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21 de marzo de 2023

Fuente: Instituto Nacional Penitenciario.

Por Erika Solis (*)

Cada 8 de marzo, a nivel mundial, se conmemora el Día Internacional de la Mujer para visualizar la desigualdad de género y reflexionar sobre las acciones realizadas para reducir este problema en la sociedad, así como cuánto nos falta aún por implementar. Si bien existen avances y mejoras respecto al siglo XIX, cuando se empiezan a generar las luchas sociales realizadas por movimientos feministas ante las desigualdades de la época, estas mejoras no son uniformes en todos los ámbitos. 

En los últimos años, en el Perú se han implementado diversas acciones para reducir la desigualdad de género. Aunque no hay muchos diagnósticos sobre la eficacia de tales acciones, ello no impide reconocer la voluntad e interés social por afrontar la problemática. Uno de los ámbitos que ha implementado el enfoque de género en su funcionamiento es el sistema penal con diversas iniciativas como el tipo penal de feminicidio, la promulgación de la Ley 30364, ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, entre otros. No obstante, integrar el enfoque de género en el sistema penal requiere más acciones y esfuerzos en distintos ámbitos, ya que en los últimos años los esfuerzos se han enfocado en la punición de determinados delitos relacionados a la violencia de la mujer y en implementar el enfoque de género en las instituciones del sistema penal encargadas de la persecución y sanción de los delitos de violencia de género. Así, el enfoque predominante para establecer acciones estaría delimitado a la protección de las mujeres víctimas de violencia de género, lo cual, si bien es fundamental para reducir la desigualdad basada en género, también es importante observar otros espacios donde las mujeres también se encuentran en situación de vulnerabilidad y no son víctimas directas de un delito de violencia de género, sino de un sistema construido con una lógica masculina como las cárceles. 

Los establecimientos penitenciarios, generalmente, se originaron con una mirada estereotipada del crimen, vinculado a los hombres. Por tal motivo, Velázquez y Bracco mencionan que “(…) la reclusión es una experiencia diferenciada para hombres y mujeres. Los E.P. han sido construidos desde una mirada masculina, lo que conlleva a la invisibilización de las necesidades de las mujeres, así como la instalación de relaciones de poder que marcan su dominación. Esto es posible de observar en diferentes dimensiones: relaciones sociales dentro del E.P., la invisibilización y/o control de la sexualidad femenina y los programas de tratamiento” [1]. Lamentablemente, en el Perú no se han realizado suficientes diagnósticos específicos sobre las cárceles y la posición de las mujeres en ella, son pocas las investigaciones que abordan el enfoque de género en las cárceles y cuando es así los datos obtenidos son limitados por la misma naturaleza cerrada de estos establecimientos. 

No obstante, la Defensoría del Pueblo y el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o degradantes (MNPT) en los últimos años han realizado informes en base a supervisiones a prisiones a nivel nacional, uno de estos informes muestra las condiciones en las que se encuentran las mujeres en algunos establecimientos penitenciarios del país. Entre los diversos hallazgos evidenciados en el informe hay dos situaciones que permiten observar una situación desfavorable para las mujeres internas a diferencia de los hombres reclusos. En primer lugar, se observan las dificultades de las internas para instalarse en las cárceles con sus hijos/as, tanto por los espacios como por los servicios básicos pues muchos establecimientos penitenciarios carecen de pediatras y/o no se brinda la atención médica cuando los/las hijos/as de las internas lo requieren [2]. Esta problemática está estrechamente relacionada especialmente con las mujeres porque se les atribuye la obligación de cuidado de los/las hijos/as, incluso dentro de las cárceles, pero no se brindan condiciones adecuadas para que esta labor se realice, lo cual impacta directamente en la salud emocional de las mujeres que son madres. 

En segundo lugar, se encuentra la visita íntima, pues el acceso a ella es diferenciada. Así lo evidenció Constant y Rojas quienes, citados por Velásquez y Bracco, señalan que en las cárceles del Perú el acceso a la visita íntima en las cárceles de hombres es menos regulado y controlado [3]. Además, los autores indican que existe una especial rigurosidad en el caso de las mujeres para poder acceder a la visita íntima; sin embargo, en el caso de los hombres, la dinámica es completamente opuesta pues muchas veces las visitas no se llevan a cabo en espacios especialmente destinados a esta actividad, sino que se dan en las mismas celdas, aunque esto no está permitido ni respeta las normativas y lineamientos institucionales en el funcionamiento de los establecimientos penitenciarios [4].

Si bien se necesitan más investigación e información para identificar todos los espacios y dinámicas donde las mujeres en las cárceles se encuentran en clara desventaja y discriminación respecto a sus pares hombres en los establecimientos penitenciarios, los ejemplos expuestos son un punto de partida para interesarnos más como sociedad en comprender por qué pesar de avanzar en muchos sentidos contra la violencia de género y discriminación en el sistema penal, aún ignoramos estos espacios donde las mujeres no son víctimas directas de un delito, sino por el contrario serán las actoras de la misma. Es pertinente preguntarnos: ¿acaso la protección de las mujeres a la discriminación y violencia es inviable cuando las mujeres cometen delitos? Es cierto que se han realizado diversos esfuerzos estatales para incluir el enfoque de género en el sistema penal estatal, no obstante, es necesario observar más allá de aplicar este enfoque para la persecución y sanción de casos de violencia, sino también en mejorar las condiciones de diversos ámbitos del sistema penal que impactan directamente sobre las mujeres como las cárceles.

(*) investigadora en el IDEHPUCP.


[1] Velázquez, T & Bracco, L. (2017). Mujeres, Sistema penitenciario y política de Drogas en el Perú: revisión de la literatura actual. En: Repercusiones de la Política de Drogas en el Sistema Penitenciario Peruano y Alternativas de Solución: Una aproximación desde el enfoque de derechos y género. Lima: CAJ, p.52.

[2] Defensoría del Pueblo & Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. (2019). Condiciones de las Mujeres en Establecimientos Penitenciarios de Cuatro Departamentos del Perú, Informe Especial N° 02-2019-DP-MNPT, p.206.

[3] Velázquez, T & Bracco, L. (2017). Mujeres, Sistema penitenciario y política de Drogas en el Perú: revisión de la literatura actual. En: Repercusiones de la Política de Drogas en el Sistema Penitenciario Peruano y Alternativas de Solución: Una aproximación desde el enfoque de derechos y género. Lima: CAJ, p. 53

[4] Velázquez, T & Bracco, L. (2017). Mujeres, Sistema penitenciario y política de Drogas en el Perú: revisión de la literatura actual. En: Repercusiones de la Política de Drogas en el Sistema Penitenciario Peruano y Alternativas de Solución: Una aproximación desde el enfoque de derechos y género. Lima: CAJ, p. 53.