Ir al contenido principal Ir al menú principal Ir al pie de página
19 de septiembre de 2023

Fuente: Universidad de Chile.

El cambio climático es un fenómeno global que se refiere a los cambios a largo plazo de las temperaturas y los patrones climáticos. Según el Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC) [1], en los últimos años las actividades humanas han acelerado este fenómeno y, por consiguiente, intensificado su impacto directo sobre las personas. Por ejemplo, en Perú, el aumento de la temperatura durante las últimas décadas ha causado la pérdida del 51% de sus glaciares [2]. Asimismo, el cambio en los patrones climáticos está asociado al aumento de la frecuencia del Fenómeno del Niño en la costa del Perú y, más recientemente, al aumento del estrés hídrico en varias zonas del sur del país [3]. Este fenómeno tiene impactos severos sobre los derechos de las personas, y sus condiciones de vida. 

Ya en un informe del 2009, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos [4] reconocía la innegable relación entre el cambio climático y los derechos humanos. Ahora, en la medida en que el cambio climático se ha acelerado, esa relación se ha profundizado. Por un lado, el cambio climático afecta a los Derechos Económicos, Sociales y Culturales tales como la alimentación, el acceso al agua, la vivienda y la salud. Por ejemplo, el aumento de las temperaturas, en ciertos escenarios, contribuye a la proliferación de malas hierbas y pestes, afectando la producción de los cultivos deseados [5]. Esto genera problemas de desabastecimiento como ya sucede en países de África subsahariana; es decir, produce inseguridad alimentaria y afecta el derecho de millones de personas a una alimentación adecuada. 

Por otro lado, el cambio climático genera un impacto negativo en relación con el derecho al agua. Hasta el 2019, según la UNESCO [6]., “más de 2000 millones de personas vivían en países con un alto estrés físico”. En esa misma línea, según la ONU [7], como resultado del cambio climático y otros factores, se estima que para el 2050, entre 4800 a 5700 millones de personas sufrirán de escasez de este recurso. Es decir, el cambio climático pone en riesgo el acceso a este recurso y vulnera el derecho de todas las personas a disponer de agua suficiente y de calidad. Asimismo, el cambio climático aumenta la ocurrencia de desastres tales como inundaciones, incendios forestales y huracanes, que, a su vez, tienen un impacto sobre otros derechos básicos. Por ejemplo, se prevé que en 2050 cerca del 20% de la población mundial esté en riesgo de inundaciones y que el valor económico de los bienes en riesgo sea de alrededor de 45 billones de dólares (UNESCO, 2019). Cabe precisar que, la ocurrencia de estos fenómenos no solo genera pérdida de vidas humanas, sino también migraciones forzadas, destrucción de viviendas y el aumento de enfermedades infecciosas. Precisamente, esto termina por vulnerar el derecho a la vivienda y la salud de miles de personas.

En este contexto, hay actores que son especialmente vulnerables: los pueblos indígenas, las mujeres y los niños, así como adultos mayores. Tal como reconoce el Ministerio del Ambiente [8], las personas en condición de vulnerabilidad económica suelen tener menos recursos para enfrentar los efectos climáticos, por tanto, son menos resilientes a sus efectos. Por un lado, las poblaciones indígenas suelen encontrarse muy expuestas no solo por su nivel de pobreza, sino también debido a que viven en regiones geográficas muy expuestas a los efectos del cambio climático [9]. Cabe precisar que las mujeres suelen sufrir con mayor intensidad estos impactos debido a que, en un contexto de cambio climático, se generan nuevas redes de subordinación que limitan la capacidad de acceder a recursos escasos [10]. Asimismo, los niños son especialmente vulnerables debido a su limitada participación en las decisiones políticas para enfrentar este problema y a su menor capacidad de resiliencia ante los impactos de este fenómeno. 

