Desde hace ya un buen tiempo un reducido sector del Ministerio Público y del Poder Judicial se ha convertido en la última muralla defensiva contra los intentos de derribar a la democracia peruana que desarrollan cotidianamente el gobierno y el Congreso. El más reciente ejemplo de eso es el fallo de la sala constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima sobre la destitución de los magistrados de la Junta Nacional de Justicia perpetrada por el Legislativo. En su fallo, dicha sala anula la inhabilitación para la función pública impuesta a los magistrados Inés Tello y Aldo Vásquez y ordena su reposición en la JNJ.
Es interesante considerar una de las razones que sustentan esta decisión judicial porque sirve para ilustrar cómo funciona la maquinaria de desguace de la democracia que opera en el Legislativo. El fallo señala que la destitución realizada por el Congreso es inválida, entre otras razones, porque en la votación participaron dos congresistas que no debieron hacerlo en tanto eran miembros de la Comisión Permanente. Esa irregularidad muestra de manera muy clara la pauta del comportamiento del Congreso. Este suele realizar acciones que, según la letra de la Constitución, están dentro de sus atribuciones, pero para las cuales se exige el cumplimiento de una serie de normas, aquellas que constituyen el debido proceso. El Congreso convierte el ejercicio de sus atribuciones en simples actos de arbitrariedad –venganzas políticas, defensa de intereses particulares, intentos de demolición o de control de instituciones, bloqueos a la lucha contra la corrupción—al pasar por encima de esas normas básicas, y de esa manera desbarata una y otra vez el precario balance democrático del país. En este caso en particular, los sectores coaligados para someter a la Junta Nacional de Justicia no pudieron obtener los votos necesarios para cumplir su propósito, así que simplemente decidieron hacer a un lado la norma que impide la votación de los miembros de la Comisión Permanente, y con la votación de dos de ellos lograron la destitución.
Es con métodos análogos, es decir, con procedimientos que siempre se amparan insinceramente en la letra de la norma, pero que en rigor la transgreden de diversas maneras, como el Congreso ha realizado una serie de nombramientos cuestionables en puestos fundamentales para la preservación del Estado de Derecho. En este caso, como se ha comentado antes, el sometimiento de la Junta Nacional de Justicia sería útil al Legislativo para dar el zarpazo definitivo contra lo que queda de orden democrático, es decir, el control del sistema electoral. (Recuérdese, por otro lado, que, puesto que la remoción de los magistrados Tello y Vásquez tampoco produjo el resultado buscado por el Congreso, como se vio en la votación sobre la destitución de la fiscal Patricia Benavides, el siguiente paso ha sido nada menos que proponer la desaparición de la Junta Nacional de Justicia como tal).
Es evidente que esta decisión, que por el momento salva parte de la institucionalidad amenazada, será combatida por el Congreso en otras instancias judiciales, y el resultado final es incierto por los avances que el Legislativo ha realizado de antemano en otros espacios. Por ahora cabe saludar esta decisión, que recalca lo ya señalado: en un escenario de baja movilización ciudadana y, más que eso, en un contexto donde, cincuenta muertes después, gobierno y Congreso se han vuelto indiferentes a la protesta ciudadana, cierto sector de la administración de justicia aparece como el último reducto de defensa de la democracia. Hacer cumplir la ley, dictaminar sobre la legalidad o la ilegalidad de las conductas, poner freno a la arbitrariedad, no son intromisiones de un poder del Estado en los fueros de otro poder del Estado; por el contrario, esas acciones constituyen, precisamente, ejemplos de lo que significan el balance y el equilibrio de poderes y de la importancia vital que eso tiene en una democracia que, como la peruana, parece condenada a luchar día tras día por sobrevivir.