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Editorial 17 de marzo de 2022

La decisión del Tribunal Constitucional de restablecer el indulto dado a Alberto Fujimori en el año 2017, el cual fue anulado por un fallo de la Corte Suprema, constituye un atentado contra el ordenamiento legal del país, contraviene la obligación internacional del Estado de sancionar a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos, y es un atropello a los derechos de las víctimas de esos crímenes.

Es imperativo recordar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que el otorgamiento de un indulto –incluso si se cumplieran los supuestos de un indulto humanitario—puede constituir una afectación al derecho a la justicia de las víctimas. Por lo tanto, debe cumplir ciertos estándares y estar sujeto a ciertas restricciones de manera que tales derechos queden protegidos. En este caso esos estándares no se cumplen, por lo cual la decisión del Tribunal Constitucional es cuestionable en términos jurídicos y también desde el punto de vista de los valores de la democracia.

Es obligación del Estado adoptar todas las medidas necesarias y emplear los recursos legales disponibles para garantizar los derechos de las víctimas de graves violaciones a sus derechos humanos afectadas por esta decisión.