En los últimos dos años el tema migratorio ha surgido como un elemento clave en la agenda política del Perú. La llegada en dos años y medio de cerca de 850,000 personas venezolanas al país cambió el panorama migratorio, convirtiendo el Perú ya no solamente en un país emisor sino en un país de acogida al igual que sus vecinos. Y, al mismo tiempo se dieron varios cambios a nivel de políticas públicas. El principal cambio fue dado a principios del 2017 con la nueva Ley de Migraciones luego de más de 25 años con una ley de extranjería desfasada y basada en la seguridad nacional. Esta nueva normativa dio el marco para la aprobación del Permiso Temporal de Permanencia (PTP) mecanismo ad hoc de regularización migratoria que se otorgó por tres periodos a las personas venezolanas. Si bien este primer momento fue marcado por una apertura relativa a la migración, poco a poco el Estado peruano ha estado adoptando una serie de medidas que han buscado limitar la migración. La exigencia del pasaporte así como el requisito de la visa en el último mes dan cuenta de un giro en la política migratoria hacia la población venezolana. A ello debe agregarse las expulsiones reportadas en prensa, los operativos de fiscalización migratoria así como la adopción de la ordenanza regional en Cusco para limitar el acceso al trabajo de personas extranjeras.
En paralelo a ello, las solicitudes del reconocimiento de la condición de refugiado han aumentado de manera exponencial en este periodo debido, entre otros factores, a las medidas restrictivas del ingreso y las pocas posibilidades de acceder a mecanismos de regularización desde noviembre del 2018. Hasta la fecha el Estado peruano no ha reconocido a ningún solicitante en base a la definición ampliada de Cartagena, ello a diferencia de Brasil quién acaba de reconocer a 174 personas venezolanas por la situación de violencia grave y generalizada de derechos humanos en Venezuela.
En ese contexto, es importante recordar el marco protector del PNDH adoptado en enero de 2018 el cual por primera vez dedica un capítulo entero a la movilidad humana en todas sus formas incluyendo la protección a personas apátridas y refugiadas. Este instrumento de política pública, el más importante en materia de derechos humanos para el país, reconoce al hecho migratorio como un tema de derechos humanos. ¿Ahora bien cómo vamos con la implementación de las acciones previstas del PNDH?
Propongo centrarme en dos de las acciones propuestas por el PNDH en materia de movilidad humana. La primera es la de garantizar los derechos de las personas extranjeras en condición de igualdad con las personas nacionales. El Plan hace referencia a una serie de medidas que van desde evitar y atender la irregularidad migratoria hasta garantizar los estándares internacionales en materia de expulsiones a personas extranjeras. El balance hasta la fecha debe ser matizado. Si bien, medidas como el PTP, buscan evitar la irregularidad, su carácter temporal y ad hoc lo ha convertido en una medida insuficiente para atender las necesidades de la población venezolana. Adicionalmente, la decisión de imponer más restricciones al ingreso ha generado situaciones de irregularidad para la población venezolana. Por otro lado, las expulsiones dadas por el Estado y reportadas en medios sociales y en prensa, han tenido como mensaje principal el vínculo entre delincuencia y migración dejando de lado las garantías del debido proceso de las personas que sufren este tipo de sanción.
La segunda acción prevista por el PNDH trata un tema poco conocido: la apatridia, el hecho de no contar con una nacionalidad. En este aspecto, el objetivo del PNDH es ambicioso ya que busca atender la problemática de la apatridia en todos sus componentes. El primero está relacionado con el reconocimiento de la condición de apatridia. En este aspecto, el PNDH propone crear un procedimiento que permita demostrar la ausencia de nacionalidad de una persona. El segundo está relacionado con los mecanismos para atender las situaciones de las personas apátridas, en otras palabras, se busca dar una solución concreta a la situación de apatridia de una persona mediante por ejemplo una documentación provisional que le permita acceder a derechos. Finalmente, la última medida prevista por el PNDH busca facilitar la naturalización de las personas apátridas. Actualmente, existe en el Perú casos de niños y niñas que nacieron en Colombia de padres de nacionalidad venezolana que no han podido acceder a ninguna de las dos nacionalidades. A pesar de los riesgos y situaciones de apatridia de facto ya identificados en el país, hasta la fecha no se ha puesto en marcha el mecanismo de reconocimiento de la apatridia previsto por el PNDH. Sin este mecanismo poco o nada se puede solucionar en materia de apatridia.
Queda claro que estas son solo dos acciones del PNDH y que los retos en materia de movilidad humana son muchísimos más. (Re) leer el PNDH y monitorear su implementación resultan acciones imprescindibles en el contexto descrito recordando que la agenda migratoria es también una agenda de derechos humanos.
*Cécile Blouin es responsable de la línea Movilidad Humana del IDEHPUCP.