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De acuerdo a la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), en 2016, el número de víctimas reportadas a nivel global alcanzó su nivel más alto en los últimos trece años, al identificarse a más de 24.000 personas afectadas. En América del Sur, el 82% de víctimas detectadas ese año eran de sexo femenino (51% mujeres y 31% niñas) y habían sido captadas en su mayoría con fines de explotación sexual (58% del total de los casos), seguido de otros motivos como el trabajo forzoso, la adopción ilegal y la mendicidad  forzada.

Se trata de un fenómeno complejo, que persiste y es causado en nuestra región por factores de distinta índole, que incluyen cuestiones socioeconómicas, socioculturales e institucionales. Dentro de estas últimas, problemas como la corrupción, la informalidad en las instituciones públicas y la débil presencia o ausencia total del Estado en las zonas en las que ocurre la trata de personas generan un clima de impunidad práctica que permite que estas situaciones perduren.

A ello se suma que si bien, según UNODC, el número de investigaciones penales en la región es alto, solo el 46% de casos son procesados y solo un 28% condenados. Esto último obedecería al desconocimiento aún existente entre operadores de justicia de los alcances del delito de trata de personas, su diferencia con otros delitos similares e incluso la utilización de estereotipos de género. Como ello muestra, a pesar de que en la actualidad 178 Estados han ratificado el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reparar y Sancionar la Trata de Personas, especialmente de Mujeres y Niños (Protocolo de Palermo) con el objetivo de incluir una adecuación legislativa que sancione la conducta criminal de la trata de personas y estructurar políticas públicas dirigidas a la protección de las víctimas, todavía no existe una respuesta efectiva a este grave fenómeno en la mayoría de Estados.

En ese contexto, y tomando en cuenta que este año se cumplen veinte años de la adopción del Protocolo de Palermo, se hace necesario fortalecer los conocimientos de los operadores de justicia en las Américas en materia de trata de personas desde un enfoque de derechos humanos. Para esta tarea, resultan de particular relevancia en nuestra región los estándares sobre trata de personas y otras formas de esclavitud moderna que han sido desarrollados en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) viene formando y consolidando su jurisprudencia al respecto desde 2016, cuando dictó la sentencia sobre el caso Trabajadores de la Hacienda Brasil Verde vs. Brasil.

Como objetivo general el proyecto buscará fortalecer el conocimiento entre operadores de justicia de las Américas de los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos en materia de trata de personas, con especial énfasis en la jurisprudencia desarrollada por la Corte IDH y las recomendaciones de los Grupos de Trabajo y otras instancias multilaterales en materia de crimen organizado.

Entre sus objetivos específicos se tiene contemplado:

  • Sistematizar la jurisprudencia de la Corte IDH en materia de trata de personas e identificar los estándares desarrollados por este órgano.
  • Identificar los estándares desarrollados por la CIDH en materia de trata de personas.
  • Poner a disposición de los operadores de justicia una herramienta teórica-práctica sobre los estándares interamericanos en materia de trata de personas.

Periodo de ejecución:

Enero 2021 – Abril 2021

Equipo de trabajo:

• Irene Palla – Coordinadora
• Valeria Reyes – Investigadora
• Claudia Lovón  – Asistente de investigación