En este punto es necesario reconocer que los desastres suceden cuando se conjugan un fenómeno natural y condiciones de vulnerabilidad de la población. Es decir, es un evento que involucra en parte, de factores y decisiones sociopolíticos. En este contexto, la Corte IDH [11] reconoce que los Estados tienen obligaciones de garantía y de prevención con el objetivo de orientar su organización para promover la protección de los derechos humanos. En ese sentido, y en referencia a la crisis climática, los Estados deben implementar medidas de mitigación y adaptación con un enfoque de derechos humanos con el objetivo de evitar y disminuir los efectos del cambio climático. Asimismo, y reconociendo que el cambio climático tiene impactos multidimensionales, se debe garantizar que estas medidas tengan un enfoque intersectorial e interinstitucional con el objetivo de poder prevenir y mitigar sus efectos en la mayoría de las áreas. En particular, se requiere una gestión pública articulada entre los diferentes niveles de gobierno nacionales y locales con el objetivo de que las medidas no solo se materialicen en el centro, sino también en todas las regiones de los Estados. 

En dicha línea, Stella Hartinger [12] en la entrevista que le hace El País en el 2022 [13] señala que los impactos del cambio climático vienen exacerbándose en la salud en las últimas décadas, sobre todo por qué no se están desarrollando políticas de medición y prevención.  Justamente en el documento que presenta la Iniciativa Global Lancet Countdown [14] citada por El País, se reporta que el calor extremo alcanzó un récord en 2019, y ha afectado a las personas mayores de 65 años con aproximadamente 345.000 fallecimientos. Asimismo, El País destaca que la transmisión de la malaria se incrementó casi en un 39% entre el periodo de 1950-1959 al de 2010-2019, sobre todo en los periodos de calor, y con especial énfasis en los países con un Índice de Desarrollo Humano bajo. Estos datos nos llevan a preguntarnos sobre la aplicación del principio de las responsabilidades comunes, pero diferenciadas, el cual fue adoptado en la Declaración de Río en la Cumbre de la Tierra en 1992. Este principio considera que, si bien todos los países tienen una responsabilidad de controlar las emisiones de gases de efecto invernadero, son los países industrializados los que deben asumir objetivos específicos que pasarían por reducir las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) con metas concretas.  

En este contexto, actualmente los litigios climáticos se han multiplicado alrededor del mundo y son las cortes de justicia las que vienen pronunciándose sobre el cumplimiento de los países en relación con los compromisos climáticos [15]. Por medio de la Justicia Climática se está exigiendo a los gobiernos y al sector privado que asuman su responsabilidad frente a la vulneración de derechos humanos. Los resultados de estos procesos judiciales vienen contribuyendo al fortalecimiento de la Gobernanza Ambiental. En esa misma línea, junto con la aprobación de políticas, compromisos internacionales y nueva institucionalidad climática, los gobiernos están generando solicitudes de opiniones consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para determinar la gama de obligaciones estatales en materia climática. 

En ese sentido, el pasado 9 de enero del 2023 la República de Chile y la República de Colombia presentaron en la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos una solicitud de opinión consultiva sobre Emergencia Climática y Derechos Humanos, de conformidad con el artículo 64.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos [16]. Esta solicitud tiene como objetivo que se precise los alcances de las obligaciones estatales, en su dimensión individual y colectiva, para responder a la emergencia climática en el marco del derecho internacional de los derechos humanos. La Solicitud requiere que se esclarezca qué afectaciones diferenciadas produce dicha emergencia sobre las personas de diversas regiones y grupos poblacionales, como niños, adultos mayores, migrantes, mujeres y personas defensoras ambientales. 

Actualmente, el Instituto de Democracia y Derechos Humanos IDEHPUCP, y la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental SPDA, en el marco de un trabajo colaborativo con la Alianza de Clínicas Jurídicas Ambientales de Latinoamérica y el Caribe [17], están desarrollando un informe común integrado por estudiantes y docentes de cuatro países (Colombia, Chile, Brasil y Perú) para ayudar al desarrollo del análisis y propuesta de respuesta a la solicitud generada por Chile y Colombia a la Corte IDH, la cual tendrá repercusión en toda la región. 

(*) Investigadora del IDEHPUCP.

(**) Miembro del Área Académica y de Investigaciones del IDEHPUCP.


