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Nacional 18 de abril de 2020

Compartimos la entrevista realizada Elizabeth Salmón, directora ejecutiva del IDEHPUCP, sobre la situación de peruanos varados alrededor del mundo y su vínculo con los Derechos Humanos.


– En una situación normal, ¿qué obligación tiene el Estado y que derecho el ciudadano de retornar a su país?

Dentro de todo lo que incluye la libertad de tránsito hay una parte que significa salir libremente de tu país y no ser impedido de regresar a este de manera arbitraria. Este es un consenso en el marco del derecho internacional, está en el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el artículo 22 de la Convención Interamericana y el artículo 2, inciso 11, de la Constitución Peruana.

– ¿Y en tiempos como los que vivimos actualmente?

En tiempos excepcionales, incluso en la Constitución se habla de problemas de salud, hay ciertos derechos que se restringen. Es completamente válido para el Estado democrático restringir derechos. Ese es el punto de partida para entender cualquier excepción de la excepción. Mi impresión es que hay casos de compatriotas en el exterior y extranjeros varados en el Perú que solamente pueden ejercer plenamente sus derechos en su Estado.

– Teniendo claras las limitaciones para repatriar a todos, ¿no es responsabilidad del Estado brindar el mínimo de condiciones para quienes quedaron varados -especialmente los más vulnerables- hasta que sea posible que regresen?

Eso está en el terreno de lo humanitario. El Estado tiene la obligación de ayudar a los peruanos que están en el extranjero a través de sus consulados en general, no solo en periodos de pandemias. Deben proveerles de seguridad, ir a verlos si los detienen, ayudarlos a salir si perdieron el pasaporte, entre otros. Entonces, lo que parece lógico es que en medio de estas circunstancias el consulado tiene que hacer mayores esfuerzos por cumplir con sus obligaciones de cuidado y acompañamiento. Si no puede hacerse posible el retorno por todas estas circunstancias que escapan a la voluntad del Estado se debe ayudar en la medida de lo posible con algún paquete. Pero tampoco es que exista una norma que diga que los peruanos que queden fuera en medio de una pandemia deben recibir un bono. No existe esa norma porque nadie esperaba una situación así. En resumen, el Estado tiene el deber de proteger a los peruanos en el extranjero a través de los consulados y en estos momentos deberían adaptarse a las circunstancias, subir sus estándares, brindar ayuda de tipo social inmediata.

– Lo que buscan muchos de nuestros compatriotas, más allá de recursos, son respuestas. No hemos visto suficientes canales oficiales en esta situación.

Ese es un tema de la mayor relevancia: el acceso a la información. En tiempos normales el acceso a la información es muy importante, pero en estos tiempos es casi una llave para acceder a cierto conocimiento que te permita estar en tranquilidad o acceder a cierta información que te permita llegar a comer, recibir salud o techo. Por ejemplo, un portal donde des información a los peruanos varados. Que puedan comunicarse con sus familias, que sepan que si no salen en 20 días recibirán tal cosa, ese tipo de planificación se requiere. El acceso a la información calma, evita que la persona caiga en desesperación o en manos inescrupulosas. La información es, en este momento, un derecho crucial y una herramienta para mantener a la gente tranquila. De no existir, va a hacer que las posibilidades de conflicto, de caos y vulnerabilidad incrementen.