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Notas informativas 5 de febrero de 2014

Esta audiencia se realizó en el marco del 102° periodo ordinario de sesiones del tribunal supranacional y es uno de los tres casos bajo conocimento de la Corte en este lapso de tiempo.

En sus alegatos finales, el Estado defendió la tesis sobre la inexistencia de ejecuciones extrajudiciales durante o despúes de la operación militar Chavín de Huántar, que permitió el rescate de 71 rehenes de la residencia del embajador del Japón, secuestrados durante 126 días. La defensa se concentró en la exoneración de los comandos que ejecutaron la operación y se indicó que el operativo cumplió con los estándares internacionales. 

Por su parte, los representantes de las presuntas víctimas indicaron que, al menos en un caso, las autoridades judiciales peruanas reconocieron la existencia de ejecuciones extrajudiciales con posterioridad a la operación militar. También aclararon que el proceso tiene que ver con la responsabilidad del Estado, sin que ello involucre a los comandos que participaron en la operación. También resaltaron las vulneraciones al debido proceso ocurridas en todo el caso.

Al mismo tiempo, en Lima, el fiscal supremo Pablo Sánchez Velarde recomendó el inicio de una investigación contra Jesús Zamudio Aliaga y quienes resulten responsables de la muerte de Eduardo Cruz Sánchez, miembro del denominado Movimiento Revolucionario Túpac Amaru que, según el Poder Judicial peruano, fue ejecutado extrajudicialmente, sin que se establezca hasta el momento un responsable penal por estos hechos.  Zamudio se encuentra prófugo de la justicia.

La Corte IDH evaluará la responsabilidad del Estado por la presunta ejecución extrajudicial de tres miembros del MRTA, luego de la exitosa operación de rescate, así como por las posibles vulneraciones al debido proceso existentes en el caso.