[1] IPCC. (2023). Summary for Policymakers. In: Climate Change 2023: Synthesis Report. Contribution of Working Groups I, II and III to the Sixth Assessment Report of the Intergovernmental Panel on Climate Change [Core Writing Team, H. Lee and J. Romero (eds.)]. IPCC, Geneva, Switzerland, pp. 1-34, doi: 10.59327/IPCC/AR6-9789291691647.001

[2] Autoridad Nacional del Agua. (04 de julio de 2020). Perú perdió el 51% de sus glaciares debido al cambio climático. ANA. https://www.ana.gob.pe/noticia/peru-perdio-el-51-de-sus-glaciares-debido-al-cambio-climatico

[3] Bergmann, J., K. Vinke, C.A. Fernández Palomino, C. Gornott, S. Gleixner, R. Laudien, A. Lobanova, J. Ludescher y H.J. Schellnhuber (2021). Evaluación de la evidencia: Cambio climático y migración en el Perú. Instituto Potsdam para la Investigación sobre el Impacto del Cambio Climático (PIK) y Organización Internacional para las Migraciones (OIM), Ginebra

[4] https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2009/7033.pdf

[5] Nelson, C., Rosegrant, M., Koo, J., Robertson, R., Sulser, T., Zhu, T., Ringler, C., Msangi, S., Palazzo, A., Batka, M., Magalhaes, M., Valmonte-Santos, R., Ewing, M & Lee, D. (2009). Cambio Climático. El impacto en la agricultura y los costos de adaptación. Washington, D.C: Instituto Internacional de Investigación sobre Políticas Alimentarias (IFPRI). https://www.fao.org/fileadmin/user_upload/AGRO_Noticias/docs/costo%20adaptacion.pdf

[6] UNESCO. (2019). No dejar a nadie atrás. Informe Mundial de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo de los Recursos Hídricos 2019. UNESCO. https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000367304.

[7] ONU. (2019). Informe de políticas de ONU-AGUA sobre el Cambio Climático y el Agua. ONU. https://www.unwater.org/sites/default/files/app/uploads/2019/12/UN-Water_PolicyBrief_Water_Climate-Change_ES.pdf

[8] MINAM (2019). Informe final del Grupo de Trabajo Multisectorial de Naturaleza Temporal Encargado de Generar Información Técnica para Orientar la Implementación de las Contribuciones Nacionalmente Determinadas. https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/302187/Informe-final-GTM-NDC_v17dic18.pdf?v=1553568733

[9] Oficina Internacional del Trabajo. (2018). Los pueblos indígenas y el cambio climático, de víctimas a agentes del cambio por medio del trabajo decente. Ginebra: OIT. https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/—dgreports/—gender/documents/publication/wcms_632113.pdf

[10] Carrasco, A., Jaúregui, A. (04 de junio de 2019). Mujeres indígenas frente al cambio climático en el Perú. IDEHPUCP. https://idehpucp.pucp.edu.pe/notas-informativas/mujeres-indigenas-frente-al-cambio-climatico-en-el-peru/

[11] Corte Interamericana de Derecho Humanos (2017) OC-23-17 https://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_23_esp.pdf

[12] Stella M. Hartinger, MSc, PhD. Epidemióloga Peruana, profesora Asociada a la Facultad de Salud Pública y Administración de la Universidad Peruana Cayetano Heredia y es investigadora asociada en el Instituto Suizo de Salud Pública y Tropical, Basilea, Suiza. Es la co-directora del Centro de Latinoamericano de Excelencia en Cambio Climático y Salud (Clima) y directora de la iniciativa de Lancet Countdown Sudamérica en Salud y Cambio Climático.

[13] https://elpais.com/america-futura/2022-09-27/stella-hartinger-sudamerica-piensa-en-el-cambio-climatico-pero-se-olvida-de-su-relacion-con-la-salud.html

[14] https://www.lancetcountdown.org/2021-report/

[15] https://www.unep.org/resources/report/global-climate-litigation-report-2023-status-review

[16] https://www.corteidh.or.cr/observaciones_oc_new.cfm?nId_oc=2634

[17] https://alianzadeclinicasambientales.com/