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Notas informativas 5 de mayo de 2020

Escribe: Andrea Carrasco Gil (*)

Poder Judicial, vergüenza nacional” es una de las arengas más repetidas en las movilizaciones ciudadanas en rechazo a la corrupción e impunidad que caracteriza a la judicatura peruana. Este rechazo se ahondó en el 2018 cuando se hicieron públicos unos audios que revelaban una red de corrupción encabezada por un juez supremo.

Hoy el Poder Judicial, uno de los principales actores del engranaje de justicia en el Perú, además de enfrentar al mal de la corrupción, debe enfrentarse también al COVID-19. Dos virus que ponen a prueba la fragilidad de su institucionalidad y su descrédito, pero que también suponen una oportunidad para alcanzar la transformación que necesita y que la población viene exigiendo.

¿Cómo enfrenta el Poder Judicial a la pandemia? ¿Cómo viene garantizando el acceso a la justicia? ¿Es momento de hablar de su reforma?

Medidas tomadas en el Perú

Desde que se anunciara el primer caso de COVID-19 en nuestra región, el Estado peruano ha tomado una serie de medidas para hacerle frente. A nivel judicial, se han aprobado disposiciones para resguardar la salud de los operadores judiciales[1], y a su vez, seguir garantizando el derecho al acceso a la justicia de los y las peruanas. Así pues, se dispuso la suspensión de las labores del Poder Judicial y los plazos procesales y administrativos hasta el 10 de mayo[2].

Sin embargo, el Poder Judicial viene realizando labores de manera parcial en los siguientes casos:

  • Para sedes judiciales que cuenten con Expediente Judicial Electrónico[3], se han habilitado mesas de parte electrónicas para presentar escritos, demandas y medidas cautelares de manera virtual[4].
  • La Corte Suprema viene realizando labores jurisdiccionales haciendo uso de medio tecnológicos para programar y resolver procesos judiciales[5]. En materia penal, la Sala Penal Transitoria, Sala Penal Especial y Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, solo atienden asuntos con requisitoriados y detenidos, así como otras medidas urgentes[6].
  • A nivel de Cortes Superiores de Justicia, se permitió la designación de por lo menos un juez penal para conocer procesos con detenidos, libertades, requisitorias, hábeas corpus; y otros casos de urgente atención. En casos no penales, se vienen tramitando casos de alimentos, violencia familiar, procesos constitucionales (hábeas corpus y amparo).
  • Se han dispuesto y programado turnos judiciales especiales en Sistemas de Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios.
  • Se han implementado modelos de justicia itinerante para juzgados de paz letrados[7].

Para cumplir con estas labores, el Poder Judicial se ha valido de herramientas tecnológicas a fin de virtualizar el acceso a la justicia. Estas herramientas son: Buzones virtuales, líneas telefónicas y correos electrónicos para presentación de casos, implementación de un Sistema de Requerimientos Judiciales Digital[8], audiencias por videollamadas, entre otras.

En ese sentido, es preciso resaltar el esfuerzo del Estado peruano para que la judicatura siga cumpliendo sus labores en casos denominados urgentes. Para muestra un botón: entre el 16 de marzo y 16 de abril, se han celebrado 1.887 audiencias a nivel nacional a través de videollamadas[9]. Asimismo, se han fortalecido los modelos de justicia itinerante, a fin de que los operadores de justicia se acerquen a las personas, sobre todo a aquellas en situación de vulnerabilidad[10].

«El COVID-19 debe representar una oportunidad para volver a poner la transformación de nuestro sistema de justicia sobre la mesa. Aquí no es válido el regreso a la normalidad.»

¿Está funcionando realmente?

Sin embargo, es necesario reconsiderar y aumentar estos esfuerzos. Como hemos señalado, la mayoría de recursos utilizados por la judicatura han sido de corte tecnológico: videollamadas, mesas de partes virtuales, expedientes electrónicos, entre otros. Esta innovación supone una oportunidad de modernización tardía pero a la vez una barrera de acceso a la justicia para las personas que no cuentan estas herramientas tecnológicas.

De acuerdo con el último Censo Nacional del año 2017, solo 28% de los hogares tienen acceso a Internet a nivel nacional. La brecha digital se agudiza cuando se hace la comparación entre zonas urbanas y rurales: mientras que el 35.66% del total de hogares en zonas urbanas sí tienen acceso, este porcentaje solo asciende a 1.67% del total de hogares en zonas rurales[11]. Debido al estado de emergencia nacional, los y las usuarias del sistema de justicia no pueden recurrir a otros medios para acceder a Internet, tales como sus centros de trabajo, centros de estudio o cabinas.

Estas cifras grafican la urgente necesidad de pensar en medidas que tomen en consideración el panorama completo. La virtualización de la justicia sigue siendo una utopía frente a una brecha digital como la que existe en el Perú.

Asimismo, si bien hemos enfocado el análisis en el Poder Judicial, es importante que las medidas de garantía de acceso a la justicia sean integrales e interinstitucionales. Hace unos días, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto Legislativo N°1470 que establece medidas para garantizar la atención y protección de las víctimas de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar durante el estado de emergencia, el cual dispone un trabajo coordinado entre el Poder Judicial, Ministerio Público, la Policía Nacional, entre otros actores involucrados. Sin embargo, no existen canales de coordinación eficientes entre estas instituciones, lo cual se evidencia aún más en esta situación de emergencia y el creciente número de casos de violencia de género no atendidas.

