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21 de junio de 2022

Cada 19 de junio se conmemora el día internacional para la eliminación de la Violencia Sexual en los Conflictos, fecha elegida a partir de la adopción de la Resolución N° 1820 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en la que se reconoció a la violencia sexual como una táctica de guerra y un impedimento para consolidar la paz. Con este día se busca poner fin a la violencia sexual en este contexto, honrar a las víctimas y fomentar la lucha para erradicarla.

El marco legal de protección para las víctimas de violencia sexual está compuesto tanto por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como por el Derecho Internacional Humanitario. Aunque ya la Corte IDH ha destacado la especificidad de las normas del Derecho Internacional Humanitario para proteger a los seres humanos sujetos a una situación de conflicto armado, la aplicación de ambas áreas del Derecho Internacional es complementaria.[1]

En este punto cabe preguntarse qué actos constituyen violencia sexual. Según lo señalado por el Secretario General de las Naciones Unidas, la violencia sexual relacionada con los conflictos abarca: “las violaciones, la esclavitud sexual, la prostitución forzada, los embarazos forzados, la esterilización forzada y todos los demás actos de violencia sexual de gravedad comparable contra mujeres, hombres, niñas o niños”[2]. No obstante, la historia ha demostrado que las principales víctimas son las niñas y mujeres con vinculación con un conflicto.

En ese sentido la Relatora Especial de la ONU para la Violencia contra las Mujeres ha establecido que la violencia sexual contra las mujeres constituye, además, una práctica para humillar al adversario, pues las violaciones sexuales son utilizadas por las partes en un conflicto como un acto simbólico o de guerra[3].

A nivel interamericano, en el Caso Penal Castro Castro vs. Perú se destacó que la violencia sexual ejercida contra las mujeres puede constituir actos de tortura. De acuerdo con el artículo 2 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, esta se define como el acto de infligir a una persona sufrimientos físicos o mentales con cualquier fin. En situaciones de conflictos armados, la violencia sexual suele cumplir este estándar, puesto que genera graves sufrimientos físicos y mentales, y tiene un fin instrumental relacionado con obtener una ventaja bélica. La Corte IDH señaló que la utilización del poder estatal para violar los derechos de las mujeres en un conflicto tiene el objetivo de dar un mensaje o lección. En el mismo sentido, en su Informe Final la Comisión de la Verdad y Reconciliación del Perú afirmó que en el conflicto armado los actos de violencia sexual contra las mujeres tenían como objetivos castigar, intimidar, presionar, humillar y degradar a la población.

Otros países de la región han sido escenario de situaciones similares. En Colombia, el Registro Único de Víctimas del conflicto armado evidenció que de las 31.495 personas registradas como víctimas de violencia sexual, el 92,58% son mujeres. Además, es interesante analizar cómo confluyen el factor de género con raza, puesto que de acuerdo al Centro Nacional de Memoria Histórica de Colombia, las mujeres afrocolombianas han sido las más afectadas por la violencia sexual que se usó como estrategia de guerra en el conflicto armado, y constituyeron el 87% de las víctimas[4]. En ese sentido, resalta la importancia de visibilizar los distintos factores que aumentan la vulnerabilidad de las mujeres víctimas en los conflictos armados, siendo más vulnerables las pertenecientes a una etnia o raza en situación de vulnerabilidad o las niñas, que por su edad están expuestas a mayores riesgos.

No solo en nuestra región, sino en Europa, en la actualidad, el conflicto internacional entre Rusia y Ucrania ha llamado la atención de la prensa internacional y organizaciones defensoras de derechos humanos. Diferentes medios han alertado sobre la alta cantidad de denuncias por violencia sexual realizadas por ciudadanas ucranianas contra agentes rusos. Por una parte, la Viceministra del Interior, Pavlichenko, señaló que la Policía ha recibido medio centenar de denuncias por violencia sexual y ya se han abierto 16 investigaciones de carácter penal por abusos cometidos por militares rusos. Por otra parte, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sostuvo que había recibido hasta el 3 de junio informes de 124 presuntos abusos sexuales en Ucrania relacionados con el conflicto existente[5].

Estos acontecimientos recientes en el plano internacional demuestran que lejos de tratarse de actos perpetrados en el pasado, la violencia sexual en los conflictos es una problemática actual a la que hacer frente desde el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario. Por ello, es fundamental difundir los estándares de protección de mujeres y niñas en estos contextos, así como plantear mecanismos de sanción para los responsables. Sin duda estas son algunas de las cuestiones sobre las que se debe reflexionar este 19 de junio al conmemorar el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia Sexual en los Conflictos.

(*) Integrante del área Académica.

[1] Corte IDH. Caso de las Hermanas Serrano Cruz Vs. El Salvador. Excepciones Preliminares.  Sentencia de 23 de noviembre de 2004. Serie C No. 118
[3] ONU. Comisión de Derechos Humanos, 54º período de sesiones. Informe presentado por la Sra. Radhika Coomaraswamy, Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, con inclusión de sus causas y consecuencias, de conformidad con la resolución 1997/44 de la Comisión. Doc. E/CN.4/1998/54 del 26 de enero de 1998, párrs. 12 y 13.