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6 de octubre de 2020

Escribe: Rodrigo Rivera (*)

La noche del 26 y la madrugada del 27 de septiembre de 2014, un grupo de 80 estudiantes de la escuela Normal Rural “Raúl Isidro Burgos” de Ayotzinapa (Guerrero, México) se dirigían a la Ciudad de México para participar en la protesta por la masacre de Tlatelolco ocurrida el 2 de octubre de 1968. Aquella escuela contaba con 500 estudiantes, principalmente hijos de campesinos o integrantes de comunidades indígenas que se manifestaban frecuentemente ante las reformas del sistema educativo rural[1].

Según los testimonios, los estudiantes, que tenían entre 15 y 25 años, fueron a la ciudad de Iguala para conseguir más autobuses que les permitieran transportar a otros alumnos. Al salir de la central de autobuses, fueron interceptados por 30 agentes policiales que comenzaron a dispararles sin advertencia alguna. A partir de este momento se desarrollaron tres situaciones distintas.

En primer lugar, ante el ataque policial, un grupo de estudiantes decidió descender del autobús. Cuando el grupo bajó del vehículo volvió a ser atacados y los disparos hirieron al estudiante Aldo Gutiérrez Solano, quien se encuentra internado en estado vegetativo por muerte cerebral. Un segundo grupo de estudiantes fue hecho bajar a la fuerza por los agentes policiales quienes los sometieron y los tiraron al piso. No existe ninguna información sobre el paradero de estos estudiantes, quienes se encuentran como “no localizados”, a excepción de un alumno que fue hallado muerto tres días después con huellas de tortura. Por último, los estudiantes que salieron indemnes fueron quienes iniciaron los procesos de denuncia junto a los familiares de las víctimas[2].

Como resultado final del atentado fueron desaparecidos forzosamente 43 estudiantes, tres fueron privados de su vida arbitrariamente y decenas quedaron heridos. Hasta la fecha, el gobierno mexicano no ha determinado de manera oficial cuál es el paradero de los estudiantes desaparecidos ni las razones exactas que motivaron los hechos. Si bien en un inicio el Estado dio a conocer la denominada versión histórica, que consiste en que las autoridades policiales entregaron a los estudiantes al cártel Guerreros Unidos para que los incineraran en el basurero de Cocula, esto ha sido desmentido en varias ocasiones[3].

Dentro del complejo escenario de violencia que impera en México resulta importante entender que este crimen, lejos de ser un hecho aislado, es parte de una tendencia sistemática de violencia contra los derechos humanos. Por ejemplo, solo entre el 2010 y el 2014 se han conocido los casos de las masacres de 265 migrantes en Tamaulipas, la desaparición forzada de 300 personas en Coahuila y la privación arbitraria de la vida de 22 personas en Tlatlaya[4]. Adicionalmente, la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas (CNB) determinó en enero de 2019 que hasta ese entonces se han denunciado la desaparición 40,180 personas. Sobre la base de lo mencionado, resulta relevante precisar cuáles han sido los principales avances y los desafíos pendientes seis años después de la desaparición forzada de los 43 estudiantes.

Avances
A partir de la denuncia colectiva de los familiares, la CIDH dispuso la implementación del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI)[1]. Estuvieron encargados de los planes de búsqueda de los 43 normalistas, realizar las líneas investigación para determinar responsabilidades penales y analizar plan integral de apoyo a las víctimas.
Continuando el trabajo del GIDEI, se implementó el Mecanismo Especial de Seguimiento a la Medida Cautelar del asunto Ayotzinapa (MESA)[2]. Este se encuentra vigente y se encarga principalmente de monitorear el avance de la investigación.
Como parte de las recomendaciones del Informe Final del GIEI, ha entrado en vigor[3]:

●       Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (2017).

●       Ley General sobre Desaparición de Personas en México (2018).

Desafíos
A la fecha, ninguna persona ha sido sentenciada ni se ha esclarecido la participación por acción u omisión de todos los responsables de las desapariciones forzadas, ejecuciones y lesiones.
A la fecha, el Estado no ha agotado de manera diligente y exhaustiva las líneas de investigación adecuadas que permitan conocer el paradero de los 43 estudiantes normalistas que sigue siendo desconocido.
La CIDH observa que como medidas de no repetición, aparte del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, también debe crearse[1]:

●       Comisiones Estatales de Búsqueda de Personas Desaparecidas.

●       Instituto Nacional Forense.

Base de datos de fosas en el Estado de Guerrero.

Elaboración propia.

De manera adicional, se debe rescatar que, a partir de las demandas e insistencias realizadas por los familiares de las víctimas de desaparición forzada, el pasado 2 de octubre los Estados Unidos Mexicanos han reconocido la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada (CED) de la ONU. Esto permitirá que los familiares accedan a otras vías jurisdiccionales de ámbito universal.

Es fundamental resaltar que, a pesar de haber ocurrido hace 6 años, los sucesos de Ayotzinapa no se encuentran debidamente esclarecidos y queda mucho por hacer. Mientras tanto, los familiares de las víctimas siguen luchando y manifestándose para conocer la verdad sobre lo ocurrido, es decir, que se sepa el paradero de los estudiantes y se determine las responsabilidades de los autores del delito.


 (*) Integrante del área académica
[1] CIDH. 2014. Resolución 28/2014. Medida Cautelar 409 – 2014. Consulta: 03 de octubre de 2020. http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/2014/MC409-14-ES.pdf
[2] Idem.
[3] GIEI. 2015.  Informe Ayotzinapa: Investigación y primeras conclusiones de las desapariciones y homicidios de los normalistas de Ayotzinapa. pág. 301. Consulta: 03 de octubre de 2020. https://www.casede.org/BibliotecaCasede/Informe_AyotziGIEI.pdf
[4] Luis Eliud Tapia Olivares. La CIDH frente a la demanda de verdad y justicia de las familiares de los 43 estudiants desaparecidos de Ayotzinapa. p. 486.
[5] CIDH. 2014. Resolución 28/2014. Medida Cautelar 409 – 2014. Consulta: 03 de octubre de 2020. http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/2014/MC409-14-ES.pdf
[6] CIDH. 2016. Resolución 42/2016. Resolución del seguimientode la medida cuatelar No. 409 – 14. Consulta: 04 de octubre de 2020. http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/2016/MC409-14-ES.pdf
[7] CIDH. Informe del Mecanismo Especial del Seguimiento al Asunto Ayotzinapa. p.129. Consulta: 03 de octubre de 2020. http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/MESA-es.pdf
[8] Idem. p. 131.