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Nacional 25 de octubre de 2019

Punto Edu entrevistó a la abogada Ivonne Garza, especialista en derechos humanos en la Relatoría sobre los derechos de los migrantes de la CIDH, quien participó en el concurso Yachay organizado por IDEHPUCP.

Reproducimos la entrevista:


Hace unos años, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) felicitaba al Perú por la puesta en marcha del Permiso Temporal de Permanencia (PTP) de ciudadanos venezolanos; ahora nos encontramos ante un escenario distinto con la imposición de una visa humanitaria. ¿Cuál ha sido la posición de la CIDH?
Con respecto a los permisos temporales y visas humanitarias, en la región tenemos la posibilidad de ampliar la definición de persona refugiada prevista en la Declaración de Cartagena de 1984, que dice que hay situaciones de carácter humanitario que dan lugar a que una persona pueda ser recibida con el estatus de refugiada y ese ha sido un avance que ha facilitado los programas que permiten que las personas reciban protección internacional. La CIDH no tiene una postura sobre cuál debería ser el mecanismo implementado por un Estado, eso lo deciden los países, lo que la Comisión dice es que los Estados deben adoptar medidas que permitan la acogida de personas venezolanas y que confieran protección a la población según el derecho internacional.

En ese caso, ¿todas las personas venezolanas tendrían la condición de refugiadas?
Según la Convención Americana de Derechos Humanos, una persona puede ser reconocida como refugiada cuando hay un temor fundado de persecución por origen, etnia o afinidad política. La declaración de Cartagena amplía la definición, pero muchos Estados no la han integrado a su legislación nacional. Sin embargo, lo importante es la protección de la persona. Entonces, entre los migrantes que llegan a Perú, podrá haber algunos que tengan el temor de persecución y otros que están buscando mejorar sus condiciones de vida o que quieren estar con su familia; todo eso forma parte del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho a la movilidad. Entonces, no todas las personas que están llegando son refugiadas, porque no todas tienen que serlo necesariamente. Sin embargo, la visa humanitaria reconoce que se encuentran en una situación de necesidad que requiere la adopción de medidas que posibiliten la migración regular.

Según una investigación de BBVA Research, el impacto fiscal de la población venezolana ha sido positivo en el Perú, y se destaca su aporte en el pago de impuestos y en el PBI; pese a esto, persisten mitos sobre la población migrante. ¿Cómo desmitificar esas creencias?
En toda la región estamos observando prácticas y discursos que criminalizan a los migrantes y a las personas que ejercen su defensa, y es importante hacer notar que la migración es parte de la historia de la humanidad y contribuye a la actividad económica de un país, a la diversidad cultural, al intercambio de conocimiento, y a la socialización. La Comisión ha sido muy enfática en hacer un llamado a los Estados para que adopten medidas desde una perspectiva de derechos humanos en el tratamiento de la legislación y políticas migratorias. ¿Qué implica esto? Ver a la persona migrante como persona, porque migrar es un derecho humano, y no desde la construcción de políticas de la soberanía o la seguridad.

Según una encuesta del IOP-PUCP, la mayoría de personas está a favor de un control migratorio restrictivo de las personas venezolanas. ¿Cómo responder a estas percepciones desde un enfoque de derechos humanos?
Tenemos que reconocer que la situación de personas migrantes en el contexto actual es una situación humanitaria, la población está buscando sobrevivir, tener una mejor vida, tener acceso a servicios básicos, como una vivienda digna, educación y salud. Se ha comprobado que la migración no va a parar, para 2050, habrá 405 millones de migrantes alrededor del mundo, ahora estamos en 258 millones, y las medidas restrictivas no la van a frenar.