Por José Ignacio Hernández G. (*)
Las elecciones presidenciales realizadas en Venezuela el 28 de julio de 2024, se llevaron a cabo en el marco de graves violaciones a los estándares interamericanos, al punto que no pueden ser calificadas como elecciones auténticas, en los términos del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Siguiendo la teoría de las condiciones de integridad electoral propuesta por Pippa Norris, procederemos a resumir esas violaciones, de acuerdo con el ciclo electoral, tomando en cuenta la fase previa, las violaciones cometidas el día de la elección, y las sistemáticas violaciones en ejecución luego de las votaciones.
A pesar de que las elecciones se enmarcaron en el acuerdo de Barbados firmado por el Gobierno de Nicolás Maduro y la Plataforma Unitaria, a los fines de garantizar condiciones electorales mínimas, lo cierto es que el procedimiento que llevó a las elecciones estuvo plagado de malas prácticas y de violaciones a derechos humanos, resumidos en el Informe del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la OEA. De todas esas violaciones, destacamos tres.
La primera fue la violación del derecho a participar libremente en elecciones y al pluralismo político, ante las abusivas inhabilitaciones administrativas impuestas para impedir que la candidata unitaria, seleccionada mediante las primarias organizadas por la oposición en 2023, pudiese postularse, en violación al citado artículo 23 y a la jurisprudencia de la Corte Interamericana. Incluso, esa abusiva inhabilitación fue usada para justificar la judicialización de las primarias por la sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en un ejemplo de autoritarismo judicial.
La segunda violación fue la arbitraria exclusión del derecho al sufragio de la diáspora venezolana, que, según los expertos, pudo haber afectado a cerca de 5 millones de electores. Esta violación es tanto más grave pues, como la Comisión Interamericana ha concluido, esta diáspora comprende a personas desplazadas en situación de vulnerabilidad.
Finalmente, a lo largo de todo el proceso se continuó con la política de persecución en contra de la oposición, incluso, por medio de detenciones arbitrarias. Como el Alto Comisionado advirtió, esta criminalización redujo -más todavía- el espacio cívico.
El día de las elecciones había transcurrido sin mayor contratiempo, hasta poco después de que los centros de votación comenzaron a cerrar, a las 6 de la tarde. A partir de entonces, la Plataforma Unitaria denunció actos de violencia en contra de sus testigos electorales, así como problemas en el acceso a las actas de escrutinio de los votos.
La situación se agravó en las primeras horas del 29 de julio, luego de que el presidente de la autoridad electoral -el Consejo Nacional Electoral- anunciara resultados parciales que daban por ganador al presidente Nicolás Maduro. El Consejo se ha negado a divulgar los resultados electorales y garantizar el acceso abierto a las actas que justifican el resultado anunciado. El ocultamiento de esta información no solo viola los estándares de transparencia, participación y rendición de cuentas. Además, el ocultamiento de la información impide conocer, con certeza, la voluntad de los electores, tal y como concluyó el Centro Carter.
La Plataforma Unitaria ha divulgado la totalización de más del 80% de las actas de escrutinio que sus testigos pudieron obtener, y las cuales otorgan una amplia ventaja a su candidato, Edmundo González. A estos efectos, han exigido al Consejo Nacional Electoral divulgar los resultados y permitir la verificación de las actas.
En respuesta, el presidente Maduro acudió a la Sala Electoral para requerir la verificación de los resultados, lo que excede claramente las atribuciones de ese sesgado tribunal. Al mismo tiempo, se ha procedido a ejecutar arrestos arbitrarios y masivos, en lo que es otra evidencia de las graves violaciones a derechos humanos investigada por la Corte Penal Internacional.
Con lo cual, las elecciones presidenciales pasaron de un fraude continuado violatorio a los elementos esenciales y componentes fundamentales de la democracia (artículos 3 y 4, Carta Democrática Interamericana), al intento de usurpar la voluntad de los electores, en lo que es una clara alteración del orden democrático (artículo 19).
La elección presidencial de Venezuela tornó en una elección fallida, que puede agravar la ya delicada situación de los derechos humanos, impulsando un aumento considerable de los desplazados en la región. Para evitar estas graves consecuencias, y como varios países de la región lo han solicitado, es imperativo conducir una verificación imparcial de los resultados electorales, con la participación de todos los actores políticos y el apoyo de la comunidad internacional, para restablecer la plena vigencia de los derechos políticos, esencia de los estándares interamericanos.
(*) Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Central de Venezuela y la Universidad Católica Andrés Bello. Fellow, Growth Lab (Harvard Kennedy School).