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Notas informativas 3 de marzo de 2017
  • Reactivación económica y formalización
  • Seguridad ciudadana
  • Lucha contra la corrupción
  • Agua y saneamiento
  • Reorganización de la empresa estatal Petróleos del Perú (PetroPerú)

La revisión en el Congreso se inició al poco tiempo de promulgados los decretos mostrando resultados distintos. Solo por poner un ejemplo, mientras normas orientadas a la reactivación económica como el DL N° 1256 –que aprueba la Ley de prevención y eliminación de las barreras burocráticas- o el DL N° 1258 –que modifica la Ley del Impuesto a la Renta- han sido aprobados sin mayor discusión, otros como el DL N° 1305 –que optimiza el funcionamiento y los servicios del sector salud- fueron derogados con prontitud o incluso permanecen aún sin ser discutidos.

Así pues, aunque la reactivación de la economía parece acaparar la agenda nacional, es importante no perder de vista los costos que buscan asumirse en favor del modelo de crecimiento y sus implicancias para la institucionalidad y para el ejercicio pleno de los derechos fundamentales, en especial los de grupos vulnerables. Si bien dentro del paquete de decretos se han incluido medidas relacionadas a la lucha contra el feminicidio y la corrupción en la esfera pública, lo cierto es que la prioridad para los últimos gobiernos ha radicado en la promoción de la inversión privada en desmedro de reglas de juego fuertes y claras.

La actividad minera es uno de los rubros donde mayor permisividad e incentivo ha buscado generarse. Así, tenemos el DL N° 1293 –que declara de interés nacional la formalización de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal- donde se menciona que se simplificaran mecanismos administrativos en favor de la formalización minera, sin especificar los procedimientos que llegarían a ser eliminados. A su vez, permite la apertura del Registro Integral de Formalización Minera a titulares de concesiones mineras en áreas declaradas como zonas de exclusión minera en Madre de Dios antes de la vigencia del Decreto de Urgencia N° 012-2010, con lo cual facilita la formalización anteponiendo los efectos causados durante los años previos a la formalización sin que exista una evaluación ni una sanción ambiental.

En segunda instancia, el DL N° 1336 –que establece disposiciones para el proceso de formalización minera integral- anula la obligatoriedad de presentar el certificado de inexistencia de restos arqueológicos y solo exige la entrega de una declaración jurada sujeta a una fiscalización a posteriori por parte del Ministerio de Cultura, lo que merma la capacidad del Estado para constatar y proteger la existencia de este tipo de recursos. Además, esta norma permite nuevamente el uso  de maquinarias y equipos, como cargadores frontales, retroexcavadoras y volquetes que con anterioridad habían sido prohibidos, obviando los impactos de este tipo de instrumentos en el medio ambiente.

En último término, mediante el DL N° 1334 se crea el Fondo de Adelanto Social, adscrito a la Presidencia de Consejo de Ministros para financiar programas, proyectos y actividades en los rubros de agua y saneamiento, infraestructura, comunicaciones, entre otros, en zonas donde se desarrollarán distintas actividades económicas. Dicho Fondo, en el papel, apunta a disminuir las brechas sociales al interior del país. Sin embargo, su gestión queda en manos de la PCM, así como de los Ministerios de Economía, Transportes y Energía y Minas, omitiendo la voz del Ministerio de Cultura y del Ambiente, que tienen (o deberían tener) un rol más protagónico en aquellas regiones donde las inversiones mineras buscan darse en territorios indígenas.

Entonces, a partir de estos tres casos, lo que se observa es un fuerte interés no solo por promover una actividad económica con serios cuestionamientos en su manera de operar y de controlar sus impactos ambientales, sino también por considerar requisitos como algo prescindible por sí mismo. No es extraño encontrar que el discurso de la “tramitología” se encuentre cada vez más enraizado tanto en la esfera política como en un grupo importante de la sociedad que justifica estas medidas en pos del crecimiento económico. Cabe preguntarse, en ese sentido, ¿hasta dónde podemos permitirnos sacrificar la preservación ambiental en aras de la economía?, y ¿qué tanto de este crecimiento se materializa en las poblaciones más vulnerables, quienes son los que más han dependido de un entorno saludable?

En este contexto, urge no solo discutir a fondo las especificidades técnicas de cada decreto, sino principalmente realizar un análisis de las normas promulgadas como un todo, evidenciando los intereses, motivaciones y prioridades del gobierno nacional, en contraste con las necesidades reales de la población. El rol de la sociedad civil y de la academia en este proceso no debe permanecer en un segundo plano; antes bien, debe apuntar a incidir en quienes toman decisiones o bien en contrarrestarlos de manera articulada con actores sociales y políticos, locales y nacionales. De esa forma, las exigencias para tener un entorno saludable y un desarrollo sostenible para la población podrán dejar de ser vistos como “obstáculos” para la inversión para empezar a ser vistos como la principal motivación del Estado.

Escribe: Eduardo Hurtado, asistente de investigación del IDEHPUCP.

Créditos de imagen: El Comercio

(03.03.2017)