Por: Juan Takehara Mori
Uno de los principales retos en la región es impedir que la actual crisis económica y sanitaria se convierta en una crisis de derechos humanos. La desprotección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) puede ocasionar un daño similar a los efectos de la pandemia misma. Frente a este panorama conversamos con Julieta Rossi, investigadora y docente de la Facultad de Derecho de la Universalidad de Buenos Aires (UBA), quien detalla el desafío actual para la defensa de estos derechos básicos y cómo viene siendo el trabajo de los tribunales nacionales para el reconocimiento de los DESCA.
¿Cómo debe afrontarse la defensa de los derechos sociales en la región ante el aumento de las situaciones de riesgo producto de la pandemia?
La defensa de los derechos sociales en nuestra región debe ser encarada a partir del paradigma de los derechos humanos con enfoque de género e interseccionalidad, poniendo en el centro las implicancias concretas de este marco conceptual, legal y político en las políticas públicas y los modelos de desarrollo. Ello conlleva que toda actividad estatal debe estar orientada deliberadamente a hacer efectivos los derechos humanos en general y los DESCA en particular, considerando la indivisibilidad, interrelación e interdependencia de todos los derechos y con foco en las desigualdades y exclusiones que padecen ciertos sectores sociales por factores como el género, el sexo, la etnia y la raza, la edad, la condición social y de salud, entre otras. Dos áreas de intervención resultan claves para afrontar los riesgos adicionales que ha implicado la pandemia; la redistribución de recursos económicos en la región más desigual del mundo a través de sistemas impositivos progresivos que amplíen la disponibilidad de recursos y la orientación del gasto público hacia medidas dirigidas a asegurar y ampliar el acceso a bienes, servicios y prestaciones sociales básicas y a reparar desigualdades estructurales presentes en nuestras sociedades que excluyen y marginan a vastos sectores de la población como las mujeres, disidencias, pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes, niños/as y adolescentes, personas adultas mayores, migrantes y refugiadas y otros grupos pertenecientes a minorías religiosas o lingüísticas. En este marco de precarización y profundización de la pobreza resulta crucial la adopción de políticas que sostengan los ingresos de las capas más desprotegidas, como el ingreso de emergencia en el corto plazo y la renta básica universal en el mediano y largo plazo.
Otro campo de actuación ineludible es la reformulación de la división sexual del trabajo, y la implementación de sistemas de cuidado que promuevan la corresponsabilidad y facilidades e infraestructura pública para el cuidado, a fin de lograr una estructura social más equitativo y menos opresiva hacia las mujeres. En definitiva, es necesario que la región adopte con firmeza Estados de bienestar sólidos donde el rol estatal recupere centralidad y sea capaz de adoptar medidas de garantía efectiva de derechos fundamentales y sociales básicos, en el marco de procesos de redistribución de recursos desde las capas más concentradas hacia los sectores vulnerables y excluidos.
[Las] reformas políticas y judiciales deben ser concebidas para la obtención de una organización política y social que redunde en mayores y mejores garantías de los derechos fundamentales, civiles, sociales, económicos, políticos y ambientales.
En menos de un año una parte importante de la clase media en la región ha caído en una situación de pobreza. Además de la pandemia, ¿qué razones considera que agravaron la situación?
La pandemia ha sido determinante en el empeoramiento de las condiciones económicas y sociales de gran parte de la población de América Latina, aumentando la pobreza y la pobreza extrema. En efecto, según CEPAL, debido a la pandemia por el COVID-19 la pobreza y la pobreza extrema alcanzaron en 2020 en América Latina niveles inéditos, así como un empeoramiento de los índices de desigualdad y en las tasas de ocupación y participación laboral, sobre todo en las mujeres y pese a las medidas de protección social de emergencia que los países han adoptado para hacerle frente. Sin embargo, la pandemia se despliega en una situación socio-económica que ya era compleja, donde América Latina si bien había reducido tasas de pobreza y desempleo hasta 2016, éstas habían comenzado a incrementarse nuevamente. A su vez, la pandemia vino a exacerbar y a poner sobre la mesa desigualdades e injusticias estructurales existentes y de larga data. De igual modo, la región atravesaba altos niveles de informalidad laboral y desprotección social, así como una injusta división sexual del trabajo y organización social del cuidado inequitativa, que afectan desproporcionadamente la autonomía de las mujeres. En el plano político, la situación se había complejizado en varios países de la región, con crecientes tensiones sociales y regímenes autoritarios y anti-derechos. Todos estos elementos indudablemente motivaron y contribuyeron a que la pandemia tuviera impactos devastadores en la situación económica y social de la región con impactos diferenciales y desproporcionadamente negativos en ciertos sectores sociales.
