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Análisis 11 de marzo de 2025

El lunes 24 de febrero de 2025, el defensor adjunto para los Derechos humanos de la Defensoría del Pueblo, Carlos Fernández, envió un memorándum a los miembros del equipo del Centro de Información de la Memoria Colectiva y los Derechos Humanos de esta institución anunciando que en adelante no se entregará ningún documento del corpus recogido por la Comisión de la Verdad y la Reconciliación. Para justificar esta disposición incoherente se hace referencia a la Ley n° 27806 de transparencia. El memorándum afirma que el artículo 5 de esa ley estipula que “la información referida a los datos personales cuya publicidad constituya una invasión a la intimidad familiar y personal constituye información confidencial. Por lo que está incluida en una de las excepciones al derecho a la información pública.” Asimismo, el memorándum dispone que si el Ministerio Público solicita informaciones del corpus de la CVR “no se brindará información hasta contar con la respuesta al pedido de opinión que se ha realizado a la Oficina General de Asesoría Jurídica de nuestra institución.”

Fuente: La República del 8 de marzo de 2025

Esta decisión contaba con el aval del Defensor del Pueblo Josué Gutiérrez, pero ha sido cambiada rápidamente, como se informa en el diario La República el 9 de marzo[1]. Pese a esa retractación, es necesario esclarecer los sucesos ocurridos en el Centro de Información de la Memoria Colectiva y los Derechos Humanos (CIMDH) y su relación con el contexto político actual.

Antes de eso es necesario recordar el funcionamiento del CIMDH. Como bien sabemos, la CVR, que acopió, entre otros muchos documentos, casi 17,000 testimonios sobre el conflicto armado interno, entregó al concluir su mandato toda esa documentación a la Defensoría del Pueblo, la cual creó el Centro de Información de la Memoria Colectiva y los Derechos Humanos para su custodia y conservación. Todos los testimoniantes habían tenido la oportunidad ya sea de autorizar el acceso a sus declaraciones con sus nombres y sus datos personales, o de disponer que se conserven en modo confidencial, anotando solamente las iniciales.

En una publicación anterior (Villasante, Boletín del IDEHPUCP 2023[2]) he aportado otros datos sobre el Centro de Información:

“(…) el Centro de información pone a disposición de los ciudadanos peruanos los 16,917 testimonios ofrecidos en su mayoría por víctimas y familiares de víctimas de la guerra interna, las entrevistas realizadas a los diferentes actores de la violencia (fuerzas armadas, fuerzas policiales, políticos, grupos subversivos), y material audiovisual (videos, audios y fotos). Se conservan también, en acceso restringido, 5,750 expedientes de exfiscalías Especiales de Derechos Humanos de Defensoría del Pueblo y una amplia colección bibliográfica que incluye cerca de 5,000 libros en derechos humanos, documentales y los materiales producidos por la Defensoría del Pueblo (Ayuda memoria Defensoría del Pueblo).

Se ha digitalizado hasta ahora el 70% de los materiales custodiados, lo cual permite el envío de la información demandada por los usuarios. El material se encuentra también en unidades de almacenamiento externo (en discos duros) que facilitan su alojamiento en repositorios nacionales e internaciones implicados en la salvaguarda de la información recogida por la CVR. Hay que destacar que desde 2004 hasta la actualidad se han atendido 48,337 pedidos de información provenientes de investigadores, jueces y fiscales, periodistas, universitarios, familiares de víctimas y público en general (Ayuda memoria, DP).”

El corpus del Informe Final pertenece a la nación peruana y puede ser consultado por las personas y las instituciones en el marco de la recuperación de datos sobre los hechos acaecidos entre mayo de 1980 y noviembre de 2000. Las personas que tienen acceso a esta información pueden ser familiares de las víctimas, investigadores, profesores, jueces y ciudadanos en general. Entre las instituciones podemos citar en particular el Ministerio Público, la Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas (DGBPD) del MINJUS, el Consejo de Reparaciones, el Equipo peruano de antropología forense (EPAF), y el Comité de la Cruz Roja (CICR).

Debo notar que desde que retomé mis investigaciones en el Perú, en 2008, he recogido informaciones valiosas en el Centro de Información de la Defensoría del Pueblo, en particular leyendo los testimonios recogidos en la provincia de Satipo. He podido constatar además que el equipo que labora en este lugar —Cecilia Ruíz, Karina Fernández y Johanns Rodríguez— realiza un trabajo excelente, a pesar de las muchas necesidades que tienen en material de oficina.

¿Por qué la Defensoría del Pueblo tomó la decisión absurda e ilegal de emitir una orden que censura el acceso libre al corpus de la CVR? Es evidente que esta decisión se sitúa en el marco de las tentativas de los grupos y personas, tanto civiles como militares, que suscriben la ideología negacionista y revisionista de la extrema derecha peruana.

