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19 de octubre de 2021

Escribe: Víctor Quinteros  Marquina (*)

El 15 de julio de 2021, por Decreto Supremo Nº 012-2021-JUS, se publicó la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia aprobada por el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia creado por Ley Nº 30942. Nueve son los Objetivos Prioritarios (OP) a partir de los cuales se delinea esta nueva propuesta de reforma, y son los siguientes:

OP 1Impulsar la gobernanza de datos e interoperabilidad del sistema de justicia
OP 2Garantizar el acceso a la Justicia de todas las personas
OP 3Modernizar los procesos no penales
OP 4Modernizar los procesos penales y el sistema penitenciario
OP 5Fortalecer los recursos humanos de las instituciones del sistema de justicia
OP 6Mejorar el ejercicio y la formación para la abogacía
OP 7Fortalecer las políticas anticorrupción y el control disciplinario y ético
OP 8Combatir la violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar
OP 9Fortalecer la predictibilidad de las decisiones judiciales y la adecuación normativa

Entre ellos, considero especialmente relevantes los OP referidos a Interoperabilidad (OP 1) y Recursos Humanos (OP 5), en tanto ambos son condición básica para el cumplimiento de los otros, además de referirse a aspectos medulares para el cambio estructural del sistema. Dada la relación directa del OP 5 con las competencias de la Junta Nacional de Justicia, enfocaré mis comentarios a partir de las funciones de esta última institución. Para la Junta Nacional de Justicia, ambos aspectos –tecnológico y capacidades– son cruciales para mejorar los mecanismos de evaluación y ratificación de jueces y fiscales. También un medio para identificar, filtrar y forjar nuevas promociones bajo el distintivo de la excelencia y un compromiso férreo con la democracia, la justicia, y el desprecio y condena a toda forma de corrupción.

Junta Nacional de Justicia. Excelencia y lucha contra la corrupción

Considero que el sistema de justicia podrá sostenerse sobre el trabajo de jueces y fiscales bien formados, y también sobre un tipo de gobierno interoperable que facilite su permanente evaluación. El gran desafío será entonces impulsar, concretar y consolidar ambos Objetivos Prioritarios, de lo contrario, la nueva reforma no contará con cimientos que la sostengan, y correrá el riesgo de quedar trunca o desdibujada frente al destape de nuevos escándalos de corrupción. El desafío es complejo, pues cambiar la cultura y estructuras de una organización o sistema de larga data constituye un reto mayor. La resistencia al cambio siempre es una valla que superar, y tanto la interoperabilidad, como la propuesta de una nueva estructura de formación de jueces y fiscales son representativas de este desafío.

OP 1. Impulsar la gobernanza de datos e interoperabilidad del sistema de justicia.- En el primer caso, lograr que interoperen instituciones tan enraizadas en su autonomía será el principal reto, y con ello, no nos referimos a que unas y otras permitan el acceso a sistemas independientes entre sí, sino más bien, a construir sistemas donde la información se organice en función a procesos estandarizados y vinculados sobre la base de normas y lenguaje que respondan a un objetivo común. En buena cuenta, además de contar con el componente tecnológico, el verdadero reto será superar los desafíos más complejos de los componentes político-normativo, semántico, cultural y de procesos.

Un ejemplo de este desafío, lo constituye el Plan Nacional de Interoperabilidad del Sistema de Justicia Penal[2], donde la atención de estos cinco componentes requiere considerar y superar la problemática propia de instituciones tan disímiles como el Poder Judicial, Ministerio Público y el Instituto Nacional Penitenciario, además de la Policía Nacional del Perú, o el mismo Tribunal Constitucional de mediar acciones de garantía. La Junta Nacional de Justicia podría agregárseles con información relacionada con los(as) jueces y fiscales intervinientes, incluida la tendencia histórica de sus actos resolutorios, siendo identificables posibles apartamientos sin sustento, arbitrarios o generados por actos de corrupción.

