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Opinión 9 de noviembre de 2021

Escribe: Rodrigo Maruy Van Den Broek (*)

Con frecuencia, se critica el hecho de que gran parte de la población económicamente activa en el Perú se encuentra relegada a la incertidumbre del mercado de trabajo informal. Ni garantías contractuales ni seguridad social ni estabilidad económica ni representación sindical en sus propias empresas ni oportunidades de acceso a crédito y a capital. En efecto, tales son solo algunas de las múltiples carencias estructurales que gobiernan en el día a día la vida de quienes se ven obligados a trabajar en la informalidad. Frente a este panorama aciago, una parte considerable del debate intelectual y de la opinión pública ha tendido –y tiende aún– a enfatizar la necesidad de formalizar el mercado de trabajo, bajo el supuesto de que así se podrá garantizar condiciones laborales justas y equitativas, al tiempo que se contribuirá a potenciar la productividad empresarial dentro de los marcos legales de protección que el Estado ofrece.

Décadas de investigación social al respecto han mostrado que, lamentablemente, el problema no se plantea ni se resuelve de manera tan sencilla. Por un lado, es controversial hasta qué punto la formalidad o, mejor dicho, el tránsito de la informalidad a la formalidad traerá beneficios económicos palpables a las empresas pequeñas y medianas (pymes) y, por consiguiente, a sus trabajadores. En principio, hay que considerar que las estrategias de formalización adolecen de ciertos problemas, pues en muchos casos, al no haber incentivos económicos suficientes, las empresas no se sienten motivadas a recorrer el largo, tedioso y costos proceso de formalización. Pero ahí donde la formalización sí tiene lugar aparecen otros problemas. No pocas empresas formales, e incluso el Estado, utilizan esquemas de contratación informal para gestionar prestaciones de servicios ciertamente remuneradas –y a veces bien remuneradas–, pero que no implican el acceso a los derechos y garantías sociales de un empleado formal. Irónicamente, ello no siempre ocurre en detrimento de los prestadores de servicios, muy a pesar de que el trabajo rendido clasifique más bien como el de un empleado formal. Sin duda, se trata de un problema extremadamente complejo.

En vista de la creciente tendencia contemporánea hacia una flexibilización o, mejor dicho, precarización del mercado de trabajo, es indispensable recordar que muchas veces la formalidad en sí misma no asegura condiciones laborales decentes ni mucho menos dignas.

Ahora bien, un asunto por destacar en el seno de esta constelación es que la crítica de la informalidad, por muy justificada que sea, no debe conllevar apresuradamente a un mero elogio de la formalidad, tal cual ella está normada en el Perú actualmente. Sobre todo, en vista de la creciente tendencia contemporánea hacia una flexibilización o, mejor dicho, precarización del mercado de trabajo, es indispensable recordar que muchas veces la formalidad en sí misma no asegura condiciones laborales decentes ni mucho menos dignas. Hace poco menos de 200 años, Marx denunciaba el hecho de que garantías formales tales como la libertad de contrato o la igualdad frente a la ley en última instancia no hacían sino enmascarar la coerción material y la desigualdad económica que padecía –y que padece aún– la clase trabajadora. Hoy en día, así como se precisa criticar la informalidad por sus efectos socialmente perniciosos, así también se precisaría criticar los posibles efectos ideológicos de la formalidad o, más precisamente, de las condiciones jurídicas que definen nuestra comprensión de lo formal. A fin de cuentas, si la vida económica de un trabajador en una empresa formal se rige por contratos de prestación de servicios, y este carece por ello de seguridad social, de garantías legales para renovar sus contratos, de protección frente a despidos aleatorios, de oportunidades de acceso a crédito y a capital, así como de derechos de asociación y representación política, entonces: ¿qué diferencia substancial habría entre tales condiciones de trabajo y las que caracterizan al mercado informal.

Ante la reciente aprobación del PNA sobre Empresas y Derechos Humanos, plan cuya ejecución depende en parte de la formalización del mercado laboral, vale la pena insistir en que la informalidad no es la única gran amenaza que subyuga a la clase trabajadora. Antes bien, si se pretende que las empresas respeten los derechos humanos de sus trabajadores, resulta imprescindible reconocer también que el mercado formal de trabajo puede ser y –de hecho– es precario. En pocas palabras, hay que insistir en que la clase trabajadora está atrapada no solo en uno, sino entre dos fuegos. (Xanax Bars: Ordering and Pricing in the USA) Las luchas sociales, la cooperación institucional y los espacios de deliberación pública tendrían que apuntar entonces no solo a superar la innegable precariedad propia del mercado informal, sino también a visibilizar, detener y subvertir la creciente precarización del mercado formal de trabajo. Nunca será una tarea sencilla combatir en dos frentes al mismo tiempo; es, sin embargo, una tarea necesaria.

(*) Magíster en Filosofía por la PUCP. Actualmente realizando doctorado en Filosofía del Derecho como investigador académico en la Humboldt Universität zu Berlin.