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Notas informativas 8 de marzo de 2022

Escribe: Marcela Huaita Alegre [1]

El Día Internacional de la Mujer siempre es una oportunidad para reflexionar sobre lo avanzado y lo pendiente. Esta vez lo haremos desde la perspectiva de las empresas y los derechos humanos.

Hace ya varios años que se ha desarrollado en el ámbito de Naciones Unidas un marco analítico[2] que nos permite comprender por qué los Estados y las empresas deben prestar especial atención a la discriminación estructural que enfrentan las mujeres. Por ello en el recientemente aprobado Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos (PNA) 2021-2025[3] se desarrolló un diagnóstico y una línea de base sobre los derechos de las mujeres[4] basados en los tres pilares de los principios rectores, a saber: el deber de proteger del Estado, la responsabilidad de respetar por parte de las empresas y el acceso a remedios adecuados y efectivos para las personas que resulten afectadas.

En dicho diagnóstico se identifican una serie de avances que se venían dando en el Perú dirigidos a reducir las barreras institucionales que obstaculizan la igualdad en los ámbitos público y privado entre hombres y mujeres. Sin embargo, la pandemia por COVID 19 amenaza con un enorme retroceso en las condiciones en que las mujeres se están integrando en la actividad económica y, adicionalmente, han surgido nuevas formas de violencia que se han trasladado del ámbito presencial al virtual. Es indudable que las empresas, independientemente de su tamaño o rubro, tienen un importante rol que desempeñar para garantizar los derechos de las mujeres en términos de igualdad.

En primer lugar, las empresas pueden cumplir un rol dinámico al reducir la incidencia de los patrones socioculturales discriminatorios en la población, enviando un claro mensaje a la sociedad al reconocer que mujeres y hombres podemos desarrollarnos en todas las áreas de la actividad económica. Para ello, resulta clave que sectores tradicionalmente masculinos como pesca, construcción o minería abran sus puertas e incorporen a más mujeres, no sólo en ámbitos administrativos sino en labores operativas de campo. Para ello, sin duda, es importante aprender de las buenas prácticas que ya se han venido desarrollando en nuestro país, pero que en el actual contexto pueden encontrar una oportunidad de ser recreadas o profundizadas[5].

En segundo lugar, las empresas tienen un gran campo de acción si trabajan en reducir las barreras institucionales que obstaculizan la igualdad en sus organizaciones. Y aquí podemos incluir desde las microempresas hasta las empresas trasnacionales. Al respecto, debemos partir por reconocer que los sesgos de género están presentes en nuestra sociedad y deben ser identificados y eliminados. Una serie de buenas prácticas también han sido identificadas y pueden ser implementadas siempre que haya voluntad en quienes lideran las empresas. Un compromiso en el  más alto nivel de cada compañía impulsará la participación de las mujeres en diferentes posiciones de la estructura empresarial[6].

Una tercera área en la que las empresas pueden comprometerse este 8 de marzo es en la reducción de la violencia hacia las mujeres, especialmente centrándonos en la erradicación de prácticas como las del hostigamiento sexual. Al respecto, también podemos encontrar importantes instrumentos que vienen siendo desarrollados, pero que requieren no sólo el liderazgo empresarial, sino también el compromiso de todas las personas que son parte de la empresa para que erradiquemos roles pasivos y permisivos que permiten el acoso en el trabajo[7].

Reducir la desigualdad, ampliar la participación y erradicar la violencia de género en el mundo empresarial resulta una agenda urgente que no se debe postergar. El marco político está dado, instrumentos y buenas prácticas han sido desarrolladas e identificadas; necesitamos sumar la voluntad de sus líderes para producir los cambios a fin de que construyamos al Perú del bicentenario como un país sin discriminación y libre de violencia.

[1] Docente e Investigadora asociada al IDEHPUCP.
[2] ACNUDH. Perspectiva de Género en los Principios Rectores sobre las empresas y derechos humanos.  https://www.ohchr.org/SP/Issues/Business/Pages/GenderLens.aspx
[3] MINJUSDH. (2021, 11 de junio). DS N° 009-2021-JUS. Por el cual se aprueba el Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos (PNA) 2021-2025 https://www.gob.pe/institucion/minjus/informes-publicaciones/1959312-plan-nacional-de-accion-sobre-empresas-y-derechos-humanos-2021-2025
[4] MINJUSDH. (2021). Derechos de las mujeres. Informe de diagnóstico y línea de base del Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos (PNA) 2021-2025. https://drive.google.com/drive/folders/1I9fsoUp6xAVt6Az7qDSYd2Ttt3xY_BYl
[5] Silvia C. y Tiffany B. (2018). Mujeres que trepan los Andes y exploran la Amazonía. BID. https://blogs.iadb.org/igualdad/es/mujeres-que-trepan-los-andes-y-exploran-la-amazonia/
[6] PWC Perú y Aequales. (2019). Moviendo la aguja: Acciones para cerrar la brecha de género en el sector privado. https://www.pwc.pe/es/publicaciones/assets/PwC_Aequales_Moviendo-la-aguja.pdf
[7] ELSA: Espacion Laborales sin acoso. Gender Lab. https://elsa.genderlab.io/