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Opinión 1 de agosto de 2016

Ahora bien, está claro que la figura del indulto no procede para este caso. El delito de secuestro agravado no contempla que el perpetrador pueda acogerse a beneficios penitenciarios de ninguna clase. El delito de homicidio calificado –cometido en este caso– ha sido declarado por el tribunal que examinó la responsabilidad de Fujimori como crimen de lesa humanidad y por tanto no le corresponde indulto ni amnistía según las exigencias del derecho internacional. El Presidente electo ha deslizado la posibilidad de firmar una ley que pudiese otorgarle un régimen de prisión domiciliaria; figura que no existe en el derecho penal nacional.

La única alternativa que les resta a los fujimoristas es la solicitud de un indulto humanitario. Esta figura, no obstante, implica que el Presidente de la República deba escuchar las recomendaciones de la Comisión de Gracias Presidenciales la que a su vez debe considerar el juicio de un Consejo de Médicos que evalúe el caso. Hasta donde se sabe, la salud de Fujimori no reviste de un estado de extrema gravedad que justifique un indulto de esta clase.

Quienes defienden la propuesta del indulto han formulado la tesis de que la eventual concesión de esta gracia favorecería la consecución de la “reconciliación nacional”, e incluso han dejado entrever que ello sería un elemento importante para “negociar condiciones de gobernabilidad” con la nueva administración. Algunos incluso evocan la presunta experiencia de Chile y de España en esta materia, como si se tratara de experiencias similares. Pues bien, negociar impunidad no tiene que ver nada con la reconciliación ni con la afirmación de la democracia en la sociedad.

La reconciliación solo puede gestarse a partir del ejercicio de la verdad en clave fáctica y moral –la memoria de la injusticia perpetrada contra las víctimas–, así como la acción de la justicia en términos legales y políticos. Las víctimas de los crímenes cometidos por la autoridad política de los años noventa eran y son peruanos como nosotros, personas que poseen derechos y dignidad. No podemos desconocer sus exigencias de justicia al reducirla a una simple negociación y cálculo de beneficios políticos. Hemos de respetar los principios que dan sentido a la vida social, por eso la opinión pública debe observar con atención el desarrollo de este tema de indudable importancia moral, legal y política.

Escribe: Salomón Lerner Febres, presidente ejecutivo del IDEHPUCP, para La República

(01.08.2016)