Desde esta perspectiva, la plena implementación del OP 1 a través de un sistema de justicia interoperable, constituiría para la Junta Nacional de Justicia una herramienta poderosa para la evaluación funcional de un(a) juez o fiscal. Tal evaluación podría involucrar desde la identificación precisa y análisis de la calidad y tendencia de su producción jurisdiccional, hasta el detalle extremo de su dedicación diaria al ejercicio de la función y los tiempos asignados a la actividad docente de excepción conforme a la Ley. Sin duda, una herramienta cuya plena operatividad no sólo sería condición para un  gobierno de datos real y efectivo, sino también, de suma utilidad para la lucha contra la corrupción en todas las instituciones del sistema[3].

OP 5. Fortalecer los recursos humanos de las instituciones del sistema de justicia.- Vista la experiencia del caso “Cuellos blancos del puerto”, el actual modelo de capacitación, por el tipo de actores que involucra, como jueces, fiscales y abogados litigantes en calidad de docentes, y miles de abogados acumulando certificados para postular a la carrera judicial, termina creando condiciones propicias para la generación de conflictos de intereses, cadena de favores y redes de corrupción[4]. Una nueva institucionalidad en la formación de jueces y fiscales pasa por establecer un verdadero filtro técnico de admisión, formación y calificación. Esta nueva institucionalidad podría integrar a la actual Academia de la Magistratura como parte de la Junta Nacional de Justicia, para lo cual sería necesario promover una reforma constitucional. Una Academia de la Magistratura con nivel académico a nivel de post grado, que sea el único filtro para la admisión de egresados de Derecho con interés en ejercer la función fiscal o jurisdiccional, e incluso la función de control de ambas (fiscales y jueces de control). Esta admisión determinará el derecho a recibir capacitación especializada para la función y, sólo al egresar de esta preparación oficial, contar con la habilitación por parte de la Junta Nacional de Justicia para ser designado(a) juez o fiscal. Sólo el título obtenido en esta nueva institucionalidad determinará la incorporación del(a) nuevo(a) juez o fiscal, no siendo exigible la acumulación de constancias de institutos o centros de capacitación dedicados a tal propósito en la actualidad. El mismo modelo podría ser adaptado para los ascensos. En conclusión, una Junta Nacional de Justicia con mecanismos de admisión automáticos, a partir de un proceso de admisión, formación y calificación a cargo de una Academia de la Magistratura adscrita a su propia institucionalidad.

La aprobación de la nueva Política Pública no es un proceso de reforma más, pues asumirlo de esa manera anticiparía su total fracaso como ha ocurrido con experiencias pasadas. Asumirlo como un proceso distinto es apostar por su éxito, y ello dependerá del cambio estructural que plantean sus Objetivos Prioritarios, en particular los OP 1 y 5. De ese cambio estructural dependerá también que la Junta Nacional de Justicia fortalezca sus estándares de excelencia, y exigencias de compromiso ético y democrático a las nuevas generaciones de jueces y fiscales que en el futuro –y bajo una nueva institucionalidad– tendría la misión de nombrar o ratificar.


(*) Exdirector General de Asuntos Criminológicos y ex Director General (e) de Búsqueda de Personas Desaparecidas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

[2] Este Plan Nacional lo aprobó el CONAPOC en mayo de 2018, su refrendo vía decreto supremo no se concretó.
[3] Sobre el tema, puede consultarse el Informe de Adjuntía N⁰ 01-2020-DP-ALCCTEE de la Defensoría del Pueblo. El informe hace referencia al Plan Nacional aprobado por el CONAPOC. En el marco del OP 1, no hacerlo de manera inmediata implicaría que el periodo de tres años que lleva de atraso su implementación, se siga extendiendo.
[4] Es ilustrativo el caso de EGACAL, investigado por IDL-Reporteros: https://www.idl-reporteros.pe/cronica-de-conflictos-de-interes/