Una primera mirada al Plan suscita comentarios tanto sobre sus novedades como sobre sus vacíos. Para iniciar, vale la pena mencionar algunas de las novedades de este instrumento así como comentar brevemente la agenda que plantea. La primera cuestión que debe mencionarse es que esta nueva versión presenta novedades interesantes respecto al Plan que rigió entre 2005 y 2011, como el diálogo con otros planes nacionales en materias profundamente vinculadas a la problemática de los derechos humanos y que se encuentran ya en curso (como Acción por la Infancia y la Adolescencia, Igualdad de Género, Acción contra la trata de personas, etc.). En segundo lugar, es un salto metodológico fundamental que, en esta ocasión, el diseño de acciones necesarias para la consecución de objetivos esté directamente vinculado con las entidades públicas que tienen competencias directas. La incorporación de estos dos aspectos es un buen síntoma en torno a los aprendizajes institucionales dentro del propio Estado – cuestión que se ha manifestado en el caso del Plan de Igualdad de Oportunidades 2006-2010 – para afianzar un trabajo coherente e intersectorial dentro del Poder Ejecutivo y también permite el desarrollo de evaluaciones y de vigilancia ciudadana en aras a la eficiencia y rendición de cuentas de la política pública.
En cuanto a la agenda, vale la pena resaltar algunos elementos de continuidad en los lineamientos macro del Plan respecto a su versión anterior como el impulso a programas de formación y capacitación en derechos humanos en todos los niveles (en el sistema educativo, a servidores públicos, miembros de la fuerzas del orden, grupos sociales, etc.) y el fortalecimiento del ordenamiento jurídico interno bajo estándares internacionales de protección de derechos humanos.
Sin embargo, llama la atención la falta de mención a agendas de derechos vinculadas a los derechos humanos de grupos especialmente vulnerables en el país. Así, resulta preocupante la falta de mención en el Plan del acceso a la justicia para las víctimas del conflicto armado interno, para lo cual debe reforzarse los subsistemas de investigación, juzgamiento y protección de víctimas y testigos. Es fundamental contar con una acción positiva del Estado para afrontar las serias y grandes dificultades del sistema judicial para encauzar los procesos por delitos de lesa humanidad y graves violaciones a los derechos humanos, especialmente en los sistemas especializados y en las regiones más golpeadas por el periodo de violencia.
Asimismo, el nuevo plan no contempla acciones para el reconocimiento de derechos de la población LGBTI, víctima de crímenes de odio y de actos de discriminación. En ese sentido, resulta necesario contar con una política que promueva una cultura de respeto a la diferencias por motivo de orientación sexual, cuestión que estaba presente en el anterior Plan y que viene siendo impulsada por diversos organismos de la comunidad internacional como Naciones Unidas desde donde se vienen implementando campañas de respeto y tolerancia.
Tampoco hay ninguna mención a los derechos de las trabajadoras del hogar. Como ha señalado la propia Organización Internacional del Trabajo en un informe sobre la materia, resulta necesaria la ratificación del Convenio 189 y el ajuste de la norma nacional a los estándares internacionales en materia de trabajo doméstico. Resulta urgente conocer las razones por las cuáles estos grupos y estos derechos no han sido incorporados en el Plan y/o que otras medidas se tomarán desde el Poder Ejecutivo para su legítima demanda de protección de derechos.
Finalmente, si algo quedó claro como lección aprendida de la experiencia del anterior Plan fue la necesidad de construir una institucionalidad que encauzara esta política transversal. Ello comprende tanto al Consejo de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, profundamente debilitado en la última década, como en su interlocución con los representantes de los organismos de la sociedad civil y los gobiernos subnacionales –regionales y locales- para el diseño e implementación de políticas. Hubiera sido recomendable que el nuevo Plan contemple acciones de fortalecimiento institucional en esta materia.
Tocará ahora a la sociedad discutir este documento, evaluar qué agendas concretas han sido incluidas y de qué manera, así como valorar sus propios mecanismos de evaluación y seguimiento. Asimismo, habrá que mirar el nivel de coherencia del Plan y su articulación con otras políticas del Estado para poder tener una mirada integral y objetiva sobre la incorporación de un enfoque de derechos humanos en las políticas nacionales, propósito central de este instrumento. El Plan tiene una duración de dos años, 24 meses que corren muy rápido y hay muchísimo trabajo que hacer.
Escribe: Carmela Chávez, investigadora del IDEHPUCP