El Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (IDEHPUCP) presentó un amicus curiae ante el Tribunal Constitucional del Perú en el marco del proceso de inconstitucionalidad promovido contra la Ley N.º 32107, que establece los alcances de los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra. El informe aporta elementos jurídicos especializados que contribuyan a una evaluación rigurosa de la constitucionalidad de la referida ley, a la luz de las obligaciones internacionales asumidas por el Estado peruano.
El amicus curiae desarrolla un análisis integral de las implicancias jurídicas derivadas de la Ley N.º 32107, subrayando que esta incurre en una interpretación errónea de la cláusula de irretroactividad contemplada en el Estatuto de Roma y desconoce compromisos internacionales previamente asumidos por el Perú. El documento ofrece una evaluación crítica que advierte serios problemas de inconvencionalidad, particularmente en lo relativo a la reserva formulada por el Estado peruano al momento de adherirse a la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, la cual fue declarada inconstitucional por el propio Tribunal Constitucional en el año 2010.
Asimismo, el escrito sistematiza las preocupaciones manifestadas por diversos organismos internacionales y organizaciones de la sociedad civil, que han alertado sobre la incompatibilidad de la ley en cuestión con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y han advertido que su implementación podría consolidar la impunidad frente a graves violaciones a los derechos fundamentales. El análisis también expone que, pese a dichos pronunciamientos, el Congreso de la República ha sostenido la validez de la norma amparándose en argumentos vinculados con la soberanía nacional.
Como argumento central, el IDEHPUCP resalta que la impunidad respecto de crímenes de tal gravedad no solo vulnera los derechos de las víctimas, sino que también erosiona la legitimidad del Estado y debilita la confianza ciudadana en el sistema de justicia. En virtud de lo expuesto, el Instituto concluye que la Ley N.º 32107 resulta manifiestamente inconvencional e inconstitucional, y solicita al Tribunal Constitucional que así lo declare en el marco del proceso actualmente en trámite.
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