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10 de febrero de 2026

En junio de 2023 el Comité de Derechos del Niño de las Naciones Unidas dictaminó que el Estado peruano había violado una diversidad de derechos –entre ellos, el derecho a la vida y a la salud– de una niña indígena rural que había resultado embarazada tras sufrir una violación. El “Caso Camila” no es el único en el que el Estado peruano ha sido denunciado ante instancias internacionales por denegación del acceso a aborto terapéutico a niñas embarazadas en las mismas circunstancias atroces. Por otro lado, ya en 2013 el Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas había establecido que obligar a una niña víctima de embarazo forzado a continuar con la gestación es una forma de tortura o trato cruel, inhumano o degradante.

Es importante tener presente estos señalamientos sobre las responsabilidades del Estado peruano ahora que surge a la luz una situación por lo menos turbia que demanda un pronto y completo esclarecimiento. Se trata de la información sobre el local dirigido por la congresista Aguayo –ahora candidata al Senado– en el que se alberga a niñas víctimas de violación para que continúen con la gestación. Según la congresista, este “albergue” recibe a niñas que le son enviadas por el Ministerio de la Mujer y también por algunos juzgados.

Un esclarecimiento de esta situación debería responder, por lo menos, a dos cuestiones fundamentales: cuál es la situación del derecho a la vida y a la salud de esas niñas y de los casos de violación de que han sido víctimas (y, dentro de eso, si han buscado acceder al derecho a aborto terapéutico y cuál ha sido la respuesta del Estado), y cuáles son los procedimientos y protocolos de atención que se practican en dicho albergue, así como en qué medida una multiplicidad de derechos de las niñas, como el de la libertad, están siendo respetados.

No contribuye a aclarar las cosas, sino que más bien las opaca, el que la congresista Aguayo haya declarado que en los casos de embarazo de niñas por violación la única víctima es el feto. Se trata de un punto de vista que no solamente expresa una escalofriante insensibilidad respecto de las niñas victimadas, sino que además se aparta radicalmente del marco legal y de toda comprensión jurídica de lo que constituye la violación sexual.

Hace menos de tres meses, en noviembre de 2025, el Congreso impuso, por iniciativa de la misma congresista, la eliminación del enfoque de género en las políticas de Estado y la reemplazó por una norma denominada “Nueva Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres”. Esto incluía abolir la educación sexual integral en el sistema escolar y su reemplazo por una fantasiosa “educación sexual con base científica, biológica y ética”. Una declaración como la arriba citada no hace sino reafirmar la profunda y urgente necesidad de recuperar, junto con el orden democrático, el enfoque de género y, tanto como eso, una sensibilidad humanitaria en la política peruana.