Las tentativas comenzaron en la época del régimen de Alberto Fujimori (1990-2000), cuando los voceros del gobierno dictatorial planteaban que no había crímenes de lesa humanidad de parte de los militares y policías, y que los únicos que los perpetraban eran los “terroristas” de Sendero Luminoso y del Movimiento Revolucionario Tupac Amaru (MRTA).

La posición ideológica que falsea la verdad histórica ha sido expuesta en el libro En honor a la verdad (2010), elaborado por la Comisión Permanente de Historia del Ejército (CPHE[3]). Se trata de una versión militar de la guerra interna que niega los crímenes del Estado y que rechaza con vehemencia la reconstrucción efectuada por la CVR. Es la versión revisionista de la historia de la guerra interna que los militares llaman “guerra contraterrorista”. He abordado este tema en una publicación anterior (Villasante, 2022, Revista Ideele n° 304[4]).

“La temática de los derechos humanos es una fuente constante de fobia y de temor entre los militares y policías, que se sienten agredidos de inmediato cuando se les recuerda las brutalidades constantes que perpetraron contra civiles y/o subversivos desarmados, que ellos niegan o justifican afirmando que defendían la nación. Esta cuestión es abordada en la sección “El Ejército con relación a los derechos humanos” (CPHE 2010: 352-358), donde se exponen las posiciones oficiales y los “errores” individuales perpetrados durante la guerra. Veamos los puntos esenciales. En primer lugar, se niega el hecho comprobado por la CVR de la práctica sistematizada de crímenes contra la humanidad (torturas, violaciones, asesinatos, masacres) por parte de las Fuerzas Armadas (en especial el Ejército y la Marina) y en menor medida de la Policía Nacional. Y se afirma que los casos de violaciones de los derechos humanos fueron obra de “individuos”, no de la institución castrense. “Las violaciones de derechos humanos que lamentablemente sucedieron durante la guerra no fue (sic) una práctica sistematizada, ni ordenada, ni orquestada por los entes rectores del Ejército del Perú, sino que fueron hechos de absoluta participación y decisión individual, tanto en la esfera de los encargados de la supervisión y control, como en la de la ejecución. […] Según la doctrina impuesta a los cuadros que irían conformando las Fuerzas Armadas, el respeto irrestricto a los derechos humanos debería ser “una norma permanente de todas las acciones de las fuerzas del orden, pues así esta señalado en los reglamentos castrenses y en las directivas del Comando Conjunto y de los institutos armados.” (CPHE 2010: 352) [Mis itálicas]. Estas aserciones son contradictorias y absurdas. Refutar la responsabilidad de la institución militar en las “lamentables violaciones de derechos humanos” y responsabilizar solamente a ciertos “individuos” equivale a reconocer que la institución militar ha sido incapaz de controlar y canalizar la violencia de las tropas a través de la subordinación a la jerarquía militar, el entrenamiento, la disciplina y el respeto a las órdenes de los superiores. Por lo tanto, esta posición oficial negacionista demuestra sobre todo el fracaso de la institución militar del Perú durante la guerra interna. En otras palabras: los jefes militares no fueron capaces de hacer respetar las órdenes y las normas de respeto de los derechos humanos.”

Por su parte, la politóloga Cynthia Milton (2017[5]) al analizar las contramemorias de los militares señala que desde la publicación del Informe Final de la CVR varios exmilitares cuestionan a la CVR basándose en lo que ellos llaman sus “verdades”. Los términos verdad y verdadera son usados con frecuencia en las publicaciones de militares “para devolverles su honor”. Además, Milton nota con toda razón que se trata de ofrecer una “narrativa heroica” y “desacreditar la erudición y la autoridad moral del Informe Final de la CVR”, condenando la “ingratitud del Estado peruano” y la “persecución por el enjuiciamiento de militares”, que son presentados como “victimas testimoniantes” (Milton 2017: 20-21). No obstante, hay que precisar que las memorias militares son una versión falseada de la realidad con evidentes fines ideológicos; asimismo, no se trata de “un trabajo serio”, sino de una obra panfletaria —en el sentido de propagandística— con poco valor académico.

Objetivo explícito: “cambiar la narrativa” de la guerra interna de la CVR y promover la impunidad

La tentativa de censurar el corpus de datos de la CVR por parte de la Defensoría del Pueblo es la segunda fase de la realización del plan de “cambiar la narrativa” de la CVR; es decir, en vez de valorar los testimonios de las víctimas se trataría de poner en valor la versión negacionista y revisionista de los militares y de sus aliados de extrema derecha.

Este plan se ha empezado a concretar en el mes de enero, cuando el director del Lugar de la Memoria, la Tolerancia y la Inclusión Social (LUM), el renombrado historiador Manuel Burga, exrector de la Universidad Mayor de San Marcos, fue destituido sin ninguna explicación por el viceministro del Ministerio de la Cultura, aun cuando su contrato se terminaba en junio de 2025.  En una entrevista en la plataforma informativa Epicentro[6], el Dr. Burga ha declarado que él considera que “hubo presiones desde el Congreso[7] para cambiar de narrativa”, para silenciar a las víctimas y presentar la versión triunfalista de los militares y policías que “vencieron al terrorismo”.  Algo imposible e incoherente en un lugar de memoria.

