infracciones a la Constitución ni enerva el impulso de procedimientos sancionadores de índole administrativa y ética contra quienes corresponda.


[1] Artículo 382° del Código Penal peruano.- “El funcionario o servidor público que, abusando de su cargo, obliga o induce a una persona a dar o prometer indebidamente, para sí o para otro, un bien o un beneficio patrimonial”
[2] Artículo 399° del Código Penal peruano.- “El funcionario o servidor público que indebidamente en forma directa o indirecta o por acto simulado se interesa, en provecho propio o de tercero, por cualquier contrato u operación en que interviene por razón de su cargo”
[3] Mediante Resolución Suprema No 079-2020-RE, el 11 de agosto de 2020, se autorizó la creación de una Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de realizar el seguimiento de las acciones a cargo de las entidades competentes para el desarrollo, producción, adquisición, donación y distribución de las vacunas y/o tratamientos contra la COVID-19
[4] El Comercio. “Ocho miembros de la comisión que negoció con Sinopharm se vacunaron antes y después del acuerdo de compra”. https://elcomercio.pe/politica/ocho-miembros-de-la-comision-que-negocio-con-sinopharm-se-vacunaron-antes-y-despues-del-acuerdo-de-compra-noticia/.