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3 de octubre de 2023

Fuente: CICR.

Información para la búsqueda: entre la urgencia y la acción (1) 

Por Iris Jave (*) y Luis Valverde (**)

Uno de los temas fundamentales de la agenda que dejó la Comisión de la Verdad y Reconciliación, fue la búsqueda de personas desaparecidas durante el conflicto armado interno en el Perú, para lo cual aportó un registro provisional de más de 4 mil 644 sitios de entierro ubicados fundamentalmente en Ayacucho, Junín y Huánuco, donde el conflicto había tenido el mayor impacto (CVR, 2003). Según la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (1994), la desaparición forzada consiste en el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad, seguida de la negativa a reconocer dicha privación u ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola de la protección de la ley, bajo la responsabilidad de agentes del Estado o de personas o grupos que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado [1]

Se trata de una grave violación a los derechos humanos y es considerada un crimen continuado, es decir, un crimen que se mantiene activo mientras no se encuentre la persona desaparecida; el impacto de la desaparición en los familiares es permanente y, en muchos casos, irrecuperable. Esclarecer el destino y el paradero de la persona desaparecida es una exigencia de cumplimiento inmediato para los familiares y una obligación absoluta de los Estados [2]. Han transcurrido 20 años desde que la CVR revelara la magnitud de la desaparición y han sido principalmente las organizaciones de familiares y de derechos humanos quienes siguen tras la búsqueda, acompañando -mediante la incidencia y la presión- el trabajo casi silencioso del estado en esta materia (Jave, 2021). Un problema pendiente y urgente que requiere respuestas oportunas. 

Por eso es necesario prestar atención al último reporte de la Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas (DGBPD) [3], publicado en agosto último, que revela que el número de personas desaparecidas por buscar ha subido a 22,295. De ese universo el 47.4% se concentran en el departamento de Ayacucho, el 13.4% en Junín y el 12.8% en Huánuco. En esa misma línea, Ayacucho es la región que concentra la mayor cantidad de sitios de entierro (82.7%) seguida por Huánuco (3.6%), Apurímac (3.5%) y Puno (2.46%). Ciertamente no se trata de una cifra definitiva, pues en la medida que avanzan las investigaciones de la DGBPD y se nutre el Registro Único de Víctimas (RUV) la base de datos crece

Gráfico N°1: Evolución de registros de personas desaparecidas y con búsqueda concluida en el RENADE

Fuente: Informes estadísticos 1, 2 y 3 del RENADE.

Elaboración propia.

Sin embargo, aunque se ha incrementado el registro de casos reportados, la culminación de búsquedas todavía es limitada. A diferencia de los reportes estadísticos 1 [4] y 2 [5] del RENADE, en un primer momento el reporte estadístico 3 no mostraba las estadísticas referentes al avance en cuanto procesos de búsqueda concluidos y procesos de búsqueda pendientes o por concluir. Añadir esta información es fundamental para hacer un análisis más profundo sobre el desempeño de la institución y para observar la evolución del avance de las búsquedas culminadas. Esa información fue incluida posteriormente, pero aún vemos algunas limitaciones en la agilización del proceso de búsqueda

Limitaciones en el proceso de búsqueda

La Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas, a cargo del RENADE ha enfrentado una serie de limitaciones. Por un lado, no ha tenido un presupuesto constante y sostenible, al registrar fuertes variaciones en el tiempo. Desde el 2017 hasta el 2019, el presupuesto fue ascendente al punto de que en el 2019 llegó a los S/ 6,051,403. No obstante, en el 2020 el presupuesto sufrió un descenso de más del 50% respecto del año anterior, alcanzando 2,952,356. Si bien hasta el 2022 el presupuesto aumentó hasta S/ 3,993,833, aún parece ser insuficiente ante la cantidad de casos que la Dirección debe atender. Según el RENADE, hay más de 19 mil personas sin búsqueda concluida. La ausencia de un presupuesto estable y suficiente ha limitado sus capacidades, por ejemplo, la contratación de más personal especializado para las investigaciones, así como para fortalecer la identificación de cuerpos y la tecnología que refuerce la búsqueda. 

