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Notas informativas 31 de octubre de 2013

El sustento del fallo del magistrado se encuentra en el carácter de crímenes de lesa humanidad de los delitos cometidos en los casos Barrios Altos y La Cantuta, por los que Fujimori fue condenado a 25 años de prisión en dos instancias de la Corte Suprema de Justicia de la República. Esta calidad de los crímenes cometidos por Fujimori ha sido contemplada en varias sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En estos casos, indicó el magistrado, no se puede aplicar el indulto, la amnistía o cualquier norma que impida la sanción de estos crímenes graves.

Durante la mayor parte de su resolución, Morales Parraguez justificó las razones por las cuales debía analizar el fondo del pedido del condenado, a pesar que la legislación peruana no contempla expresamente el arresto domiciliario para sentenciados.

El abogado de Fujimori, William Castillo Morales, apelará la decisión.