Al igual que en otros países que han tenido elecciones recientemente, muchos de nuestros principales candidatos demandan modificar partes de la constitución. ¿Sería un buen momento para repensar cómo es la actual y futura relación entre los ciudadanos, su constitución y los derechos humanos?
Creo que podría ser un buen escenario para repensar la actual y futura relación entre los ciudadanos, su constitución y los derechos humanos, siempre que no sea utilizada de modo oportunista y a los fines meramente electorales. Un cambio constitucional debe ser meditado y tomado seriamente y resulta crucial lograr un apoyo extendido de la ciudadanía a fin de que resulte legítimo socialmente y una vez materializado pueda ser sostenido e implementado. El marco de derechos humanos debe ser el norte de las políticas públicas y los modelos de desarrollo y en este caso, de cualquier reforma constitucional. Reformas políticas y judiciales deben ser concebidas para la obtención de una organización política y social que redunde en mayores y mejores garantías de los derechos fundamentales, civiles, sociales, económicos, políticos y ambientales y, en definitiva, en una mayor autonomía para que las personas puedan materializar sus planes de vida individual y colectivamente.
Algunos países han avanzado de manera relevante en el reconocimiento y garantía de los DESCA, otros se encuentran más rezagados.
¿Cómo observa en los próximos años el panorama de los tribunales latinoamericanos con relación al ejercicio de los DESCA?, ¿los ve con optimismo o considera que puede existir elementos que socaven el avance de la aplicación de tratados internacionales?
Muchos tribunales latinoamericanos han cumplido en las últimas décadas un papel fundamental en el efectivo reconocimiento de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de diversos grupos de la población, en general de los más desaventajados, muchas veces con apoyo importante en los tratados internacionales de derechos humanos que, generalmente, están receptados en los ordenamientos jurídicos domésticos. Contra la tradición legal y política que los situaba fuera de la justicia, hoy por hoy no quedan dudas acerca del carácter justiciable de estos derechos. Entiendo que esta tendencia hacia un reconocimiento cada vez más robusto y extendido difícilmente pueda tener un retroceso importante. De igual modo y en una veta optimista, creo que la aplicación de las normas internacionales que reconocen derechos sociales debería continuar la senda de una mayor aplicación e integración con los órdenes jurídicos nacionales. Sin embargo, al mismo tiempo hay que reconocer que estos procesos no se han dado con la misma fuerza y contundencia en todos los países de la región y que incluso, en algunos como en Argentina, el proceso de gran apertura hacia el derecho internacional de los derechos humanos, ha sufrido embates que hicieron peligrar aquella tendencia a partir de una integración más conservadora de la Corte Suprema de Justicia. En definitiva, estos procesos de apertura, integración y retroalimentación entre los órdenes nacionales e internacionales necesitan de un sólido sustento social, de apoyo y defensa por parte de las personas afectadas, las organizaciones que las representan, las organizaciones de derechos humanos y de la sociedad civil en general, de la academia y de la población ampliamente considerada, que resistan aplicaciones regresivas del marco de derechos humanos y que aboguen continuamente por una aplicación cada vez más extensiva y sustantiva.
¿Considera que ya se puede exigir a los jueces analizar los procesos usando obligatoriamente una perspectiva de DESCA o todavía es necesaria una etapa de orientación?
La situación es diferente según cada país. Algunos países han avanzado de manera relevante en el reconocimiento y garantía de los DESCA, otros se encuentran más rezagados. Incluso algunos tribunales de justicia han aplicado directamente las normas internacionales que protegen DESCA, como el PIDESC, la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana de Derechos Humanos, entre otros, así como las interpretaciones que de esas normas realizan los órganos de aplicación como el Comité DESC y la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Para los países de la región que han ratificado la Convención Americana de Derechos Humanos y el Protocolo de San Salvador Adicional a la CADH en materia de DESC, por aplicación de la doctrina del control de convencionalidad, los tribunales de justicia deben aplicar las normas interamericanas en su análisis de validez y cotejo del orden jurídico interno e incluso, las interpretaciones que de esas normas realizan la Comisión y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos. No obstante, como esta situación no es homogénea en toda la región y aún en los países más avanzados en esta línea, considero que es crucial la formación y capacitación sostenida y continua de lxs integrantes del poder judicial en materia de derechos humanos, con perspectiva de género e interseccionalidad, como enfoque que debe permear el análisis y aplicación de todo el orden jurídico en las distintas áreas del derecho, como civil, familia, administrativo, comercial etc.
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