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Entrevistas 16 de agosto de 2022

Por: Juan Takehara (*)

En las últimas semanas hemos observado que distintos acusados en los casos vinculados con el presidente Pedro Castillo intentan acogerse a la colaboración eficaz, un instrumento de la investigación fiscal para la obtención de información relevante y sustentada en pruebas a cambio de beneficios. Para comprender cómo se debe evaluar las declaraciones de dichos aspirantes y qué viene ocurriendo en el ámbito de la Fiscalía de la Nación, conversamos con Juan José Quispe, abogado penalista del Instituto de Defensa Legal (IDL). 

Puede sonar redundante, pero ¿qué tan eficaz es tener tantos colaboradores eficaces en una sola investigación?

Desde mi perspectiva la figura de la colaboración eficaz es una estrategia que ha venido funcionando para el Ministerio Público. Para el Ministerio Público es importante tener más de un aspirante a colaboración eficaz pues sus versiones y primeras pruebas sirven, por ejemplo, para solicitar medidas coercitivas (detenciones judiciales preliminares). El aspirante a colaborador eficaz sabe que si quiere mentir al fiscal con información que ha conocido a través de los medios de comunicación y no aportando pruebas que avalen su dicho, no obtendrá ningún beneficio premial (reducción o excepción de pena). En buena cuenta, una vez rendidas una o varias declaraciones ante el Ministerio Público, corresponde a la fiscalía junto a la PNP iniciar la etapa de la corroboración. Una vez terminada esta etapa, el fiscal se sienta a negociar de forma definitiva con la defensa del aspirante a colaborador para indicarle cuán importantes fueron sus declaraciones o si simplemente no sirvieron de nada. Si sucede lo último le informa que no se le otorgará ningún beneficio premial y por tanto lo considerará como cualquier investigado y lo que declaró a manera de delación no podrás ser utilizado en el proceso. Sin embargo, si los aportes han sido corroborados se abre una negociación con la defensa del aspirante a colaborador en la que se determinará si recibe una reducción de la pena o una exención. Alcanzado este acuerdo, la fiscalía presenta el caso ante el juez para sustentar, a su vez, su pedido. El acuerdo debe ser homologado por el Poder Judicial mediante una sentencia. Si esto se da, es una prueba que sirve para el juicio oral y ya entonces estamos hablando de un colaborador eficaz.

¿Qué excesos se pueden presentar en el empleo de este mecanismo?

Se puede ver que muchas veces los aspirantes a colaborador eficaz hacen perder tiempo al Ministerio Público pues inicialmente pueden sindicar a personas y relatar muchos hechos de corrupción; sin embargo, se consideran inocentes, que no forman parte de la organización criminal y no aportan pruebas a sabiendas que, si son culpables, pero quieren “proteger” a otros miembros de la organización. Ellos saben perfectamente, que el primer requisito para aspirar a ser colaborador es que reconozca que ha cometido delito (s). De esos casos hay muchos, incluso por mal asesoramiento de sus abogados defensores. Se puede ver que muchas veces los aspirantes a colaborador eficaz hacen perder el tiempo al Ministerio Público. Por ejemplo, empiezan señalando a personas como responsables y relatando hechos de corrupción, pero se consideran inocentes y niegan ser parte de la organización criminal o no aportan pruebas, ello a pesar de que el primer requisito para ser colaborador es reconocer que se ha cometido delitos. Hay muchos de estos casos, a veces por la mala asesoría de los abogados defensores.

En los casos que involucran presuntamente al presidente Pedro Castillo, al parecer varios aspirantes a colaboradores utilizan como prueba testimonial a otros aspirantes a colaboradores. ¿Cómo cree que el fiscal deba proceder en este escenario?

Generalmente cuando se investiga a organizaciones criminales, existen varios aspirantes a colaboración eficaz que inclusive puedan estar alineados o coordinados. Esto se da muchas veces porque los abogados o estudios abogados que los defienden trabajan conjuntamente o porque sus abogados tienen cierto grado de afinidad o amistad. Si se produce este escenario, corresponderá a la fiscalía elaborar una adecuada estrategia para determinar que cada declaración de un aspirante tenga sus pruebas (directas o indiciarias) corroborables. Un aspirante a colaborador no puede tener como prueba principal la delación de otro aspirante a colaborador. Distinto es el caso en que la fiscalía, en su dictamen acusatorio, presenta en juicio oral sentencias de varios colaboradores eficaces que ya fueron corroboradas y valoradas por la autoridad judicial y que por tanto tiene un valor probatorio muy potente. Hay que ser claros: la fiscalía no puede pretender lograr la condena de uno o varios investigados únicamente con la delación inicial no corroborada de los aspirantes a colaboradores eficaces. De darse ese caso, no pasaría la etapa intermedia del proceso penal y el caso se archivaría en esta instancia.

Bruno Pacheco, según medios, declaró a la fiscalía que recibió y entregó dinero al presidente Pedro Castillo. ¿Cómo se compara este caso con el del exsecretario de Alan García, Luis Nava?

