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Nacional 28 de enero de 2020

En un reporte de El Comercio, se entrevistó a Rafael Chanjan, coordinador del Proyecto Anticorrupción en IDEHPUCP, sobre el pedido de prisión preventiva que el fiscal José Domingo Pérez interpuso contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, en el marco de la investigación que se le sigue por los presuntos aportes de Odebrecht a su campaña presidencial en el 2011.


El abogado penalista Rafael Chanjan sostuvo que lo más complicado de demostrar es la existencia del peligro procesal para que se dicte una medida como la prisión preventiva.

Consideró que, en caso el juez emita una decisión favorable, sería una manera de reafirmar que el caso de Keiko Fujimori es “sólido”.

“Sería una resolución que fortalecería la tesis fiscal, también es cierto que el equipo especial no solo ha utilizado elementos de la anterior prisión preventiva, sino nuevos, eso también tiene que ser considerado, reforzaría lo que se dijo en un inicio, pero también se han añadido nuevos elementos”, dijo.

Sobre la posibilidad de que el juez Zúñiga dicte prisión preventiva, Chanjan explica que “si fuese así, Keiko Fujimori tendría que regresar a la cárcel y afrontar lo que queda de la etapa intermedia y posterior juicio oral, concurriendo a las audiencias que fije el juez, que van a ser muchas”.

El abogado señaló que, siguiendo la hipótesis fiscal, el equipo especial apunta a que Keiko Fujimori permanezca la mayor cantidad de tiempo con prisión preventiva. “Prevén que se tenga una sentencia antes de que ella pueda salir de la prisión preventiva. Asegurar que a la hora de la sentencia, esta se pueda ejecutar”, agregó.

El otro escenario es que el juez rechace el pedido del fiscal José Domingo Pérez y Keiko Fujimori continúe en libertad. El magistrado podría considerar que no se cumplen los presupuestos necesarios para dictar la medida.

Chanjan explica que el juez podría respaldar los graves y fundados elementos de convicción que vinculan a Fujimori con los delitos que le imputan, pero, al mismo tiempo, considerar que no se acreditó el riesgo de fuga u obstrucción.