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Notas informativas 21 de abril de 2020

El brote de la COVID-19 y la emergencia sanitaria que ha generado en diversos países también ha cambiado la forma en que se brinda la educación. Según la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), los/as estudiantes afectados/as a nivel mundial son más de 1.5 millones, lo cual equivale aproximadamente al 91.3% del total de personas matriculadas.

El alto número de personas afectadas se debe a que 191 países han declarado el cierre de instituciones educativas de diversos niveles (preescolar, primaria, secundaria, superior), entre ellos el Perú, como una de las medidas de contención frente al incremento de los contagios.  En el país, el cierre a nivel nacional de escuelas, institutos y universidades afecta a 9’911,513 estudiantes[1].

De acuerdo con proyecciones del Ministerio de Educación (MINEDU), las clases durante el 2020 se dictarán a distancia dado que existe incertidumbre sobre cuándo será posible (y seguro) reanudar las clases presenciales en los centros educativos. Asimismo, muchas universidades han optado por la virtualización de sus programas. Si bien estas medidas son necesarias para evitar poner en riesgo la salud de los/as estudiantes y sus familiares, la implementación de la educación remota en nuestro país presenta desafíos particulares.

Primero, es importante aclarar que la adaptación de la política educativa con miras a la implementación total de la educación a distancia debe tomar en cuenta los estándares internacionales de derechos humanos sobre educación. Según el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas (Comité DESC), son cuatro las características esenciales e interrelacionadas que deben cumplirse para la garantía del derecho a la educación en cualquiera de los niveles de enseñanza:

i) Disponibilidad, en tanto deben existir suficientes instituciones y programas de enseñanza dentro del ámbito del Estado

ii) Accesibilidad, ya que las instituciones y programas de enseñanza deben ser accesibles para todas las personas bajo jurisdicción del Estado sin discriminación, especialmente para los grupos en situación de vulnerabilidad. Al analizar la accesibilidad del servicio, debe tomarse en cuenta la accesibilidad material (sea de forma presencial o a través de tecnología moderna), y la accesibilidad económica.

iii) Aceptabilidad, respecto a la forma y fondo del servicio educativo (incluidos los programas y métodos de enseñanza empleados), estos han de ser aceptables (pertinentes, adecuados culturalmente, de buena calidad, entre otros) para los/as estudiantes y, cuando proceda, para los padres.

iv) Adaptabilidad, ya que debe poder adaptarse a las necesidades de las sociedades y comunidades[2].

«La UNESCO ha identificado que las tasas de deserción escolar suelen aumentar frente al cierre de instituciones de educación básica, sobre todo cuando el periodo de cierre es prolongado.»

En atención a esto, señalaremos algunos de los desafíos que se afronta. En cuanto al alcance de las plataformas de educación a distancia, se debe garantizar que estas sean accesibles para todos/as los/as estudiantes a fin de evitar la interrupción del aprendizaje, que suele ser la principal consecuencia negativa en materia de educación en situaciones de emergencia. En el caso de los/as estudiantes de grupos en situación de vulnerabilidad, se requiere adoptar medidas adicionales para, por ejemplo, reducir las brechas en acceso a tecnologías o conexión a servicios de internet[3]. El contenido que se imparta a través de estas plataformas también debe ser adaptado, y los métodos de aprendizaje a utilizar deben ser evaluados para responder a esta nueva situación.

Por otro lado, es importante implementar programas de capacitación para docentes, dependiendo del nivel de enseñanza, ayudándolos/as a transitar a esta nueva forma de educación. En el caso del nivel preescolar y primaria de educación, también se debería prever programas de capacitación para los padres, quienes se convierten en actores importantes para la continuación de la educación de sus hijos/as.

La UNESCO ha identificado que las tasas de deserción escolar suelen aumentar frente al cierre de instituciones de educación básica, sobre todo cuando el periodo de cierre es prolongado[4]. El Estado y las escuelas tienen, entonces, un reto importante para el seguimiento del desarrollo y cumplimiento de los objetivos de aprendizaje de los estudiantes, y, eventualmente, la búsqueda de medidas para su reinserción si fuera necesario.

En el caso de la educación superior, es probable que aquellos/as estudiantes que no reciban “una oferta de continuidad de calidad y con seguimiento individualizado, probablemente [se vayan] desvinculando del ritmo académico y aumentado su riesgo de abandono del sistema”[5]. Las ofertas existentes en América Latina y el Caribe podrían dejar por fuera al 25% de los/as estudiantes de este nivel educativo, y pone a su vez en riesgo a los/as docentes contratados/as temporalmente y aquellos/as que imparten materias prácticas[6].

Otros aspectos que se debe considerar son la afectación de la alimentación de los niños, niñas y jóvenes que dependen de sus centros educativos para obtener las principales comidas del día (desayunos y almuerzos), el impacto especialmente negativo que el cierre de las escuelas puede tener en las niñas y adolescentes, y el reto que representará para los padres el balancear su vida laboral y la atención de la educación de sus hijos/as en casa[7].

Aunque el gobierno ya ha adoptado algunas medidas para enfrentar estos desafíos, como la creación de la plataforma “Aprendo en casa”, o aquellas dispuestas a través del Decreto Legislativo N° 1465 para garantizar la continuidad del servicio educativo (incluyendo medidas económicas para la adquisición del servicio de internet y dispositivos informáticos de forma excepcional para las instituciones educativas públicas), lo cierto es que queda aún trabajo por hacer.

(*) Integrante del Área Académica IDEHPUCP.


[1] Información extraída del mapa de seguimiento mundial de los cierres de escuelas causados por COVID-19 elaborado por la UNESCO. Ver: https://es.unesco.org/covid19/educationresponse
[2] Comité DESC (1999). Observaciones Generales N° 13 (21° período de sesiones). El derecho a la educación (artículo 13 del Pacto). E/C.12/1999/10. Recuperado de: https://www.right-to-education.org/sites/right-to-education.org/files/resource-attachments/ONU_Observaci%C3%B3n_General_13_Derecho_Educaci%C3%B3n_es.pdf
[3] UNESCO. Consecuencias negativas del cierre de escuelas. Consulta realizada el: 17 de abril de 2020. Recuperado de: https://es.unesco.org/covid19/educationresponse/consecuencias
[4] Ibídem.
[5] Instituto Internacional para la Educación Superior en América Latina y el Caribe [IESALC] (14 de abril de 2020). Informe del IESALC analiza los impactos del #COVID-19 y ofrece recomendaciones a gobiernos e instituciones de educación superior. Consulta realizada el: 20 de abril de 2020. Recuperado de: http://www.iesalc.unesco.org/2020/04/14/iesalc-insta-a-los-estados-a-asegurar-el-derecho-a-la-educacion-superior-en-igualdad-de-oportunidades-ante-el-covid-19/
[6] Ibídem.
[7] UNESCO. Consecuencias negativas del cierre de escuelas. Consulta realizada el: 17 de abril de 2020. Recuperado de: https://es.unesco.org/covid19/educationresponse/consecuencias