Se puede equiparar al caso de Luis Nava. Lo importante, reitero, es que sus dichos sean corroborados con pruebas directas o indiciarias. Por ejemplo, que señale números telefónicos desde donde se comunicaban el presidente de la República con los empresarios; que aporte chats de WhatsApp, grabaciones telefónicas, fotos; que entregue su teléfono celular para ser peritado; que indique dónde y como se entregó el dinero o si se depositó en una cuenta en un banco u otra entidad crediticia o con un código en un paraíso financiero en el extranjero. En fin, elementos que permitan a la fiscalía corroborar sus delaciones. Recordemos que la corrupción no da boletas ni facturas. Y las condenas en este ámbito casi siempre son logradas mediante pruebas indiciarias.

El presidente Castillo exigió al programa de televisión Panorama, mediante una carta notarial, que se retracte respecto de la difusión de las declaraciones de Pacheco. ¿Estamos en este caso ante un ataque al derecho a la información?

Recordemos que muchas de estas informaciones son obtenidas por la prensa a través de sus fuentes y que no tienen la obligación de develarlas en caso sean denunciados. Hay una protección constitucional y convencional del secreto profesional. También sabemos que estos documentos no son filtrados solo por la fiscalía, sino también, muchas veces, por la propia defensa del aspirante. El proyecto de ley presentado por el gobierno para sancionar fiscales, jueces, policías u otros es una abierta vulneración al derecho a la información y a la libertad de prensa, porque lo que se busca con este proyecto de ley es que la opinión pública no siga informándose sobre los ya no tan presuntos actos de corrupción de este gobierno. Muchas veces es importante la labor de la prensa pues sus denuncias de actos concretos de corrupción pueden servir para evitar la pérdida de información en las investigaciones fiscale

Por otro lado, observamos cambios y renuncias en el Ministerio Público que pueden determinar que se retrase o incluso que se encarpete casos importantes de corrupción. ¿Qué cree que está ocurriendo dentro de la fiscalía?

Creo que la Fiscal de la Nación no utiliza la misma balanza en todos los casos que investiga. De un lado, está haciendo un buen trabajo para conformar un equipo especial de fiscales y de la PNP para investigar casos de lavado de activos, organización criminal o corrupción para investigar al Presidente de la República. En otros casos actúa de manera muy lenta, como el caso del congresista acusado de violentar sexualmente a su subordinada. En este caso, dado que hay elementos como la declaración de la víctima en Cámara Gesell, el certificado médico legal y otras declaraciones testimoniales, y teniendo en cuenta que el congresistas estuvo inubicable durante las primeras 48 horas para evitar su detención en flagrancia y borrar las pruebas y evidencias del delito, hace rato debería haber solicitado la detención preliminar del presunto violador teniendo en cuenta que los congresistas ya no cuentan con inmunidad de detención ni de procesamiento. Finalmente, los extraños cambios efectuados por la Fiscal de la Nación, Patricia Benavides, hacen pensar que sólo buscaría el desmembramiento de la presunta organización criminal vinculada con el gobierno actual y no el de otras organizaciones criminales donde están comprometidos magistrados (jueces y fiscales), como lo es la de los “cuellos blancos del puerto” o la presunta organización criminal de Amazonas , entre otras organizaciones criminales, donde están comprendidos expresidentes de la corte, jueces, magistrados de salas, jueces de primera instancia, presidentes de la Junta de Fiscales superiores, fiscales superiores y provinciales, auxiliares fiscales, empresarios, políticos. Y hay que mencionar el caso más sonado, que es el de su hermana, la jueza superior Emma Benavides Vargas, quien venía siendo investigada por la fiscal suprema Betsabeth Revilla Corrales por la presunta pertenencia a una organización criminal de magistrados a los que se atribuye el haber negociado, presuntamente, con la expedición de resoluciones para beneficiar a investigados por delito de narcotráfico.

¿Observa algún avance en la agenda en derechos humanos en el gobierno actual? 

No hay ningún avance en derechos humanos a un año de iniciado el gobierno del presidente Pedro Castillo. Los 47 casos que judicializó la Comisión de la Verdad y Reconciliación entregados a la fiscalía en agosto de 2003 deben tener prioridad para el gobierno. No es justo que miles de familias y agraviados de graves violaciones a los derechos humanos sigan esperando justicia por mas de 38 años. Justicia que tarda, no es justicia, es impunidad absoluta.

¿Qué casos deberían ser de mayor interés público?

No se viene haciendo nada respecto a los defensores de derechos humanos de la Amazonía que vienen siendo sistemáticamente asesinados por mafias y organizaciones criminales dedicadas a la tala ilegal. Sus muertes sólo sirven para llenar un papel de frías estadísticas. Quizá esta negligencia se debe a que estas comunidades han sido ancestralmente olvidadas por los gobiernos.

(*) Miembro del equipo de Comunicaciones.