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Análisis 9 de octubre de 2024

Por Diana Portal (*)

La Política Nacional de Igualdad de Género[1], aprobada en el año 2019, fue un importante avance en la materia, pues significó la creación de una política pública multisectorial para hacer frente a la discriminación que afecta a las mujeres. El reconocimiento del carácter estructural de ese problema fue posible mediante la aplicación de un enfoque de género e interseccional. Así, se hace visible que la exclusión de las mujeres y el incumplimiento de sus derechos en todos los ámbitos son causados por la asignación de roles diferenciados basados en el sexo, la desigual organización del cuidado, los patrones socioculturales que privilegian lo masculino sobre lo femenino, y por normas y culturas institucionales que refuerzan esa subordinación.

Esta política se construye a partir de un diagnóstico que evidencia de manera objetiva cómo las diversas mujeres peruanas enfrentan desigualdades en el acceso y goce de sus derechos. Un ejemplo de esto se encuentra en el uso del tiempo, pues ellas destinan en promedio el 52% de su tiempo de trabajo a labores no remuneradas, mientras que los hombres solo les dedican 24% (ENUT, 2010). También ilustran esta situación estructural los altos índices de violencia (cinco de cada diez mujeres sufren violencia en relación de pareja; ENDES, 2023); las limitaciones al ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos (mortalidad materna, limitaciones de acceso a métodos de planificación familiar o al kit de emergencia en casos de violación sexual), y las brechas en la participación política y el acceso a espacios de toma de decisión, especialmente visible en los cargos ejecutivos de los gobiernos regionales y locales, donde la presencia de mujeres no supera el 8% (a pesar de los criterios de paridad y alternancia).

La PNIG permite la articulación y el involucramiento de sectores diversos del aparato estatal para que, desde sus competencias funcionales específicas, desarrollen servicios dirigidos a enfrentar las desigualdades de género. Para ello, esos sectores deben adecuar sus planes estratégicos sectoriales e institucionales, entre otros instrumentos claves de gestión, con cargo a sus respectivos presupuestos institucionales, todo ello en coordinación con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

En este marco, a cinco años de la aprobación de esta política, la agenda pendiente es amplia y urgente. La PNIG y su Plan Estratégico Multisectorial (PEMIG) establecieron 52 servicios que debían ser brindados por las entidades públicas de acuerdo con sus 6 objetivos prioritarios[2]. Sin embargo, hasta finales del año 2022 solo se contaba con 17 servicios con protocolos aprobados por parte de las 21 entidades que forman parte (Informe LIO, 2023, p.23). Por lo demás, también está pendiente mostrar de qué manera la implementación de los servicios establecidos está contribuyendo a la realización de los objetivos estratégicos de la PNIG, más allá del cumplimiento cuantitativo de los indicadores planteados.

Otro aspecto por destacar es que, en concordancia con la Ley N°28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, la PNIG considera como uno de sus lineamientos la incorporación del enfoque de género en la producción de bienes y servicios entregados a la ciudadanía por las entidades públicas. Esta medida promueve la transversalización del enfoque de género a nivel de entidades públicas, así como de los gobiernos regionales y locales, contando con la asistencia técnica del MIMP. En este aspecto, es indispensable que la información que remite anualmente cada entidad respecto a este cumplimiento sea adecuadamente monitoreada, especificando las recomendaciones necesarias para fortalecer la cultura organizacional y la provisión de servicios de calidad.

Por otro lado, se han venido implementando algunos servicios importantes como aquellos vinculados a la prevención de la violencia basada en género contra las mujeres. En esta línea de acción, la formación de redes de hombres para promover la igualdad y erradicar prácticas machistas y discriminatorias es un servicio fundamental. Según información del MIMP hasta el año 2022 ya había 106 colectivos a nivel nacional, y se estaba haciendo especial incidencia en los distritos donde existe mayor número de denuncias (Informe LIO, 2023, p.72).

Es necesario contar con el presupuesto adecuado para la implementación de los servicios. Un claro ejemplo de la falta de prioridad de esta política en la agenda del Estado es el lento proceso de adecuación de los servicios y aprobación de protocolos por parte de las entidades. Así, aún se encuentra pendiente ―desde el año 2010― la emisión de una nueva Encuesta Nacional de Uso del Tiempo (ENUT), que actualice la información sobre las labores de cuidado y el trabajo doméstico no remunerado a cargo de las mujeres, así como el valor que representa en la economía nacional.

Estas son solo algunas pinceladas de la importancia de la PNIG, y la imperiosa necesidad de fortalecer su implementación. Esto implica, entre varias acciones, fortalecer un sistema de indicadores de género que permita observar los alcances cualitativos de los servicios implementados; garantizar mayores recursos a los servicios priorizados; acelerar el proceso de aprobación de los protocolos pendientes, y destacar las metas establecidas al año 2030, identificando los avances y dificultades a fin de emitir recomendaciones de mejora en la gestión de esta importante política nacional.

(*) Investigadora del Grupo de Investigación en Derecho, Género y Sexualidad de la PUCP y docente de la Maestría en Género y Desarrollo de la UNMSM


[1] Aprobada mediante Decreto Supremo N°008-2019-MIMP publicado en el diario oficial El Peruano, el 4 de abril de 2019.

[2] OP1: Reducir la violencia hacia las mujeres; OP2: Garantizar el ejercicio de los derechos a la salud sexual y reproductiva de las mujeres; OP 3: Garantizar el acceso y participación de las mujeres en espacios de toma de decisión; OP 4: garantizar el ejercicio de los derechos económicos sociales de las mujeres; OP5: Reducir las barreras institucionales que obstaculizan la igualdad en los ámbitos público y privado entre hombres y mujeres; OP6: Reducir la incidencia de los patrones socioculturales discriminatorios en la población.