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Notas informativas 12 de abril de 2022

Escribe: Paola Velarde (*)

El 15 de marzo de 2022, en el marco del 183er periodo de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), se realizó la audiencia titulada Situación de las políticas públicas sobre Empresas y Derechos Humanos en Perú. La audiencia, solicitada por el Estado peruano, contó con la presencia de organizaciones de la sociedad civil, representantes de distintos sectores del Estado y el Alto Comisionado de Naciones Unidas para Derechos Humanos, Jan Jarab. Se buscaba informar sobre la política pública sobre empresas y derechos humanos y, en particular, sobre el Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos (PNA) 2021 – 2025 aprobado en junio de 2021.

En términos generales, las personas representantes de la sociedad civil hicieron notar que los aportes hechos durante la etapa de elaboración y diálogo del PNA no han sido incorporados en el documento final. En el caso de las organizaciones y pueblos indígenas, por ejemplo, se señaló la ausencia de propuestas relacionadas con derechos territoriales como el cierre de la brecha de titulación de los territorios indígenas, la incorporación de la jurisdicción indígena como mecanismo de remediación, y el incumplimiento de la consulta previa, libre e informada (DCPLI) durante la elaboración del PNA por parte el Ministerio de Justicia (MINJUSDH). Asimismo, señalaron que este incumplimiento del DCPLI por parte del Estado es sistemático y se extiende a otras instituciones, siendo el caso más reciente la última sentencia del Tribunal Constitucional (Exp. N° 03066-2019-PA/TC) que desconoce el DCPLI como derecho fundamental y de rango constitucional[1].

Otro tema sobre el cual sus observaciones tampoco fueron tomadas en cuenta fue en relación al sector de seguridad privada. Señalaron la ausencia de normativas que exijan la transparencia y acceso a la información sobre el uso de la fuerza que emplean los agentes de seguridad privada. En esa línea, tomando en cuenta que las empresas de seguridad privada son contratadas en contexto de actividades extractivas, también se incidió en que el PNA no cuestiona la ausencia de un marco normativo o protocolo que regule o incorpore el enfoque intercultural para el respeto de los derechos humanos en territorios de comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas.

La situación de los defensores de derechos humanos también fue abordada durante la audiencia. Señalaron que la política, el mecanismo y protocolo de protección para defensores están diseñados para atender y proteger a las personas que se encuentran amenazadas o atacadas por economías e industrias ilegales; no obstante, organismos de sociedad civil cuentan con registros de defensores que son perseguidos y criminalizados por empresas, y para lo cual no se han planteado medidas o un protocolo que atienda debidamente estos casos.

Por su parte, los representantes del Estado mencionaron los distintos avances que llevan realizando en el marco de la política de empresas y derechos humanos. En el caso del sector Ambiente, se informó que está en elaboración el primer informe sobre la situación de personas defensoras ambientales, y sobre el cual se espera impulsar estrategias de reconocimiento y protección a partir de un enfoque territorial y sectorial. En relación a la emergencia sanitaria ocasionada por el derrame de petróleo ocasionado por REPSOL el quince enero del presente año, señalaron que se han adoptado catorce medidas administrativas de limpieza, contención, recuperación y gestión de residuos. En cuanto a otros casos de derrames de hidrocarburos ocurridos en la Amazonía, se mencionó que existe un fondo de remediación ambiental dirigido a la rehabilitación y recuperación de lugares impactados por empresas que no cumplieron sus obligaciones.

Otras entidades como el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) también informaron sobre las acciones con las que buscan alinearse a lo establecido en el PNA. El FONAFE mencionó que requieren incluir en su práctica corporativa criterios de debida diligencia que permitirán gestionar posibles vulneraciones a los derechos humanos de colaboradores y grupos de interés de las empresas que se encuentran bajo su ámbito. Además, contemplan la creación de un programa de capacitación sobre conducta empresarial responsable que estaría dirigido a directores y gerentes de las empresas de FONAFE. El MIMP, por su lado, informó que se está elaborando una propuesta normativa que crearía el Sistema Nacional de Cuidados, el cual buscaría contrarrestar la desigualdad y limitaciones que enfrentan actualmente las mujeres para acceder y permanecer al mercado laboral. También mencionó otras acciones dirigidas a fortalecer las capacidades del sector empresarial en materia de igualdad de género y no discriminación, promoción de espacios libres de violencia y buenas prácticas conciliatorias.

Los comisionados presentes en la audiencia realizaron varias preguntas y comentarios orientados a conocer el proceso de implementación del PNA y cómo se podría asegurar la participación inclusiva de la sociedad civil en dicho proceso. La presentación que realizó al Alto Comisionado Jan Jarab también siguió esa línea, señalando que la implementación del PNA será significativa solo si el Estado reconoce la colaboración crítica de las personas defensoras de derechos humanos y si se adecúan y fortalecen los sistemas de registro y reparación ante casos de amenaza y eventual violación de sus derechos. Finalmente, en el marco de los casos de derrames por hidrocarburos, recalcó que la reparación integral no debe ser reducida compensación económica, al contrario, esta debe ampliarse al reconocimiento de los hechos, la rehabilitación ambiental y la restitución del espacio dañado.  Para ello, es importante el reconocimiento de la dignidad, capacidad y habilidad de las comunidades afectadas, para así buscar soluciones participativas y sostenibles ante estas situaciones.

[1]  Barnaby, B. (15 de marzo de 2022). Derecho a la Consulta Previa: ¿Es suficiente reconocerlo como parte de nuestro bloque de constitucionalidad?. IDEHPUCP. https://bit.ly/3KaiqJ6

(*) Miembro del área Académica IDEHPUCP.