Reflexiones finales: Retos y reforma

En suma, el Poder Judicial viene realizando esfuerzos por amparar a los y las peruanas. Sin embargo, estos esfuerzos no son suficientes frente a un panorama que evidencia las desigualdades y brechas que persisten en nuestra sociedad.

En medio de esta pandemia es preciso preguntarnos si la brecha digital existente y la desigualdad que representa, la modernización tardía de los recursos para acceder a la justicia, la ausencia de canales de coordinación entre los actores del sistema de justicia peruano y su debilidad institucional, tienen alguna vinculación causal con el peor de los males que ha aquejado a nuestro sistema democrático: la corrupción.

La corrupción abona un terreno fértil para la vulneración de derechos de manera particular, pero también a nivel estructural. El Poder Judicial, y todo el sistema de justicia, afrontan actualmente dos retos importantes: a corto plazo, su obligación está enfocada en usar nuevas herramientas para garantizar el acceso a la justicia. A nivel macro, es una institución deslegitimada que necesita reformarse y transformarse. ¿Esta es su oportunidad? ¿Es momento para hablar de su reforma?

Sí. Es momento. El COVID-19 debe representar una oportunidad para volver a poner la transformación de nuestro sistema de justicia sobre la mesa. Aquí no es válido el regreso a la normalidad. Para ello, es necesario plantearnos cómo derribar las barreras existentes, modernizar la judicatura, poner la tecnología al servicio de la justicia y sus usuarios. Puede ser también una oportunidad para repensar el Derecho como lo conocemos, superar la ritualidad tradicional que lo envuelve, proponer nuevas formas de ejercerlo.

Esta transformación nos servirá para construir un sistema democrático armonioso, con poderes del Estado que puedan ejercer contrapeso entre ellos, al servicio de las personas. No solo en un estado de emergencia, con las limitaciones que eso acarrea, sino como parte de una reforma que atraviese todas las instancias de un sistema que no debería ser percibido por la ciudadanía como una ‘vergüenza’.


(*) Asistente e investigadora del Área Académica y de Investigaciones del IDEHPUCP.
[1] Como la Resolución Administrativa N° 103-2020-CE-PJ Aprueban el Plan de Prevención del Coronavirus (COVID-19) en el Poder Judicial, la Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ Suspenden las labores del Poder Judicial en acatamiento al Estado de Emergencia Nacional establecido por Decreto Supremo N° 044- 2020-PCM, entre otras.
[2] Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ y Resolución Administrativa 000061-2020-P-CE-PJ; y en los Acuerdos Nros. 480 y 481-2020, del  Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
[3] Actualmente, cuentan con el sistema de Expediente Judicial Electrónico los Juzgados y Salas Civiles con Subespecialidad Comercial, Juzgados y Salas Contencioso Administrativas con subespecialidad Tributaria y de Mercado; y Juzgados y Salas Laborales con la Nueva Ley Procesal del Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima. Así como la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, Cajamarca, Ventanilla y Tacna cuentan con la modalidad del EJE solo para los procesos de materia laboral.
[4] Resolución Administrativa N° 000150-2020-P-CSJLI-PJ Autorizan a órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima que tramitan procesos con el Expediente Judicial Electrónico (EJE) el trabajo remoto mientras dure el Estado de Emergencia con aislamiento social.
[5] Resolución Administrativa N° 000051-2020-P-CE-PJ. Autorizar a los Presidentes de las Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia, no mencionadas en la Res. Adm. N° 115-2020-CE-PJ, a desarrollar las labores jurisdiccionales en la forma que se considere más eficaz, incluyendo el uso de medios tecnológicos, y dictan otras disposiciones.
[6] Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ Suspenden las labores del Poder Judicial en acatamiento al Estado de Emergencia Nacional establecido por Decreto Supremo N° 044- 2020-PCM
[7] Resolución Administrativa N° 000059-2020-P-CE-PJ. Amplían itinerancia de juzgados de paz letrados de Chuquibamba y Santiago de Chocorvos de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa e Ica y dictan otras disposiciones
[8] Resolución Administrativa N° Aprueban y Oficializan el uso y aplicación de la plataforma virtual de atención al usuario denominada Sistema de Requerimientos Judiciales Digital – SIREJUD
[9] Noticia: JUZGADOS Y SALAS DEL PAíS REALIZARON 1 MIL 887 AUDIENCIAS VIRTUALES DURANTE UN MES DE EMERGENCIA POR COVID-19. Disponible en: https://justiciatv.pj.gob.pe/juzgados-y-salas-del-pais-realizaron-1-mil-887-audiencias-virtuales-durante-un-mes-de-emergencia-por-covid-19/
[10] Publicación: Jorge Ordinola Infantes, juez de paz del Cercado de Corrales (Tumbes) va a las casas de ancianos y personas con discapacidad para que legalicen sus firmas y otorguen poder para el cobro de su pensión. Disponible en: https://www.facebook.com/accesoalajusticiaperu/photos/a.407693849434863/1274791239391782/?type=3&theater
[11] Información recopilada por Alexander Benites, integrante del Área Académica y de Investigaciones de IDEHPUCP. Fuente: : INEI – Censos Nacionales de Población y Vivienda 2007 y 2017.