No debe sorprender que esta noticia parezca salida de un noticiero de los ochentas o noventas, pues se trata en realidad de la continuidad de una práctica senderista de esos años. Como indicó en su informe final la Comisión de la Verdad y Reconciliación, de los actos de este grupo dirigidos contra niños y niñas, el reclutamiento forzado y el secuestro representaron el 42.34% .
Durante los últimos días, múltiples autoridades estatales han coincidido en condenar esta práctica, pero no deben olvidar que corresponde al Estado la responsabilidad primordial de garantizar que se respeten los derechos del niño dentro de sus fronteras. Más aún, esta realidad contrasta fuertemente con el amplio desarrollo en materia de protección de niños que ha tenido lugar en el ámbito internacional, frente al cual el Estado peruano ha mostrado su compromiso.
En este desarrollo ocupa un lugar central la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, ratificada por el Perú hace poco más de 20 años. Esta convención promueve la protección especial de los niños y niñas, desde una perspectiva integral, que deja de lado la concepción de los niños como “objetos de derecho” para pasar a considerarlos “sujetos de derecho”. Se erradica así la visión de tutela de los niños por considerarlos faltos de capacidad.
«Evitar que siga el reclutamiento de niños de las zonas aledañas al VRAE exige acciones que van desde el aumento de las fuerzas de seguridad hasta el mejoramiento de los servicios básicos»
Pero resulta más relevante aún el protocolo facultativo de esta convención, relativo a la participación de niños en los conflictos armados, ratificado por el Perú en mayo del 2002. En virtud de este instrumento, el Estado está obligado a tomar todas las medidas posibles para impedir, en todo momento, el reclutamiento de niños por parte de grupos armados. Para el cabal cumplimiento de esta obligación, enfatizamos tres aspectos que consideramos centrales.
Una primera obligación fundamental es la adecuación de esas obligaciones a las normas internas, de modo que se traduzca el compromiso internacional en ley nacional. En esta tarea es destacable la existencia del Código del Niño y Adolescente y el Plan de Acción de Infancia y Adolescencia. Sin embargo, el Estado peruano no ha adoptado medidas legales necesarias para prohibir y tipificar la práctica del reclutamiento de niños, a lo cual está obligado por el mencionado Protocolo Facultativo.
Apartándonos de una visión formalista, encontramos un segundo punto central, que se refiere a la actitud reactiva que ha tenido el Estado peruano frente a esta problemática. Fue recién tras las noticias publicadas por la prensa, que las Fuerzas Armadas ubicaron en un lugar primordial de sus acciones en el VRAE, a los niños y niñas que tiene Sendero Luminoso en sus filas. La urgencia del momento exige sin duda esta reacción, pero no podemos ser un Estado reactivo cuando los compromisos internacionales a los que nos hemos referido exigen el cumplimiento de un deber de prevención. En términos prácticos, evitar que siga el reclutamiento de niños de las zonas aledañas al VRAE exige acciones que van desde el aumento de las fuerzas de seguridad hasta el mejoramiento de los servicios básicos y en general, la presencia del Estado en el lugar.
Por último, resulta primordial plantearse que no es suficiente “rescatar” al niño de las manos de Sendero Luminoso, sino que es necesario procurar su reintegración social. Esto es fundamental especialmente en niños que llevan cierto tiempo con el grupo que les enseñó a arengar, luchar y matar. La violencia que presencian y de la que pueden ser incluso víctimas, puede dejarles cicatrices psicológicas duraderas. Es necesario pues que reciban el soporte psicológico adecuado para lograr su rehabilitación y posterior reinserción en la sociedad.
La situación de violencia que tiene lugar actualmente en el VRAE parece una piedra en el zapato de un país que camina hacia el futuro y que deja atrás una historia de violencia, relativamente reciente. Asegurémonos de incluir en esta visión de futuro a quienes precisamente podrán hacerla realidad.
(*) Asistente académica e investigadora del IDEHPUCPNOTA: El artículo también ha sido publicado en Punto Edu web.