Lo sucedido en el CIMDH de la Defensoría del Pueblo es similar. Se trataría de silenciar la voz de las víctimas. Este objetivo es contrario a la ley que protege el legado de la CVR y varias voces se han alzado para denunciar esta censura autoritaria y arbitraria. El IDEHPUCP emitió un pronunciamiento[8] que en la parte final se declara lo siguiente:

“Esta decisión de la Defensoría significa un secuestro de ese patrimonio documental y moral de la Nación, un nuevo agravio a las víctimas de la violencia, un firme paso en busca del olvido y la negación del pasado, y un clamoroso incumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado en materia de verdad y justicia.”

El diario La República publicó un artículo sobre el tema el 8 de marzo escrito por María Elena Castillo[9]. El exdefensor del Pueblo Walter Albán declaró que es la confirmación de que han secuestrado la institución: “está en manos de una suerte de funcionario de la mafia que controla el Congreso. Y están articulados sin duda también con el gobierno de la señora Dina Boluarte.” Además, según María Elena Castillo “con esta acción Gutiérrez no actúa como defensor del Pueblo, sino [como defensor] de los intereses de la alianza que controla el Congreso.”

Por su parte, Juan José Quispe, abogado del IDL, destacó el objetivo paralelo de promover la impunidad, pues con esta decisión la Defensoría del Pueblo protege a los perpetradores que tras muchos años están siendo procesados: la Defensoría “pretende que no se siga investigando a las personas que cometieron graves violaciones a los derechos humanos porque dicen que no entregaran información ni al Ministerio Publico.” El abogado afirmó también que se debe reconsiderar la medida “porque atenta contra la Constitución, sentencias de la Corte Interamericana de derechos humanos [OEA] y la Convención americana de derechos humanos.”

Finalmente, el domingo 9 de marzo la Defensoría emitió un anuncio en su cuenta X estipulando que daban marcha atrás en la medida promulgada anteriormente (La República del 9 de marzo). Se afirma que “(e)n atención a precisiones de la Dirección de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales, quedan sin efecto los documentos internos que establecían restricciones sobre la información bajo custodia del Centro de Información de la Memoria Colectiva y los Derechos Humanos.”

Fuente: Cuenta X de la Defensoría del Pueblo

Reflexiones finales

• Parece que los grupos y personas de extrema derecha que tienen como objetivo desvirtuar, negar y censurar el Informe Final de la CVR no han logrado prohibir el acceso a los casi 17,000 testimonios recogidos y custodiados en el CIMDH y han tenido que retroceder, probablemente porque la tentativa era tan burda e ilegal que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos no lo ha permitido.

• Sin embargo, ello no significa que el peligro haya pasado. Es el momento de reaccionar y promover el corpus de la CVR, defendiendo el Centro de Información de la Memoria Colectiva y los Derechos Humanos y aportando el apoyo material y simbólico necesario para que su trabajo sea mejor reconocido. Esto implica, en particular, la obtención del estatus de oficina que aparezca en el organigrama de la Defensoría, con una plataforma propia en la cual se publiquen sus actividades y los proyectos, dando una mayor visibilidad al fondo documental de la guerra interna. La búsqueda de donaciones para completar y mejorar el material de oficina es también una prioridad que sería bien acogida por los miembros del excelente equipo que custodia el legado de la CVR.

• En fin, los jóvenes universitarios y los profesores deben visitar el Centro de Información de la Memoria Colectiva y los Derechos Humanos para desarrollar investigaciones que renueven y mejoren el saber académico existente sobre la época de la violencia política en el país.

(*) Doctora en antropología [EHESS], investigadora asociada al IDEHPUCP.


[3] Comisión Permanente de Historia del Ejército (CPHE) 2010 y 2012, Gral. Brig. Walter Martos Ruiz (coordinador general), Cap. EP Carlos Enrique Freyre Zamudio (redactor de la versión oficial), Lima: Gráficas Canepa SAC. https://www.verdadyreconciliacionperu.com/admin/files/libros/720_digitalizacion.pdf

[4] Villasante, 2022, Revista Ideele n° 304, https://www.revistaideele.com/2022/08/01/las-fuerzas-armadas-y-la-cvr-negacionismo-y-victimizacion/ Véase también Villasante, La violencia política en el Perú, 2024: 477 y sqq.

[5] Milton Cynthia, 2017, La pluma en vez de la espada. Contramemorias militares y sus intervenciones culturales después de la Comisión de la Verdad y la reconciliación, Memoria n° 24: 12-21. http://cdn01.pucp.education/idehpucp/wp-content/uploads/2018/01/15212417/revista-memoria24-dic2017.pdf

[6] Epicentro, Entrevista al Dr. Burga, 12 de enero de 2025, https://www.youtube.com/watch?v=bM-RiFE1UXs

[7] En particular los congresistas Marta Moyano, Rosangella Barbarán, Jorge Montoya y José Cueto.