Se han cumplido veinte años desde los atentados en Nueva York y en Washington perpetrados por miembros de la organización Al Qaeda y que produjeron alrededor de 3 mil víctimas. Eso ha coincidido con el deceso de Abimael Guzmán, el jefe de la organización terrorista Sendero Luminoso, que cumplía ya 29 años de una sentencia de cárcel. Las víctimas de Sendero Luminoso, como se sabe, se cuentan por decenas de miles.
Más allá de esos dos hechos específicos, hay que decir que el terrorismo es una realidad muy presente en el mundo de hoy, y que su incidencia incluso se ha intensificado durante el siglo XXI. Más aún, organizaciones intrínsecamente involucradas en tácticas y métodos terroristas disputan el control territorial en algunas zonas del mundo como en el Medio Oriente.
Esta realidad no es privativa de nuestra época, pero sí la ha marcado de manera particular. Puede haber diversas formas de explicar ese fenómeno en sus aristas contemporáneas, pero, dejando de lado los factores políticos, habría que reconocer que hay cambios, como la mayor integración global, que hacen logísticamente más factible el terrorismo internacional.
Por ello es esencial que se siga avanzando hacia el establecimiento de un consenso global no solo en cuanto al rechazo al terrorismo, sino, sobre todo, en cuanto a los compromisos de lucha contra el fenómeno, tanto desde un punto de vista represivo o punitivo, como desde el ángulo de la prevención.
«Hay que tener presente que el terrorismo nacional e internacional es siempre una fuente de violaciones de derechos humanos, que socava gravemente el Estado de Derecho y que muchas veces actúa en alianza con otras actividades delictivas organizadas.»
No existe todavía, en el ámbito de las Naciones Unidas, una definición completamente consensuada de terrorismo, aunque ha habido notorios progresos hacia enmarcar adecuadamente esa conducta delictiva. Por ejemplo, la resolución 49/60 de la Asamblea General, en 1994, señaló que el terrorismo implica «actos criminales con fines políticos concebidos o planeados para provocar un estado de terror en la población en general, en un grupo de personas o en personas determinadas», y que esos actos son «injustificables en todas las circunstancias, cualesquiera sean las consideraciones políticas, filosóficas, ideológicas, raciales, étnicas, religiosas o de cualquier otra índole que se hagan valer para justificarlos». Posteriormente, en 2004, el Consejo de Seguridad estableció que se trata de «actos criminales, inclusive contra civiles, cometidos con la intención de causar la muerte o lesiones corporales graves o de tomar rehenes con el propósito de provocar un estado de terror en la población en general, en un grupo de personas o en determinada persona, intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de realizarlo». Desde 2006 se ha producido alguna jurisprudencia que avanza en la precisión del concepto, pero todavía no hay una conceptuación definida y vinculante. Eso no ha impedido, desde luego, que la comunidad internacional, bajo el liderazgo de las Naciones Unidas, avance en la adopción de compromisos para prevenir y sancionar ese crimen.
Aunque, de una manera explicable, la discusión internacional sobre el terrorismo suele estar gravada por la controversia política, y aunque también es cierto que bajo pretexto de combatirlo los Estados pueden incurrir en claras trasgresiones, hay que tener presente que el terrorismo nacional e internacional es siempre una fuente de violaciones de derechos humanos, que socava gravemente el Estado de Derecho y que muchas veces actúa en alianza con otras actividades delictivas organizadas.
Todo ello no hace sino reactualizar la urgencia de seguir avanzando en la coordinación internacional para luchar contra él, lo cual supone tanto crear una conciencia clara sobre sus ribetes destructivos y delictivos, como darle un tratamiento jurídico serio, que no desvirtúe el fenómeno usándolo como arma para el debate político, como ocurre en nuestro país, pero que tampoco le reste nada de su verdadera gravedad.
Editoriales previas:
- Sendero Luminoso: no cabe la ambigüedad (02/08)
- Nuevo gobierno y Bicentenario (26/07)
- Respeto a las reglas de juego democráticas (20/07)
- Derechos de pueblos indígenas: tres urgencias (13/07)
- El proceso democrático debe continuar (06/07)
- Apoyo a víctimas de tortura (30/06)
- La responsabilidad del Congreso (22/06)