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Opinión 27 de junio de 2016

Además de las reflexiones y críticas que ha generado este acontecimiento en relación a los pendientes que existen en nuestro país para garantizar el derecho a la participación política de las personas con discapacidad, esta situación también nos permite abordar otro tema sumamente importante: la relación entre las nuevas tecnologías y la discapacidad. Rn la siguiente nota realizaremos algunas reflexiones al respecto, y el peligro que conlleva no contar con un enfoque inclusivo en el uso, elaboración e implementación de estas nuevas herramientas.

Discapacidad y nuevas tecnologías: Potencialidades y riesgos

Para empezar, es necesario recordar que actualmente, desde el modelo de desarrollo que establece el enfoque de los derechos humanos, el paradigma de la discapacidad busca ser abordado desde los postulados del modelo social. Este modelo se caracteriza por entender que la discapacidad no es generada únicamente por las deficiencias físicas, sensoriales, mentales o psicosociales de una persona, sino que dicha situación se produce a partir de la relación de estas características personales con las diversas barreras que impone la propia sociedad. De esta manera, mientras que la imposibilidad de mover las piernas puede ser considerada una deficiencia física, dicha característica solo generará una situación de discapacidad si no se cuenta con una silla de ruedas y un ambiente accesible (rampas, ausencia de ascensores, exceso de baches, etc.) para poder movilizarse en igualdad de condiciones con las demás personas.

Ahora bien, lograr la eliminación o adaptación de las barreras que producen la situación de discapacidad es una tarea sumamente complicada. En muchas ocasiones, lograr dicho objetivo requiere la reconstrucción de nuevos bienes y la reformulación completa de prácticas cotidianas que permitan la inclusión de estas personas.

Es en este punto donde las nuevas tecnologías cumplen con un rol fundamental. Toda vez que las mismas tienen el potencial de variar la forma en la que ejercemos nuestros derechos y la manera en la que el Estado responde frente a ello mediante diversas herramientas y prácticas, las nuevas tecnologías pueden eliminar las barreras que actualmente tiene la vida sociedad hacia las personas con discapacidad. Ejemplo de ello son la aparición de programas para que las personas con ceguera puedan acceder a la información y navegar por internet; o también las adaptaciones tecnológicas para que las personas con discapacidad física puedan acceder sin dificultades a medios de transporte.

No obstante, así como estas nuevas herramientas tienen el potencial de reconstruir la sociedad para eliminar estas barreras, también acarrean el peligro de perpetuar las prácticas y estructuras que excluyen a las personas con discapacidad. Ello ocurre en los casos en los que no se tiene un enfoque adecuado al momento de pensar, elaborar o implementar las nuevas tecnologías. Esto constituye un grave riesgo en perjuicio de estas personas pues, como ya se ha explicado, una vez que se establecen estos mecanismos resulta bastante complicado lograr su reformulación o cambio, tomando en cuenta los costos que acarrean su formulación.

Respuesta y metodología desde el Derecho: ¿qué hacer para evitar los riegos?

Por las razones señaladas, desde el Derecho Internacional de los Derechos Humanos se ha trabajado bastante este asunto en los últimos tiempos. En el caso de las personas con discapacidad, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en diversos artículos establece como obligación para los Estados partes el deber de emprender y promover la disponibilidad, uso y elaboración de nuevas tecnologías para lograr un entorno accesible a favor de este grupo de personas. Esto tiene como finalidad evitar la construcción de nuevas barreras en contra de las personas con discapacidad, y por el contrario aprovechar esta oportunidad para generar los cambios necesarios para lograr una sociedad más igualitaria.

En ese sentido, la adecuada formulación y aplicación de estas nuevas herramientas ya no solo representa una buena práctica para tomar en consideración, sino que se constituye como un obligación de los Estados para garantizar los derechos humanos dentro de su jurisdicción. Por ello, resulta imprescindible preguntarse, ¿cómo cumplir con este deber y evitar los riesgos?

Consideramos que un primer paso es contar con una metodología adecuada que incluya el enfoque de discapacidad en el planeamiento, elaboración y aplicación de las nuevas tecnologías. Ello requiere que constantemente se cuestione, ¿cómo afecta determinada herramientas a las personas con discapacidad? ¿resulta un medio adecuado e inclusivo para garantizar sus derechos?

En el caso concreto del la aplicación del voto electrónico, era necesario preguntarse: (i) En la creación: ¿son las máquinas accesibles para las personas con discapacidad física, sensorial, mental y psicosocial?; y (ii) En la aplicación: ¿cómo implementar dicha herramienta para evitar cualquier riesgo en perjuicio de estas personas? ¿se requiere un protocolo de actuación específico para este tipo de casos? Así, este tipo de cuestionamientos nos permiten evitar caer en el fenómeno de la “normalización” del individuo, al entenderlo como ser homogéneo, y de esa forma evitar la exclusión de determinadas personas por sus características personales.

Conclusiones

Al explicar esta situación no pretendemos descreditar ni negar el potencial de las nuevas tecnologías para mejorar nuestras condiciones de vida. Por el contrario, lo que buscamos es que justamente dichos beneficios puedan ser para todas las personas, sin que nuestras características personales sean un impedimento para alcanzar ello. Por ello, resulta imprescindible que en el planeamiento, elaboración e implementación de estos desarrollos tecnológicos se cuente con un adecuado enfoque en relación a la discapacidad. Ello permitirá la construcción de unas sociedad equitativa, y asimismo evitará que hechos similares como los señalados al inicio no vuelvan a ocurrir.

Escribe: Adrián Lengua, integrante de la Clínica Jurídica en Discapacidad y Derechos Humanos de la PUCP