Por otro lado, a pesar de que la estrategia de búsqueda de personas ha ido variando en el tiempo, esta aún presenta resultados limitados. Para fortalecer la DGBPD, es necesario hacer un trabajo articulado entre varias instituciones del Estado que permita una mayor articulación, tanto para la investigación de los sitios de entierro como para el reconocimiento. El 2021, la Fiscal de la Nación, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y el Jefe de la Delegación del CICR para Perú, Bolivia y Ecuador, acordaron crear una comisión de trabajo ad hoc con el objetivo de diseñar e implementar en forma conjunta una estrategia para concluir la identificación de los restos óseos almacenados en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML) [6]

Si bien esta estrategia ha traído algunos resultados, el grado de implementación de los avances sobre búsquedas concluidas sigue siendo bajo. En este contexto, se hace necesario seguir articulando a otras instituciones del Estado; en particular, es preciso involucrar a los sectores Salud, Defensa o Interior, así como también a los gobiernos regionales y locales [7] para conseguir mayor celeridad en el proceso de búsqueda. Finalmente, es necesario seguir estableciendo estrategias que permitan una participación más activa de los familiares. En el año 2023, el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para promover y fortalecer el proceso de búsqueda con enfoque humanitario de las personas desaparecidas durante el período de violencia 1980-2000 [8] solo ha registrado una reunión con la DGBPD. Su participación en el proceso es fundamental desde el inicio, ya sea en cuanto a brindar información o en las fases de acompañamiento y reparación cuando se trata de procesos de restitución. Conocer cómo intervienen los familiares –por ejemplo, en los “casos cuya búsqueda concluyó”– es indispensable para garantizar las respuestas del Estado (tema que abordaremos en otro artículo) desde el reconocimiento de sus responsabilidades y de lo que significa restituir la dignidad a la que aspiran los familiares que siguen buscando a sus seres queridos.   

(*) Investigadora y Coordinadora de las Líneas de Movilidad Humana y Memoria, Democracia y Posconflicto del IDEHPUCP.

(**) Integrante del Área Académica y de Investigaciones del IDEHPUCP.


[1]  Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, Artículo II. Recuperado el 2 de octubre de 2023: https://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-60.html

[2] Hinestroza, V., Jave, I, Huhle, Rainer (2021). Comisiones de búsqueda en América Latina. Una apuesta extraordinaria por la integralidad en la investigación de las desapariciones. GIZ “Fortalecimiento del Estado de Derecho en México II (FED II)”, México.

[3] Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas. (2023). REPORTE ESTADÍSTICO N° 3  REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS DESAPARECIDAS Y DE SITIOS DE ENTIERRO Al 25 de agosto de 2023. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

[4] Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas. (2020). REPORTE ESTADÍSTICO N° 1  REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS DESAPARECIDAS Y DE SITIOS DE ENTIERRO Al 31 de diciembre de 2020. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

[5] Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas. (2021). REPORTE ESTADÍSTICO N° 2  REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS DESAPARECIDAS Y DE SITIOS DE ENTIERRO Al 31 de julio de 2021. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

[6] Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas. (2021). REPORTE ESTADÍSTICO N° 2  REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS DESAPARECIDAS Y DE SITIOS DE ENTIERRO Al 31 de julio de 2021. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

[7] Jave, I. (07 de diciembre de 2021). A propósito del Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas al 2030. Memorias sin respuesta (II). IDEHPUCP. https://idehpucp.pucp.edu.pe/analisis1/a-proposito-del-plan-nacional-de-busqueda-de-personas-desaparecidas-al-2030-memorias-sin-respuesta-ii/

[8] Resolución Ministerial N.° 0269-2020-JUS. (23 de octubre de 2020).  https://www.gob.pe/institucion/minjus/normas-legales/1296539-0269-2020-jus