Ir al contenido principal Ir al menú principal Ir al pie de página
Análisis 22 de septiembre de 2026

Por Diego Portillo (*)

La posibilidad de que Milagros Jáuregui presida una comisión con facultades para fiscalizar las políticas de infancia genera el riesgo de que los derechos de niñas, niños y adolescentes queden subordinados a una agenda de ideología ultraconservadora. ¿Qué peligros enfrentan los derechos de la infancia si la senadora Jáuregui preside esta comisión creada por su iniciativa?

Esta pregunta no es retórica ni responde a una discrepancia política menor. Por el contrario, obliga a discutir qué entendemos por protección integral de las infancias y qué condiciones éticas, políticas y técnicas debería cumplir quien conduzca una instancia parlamentaria con poder para fiscalizar las políticas dirigidas a más de diez millones de niñas, niños y adolescentes del Perú.

Recientemente, el Senado aprobó, con 31 votos a favor, la creación de la Comisión Especial Multipartidaria de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia. Esta instancia podrá evaluar la legislación nacional, supervisar políticas y programas sociales, fiscalizar el gasto público y realizar visitas de verificación. Su campo de actuación comprenderá asuntos tan sensibles como la violencia, la salud, la educación, la anemia y la pobreza infantil (Congreso de la República del Perú, 2026). No estamos, por tanto, ante una comisión decorativa, sino frente a un espacio con capacidad para establecer prioridades, convocar autoridades, orientar el debate público y más importante, detener o impulsar decisiones legislativas.

Por eso resulta sumamente preocupante que la senadora Milagros Jáuregui pueda asumir su presidencia. De ninguna manera, se trata de excluir a alguien por sus creencias religiosas o convicciones personales. En una democracia, todas las personas tienen derecho a ellas. El problema comienza cuando esas convicciones pretenden reemplazar el enfoque de derechos, la evidencia científica y las obligaciones internacionales del Estado en la formulación de políticas públicas.

La trayectoria legislativa de Jáuregui revela una actuación sostenida contra el enfoque de género y la Educación Sexual Integral (ESI). Fue una de las principales impulsoras de la norma que reemplazó la Educación Sexual Integral por una educación sexual definida sobre bases “científicas, biológicas y éticas”, cambio cuestionado por especialistas y organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres (Raffo, 2025).

Existe, además, un antecedente todavía más grave. La Fiscalía inició una investigación preliminar al Centro de Acogida Residencial La Casa del Padre, vinculado a Jáuregui, por la presunta vulneración de los derechos de niñas y adolescentes. Paralelamente, la senadora fue denunciada por una presunta omisión en la garantía del acceso al aborto terapéutico para niñas y adolescentes embarazadas como consecuencia de violencia sexual (Ubillus, 2026), aun cuando el aborto terapéutico es legal en el Perú.

Investigaciones periodísticas también documentaron la exposición pública de menores acogidas en este centro y la difusión de imágenes en las redes sociales de la entonces congresista. Posteriormente, el Ministerio de la Mujer dispuso el traslado progresivo de las residentes a otros centros especializados, mientras la Fiscalía verificaba la protección de sus derechos a la identidad, la privacidad, la dignidad y el desarrollo integral (Tuesta, 2026).

La gravedad de estos hechos plantea un problema político y ético ineludible. Este es un punto central, pues una víctima menor de edad no puede ser utilizada como prueba viviente de una convicción religiosa, argumento para una campaña política ni símbolo de una cruzada moral.

El deber de cualquier institución de protección es preservar la identidad de las víctimas, evitar su revictimización y garantizarles información completa y acceso efectivo a las alternativas reconocidas por la ley. Impedir o restringir que una niña embarazada como consecuencia de una violación acceda a una evaluación médica independiente y al aborto terapéutico, cuando legalmente corresponda, no constituye protección. Supone prolongar sobre su cuerpo las consecuencias de la violencia sufrida que es física y mental.

Por lo tanto, la posible designación de Jáuregui puede significar la captura de la política de infancia por una agenda ultraconservadora que invoca el “interés superior del niño” mientras vacía de contenido derechos concretos. Bajo una retórica aparentemente protectora, podrían restringirse la autonomía progresiva, el acceso a información, la salud sexual y reproductiva y el reconocimiento de las desigualdades estructurales que permiten comprender la violencia de género. Más aún si la comisión especial que presidirá tendrá capacidad fiscalizadora.

La presidencia de esta comisión debería recaer en una persona cuya trayectoria ofrezca garantías inequívocas de imparcialidad, confidencialidad y respeto por los derechos humanos.

Finalmente, el Senado debe explicar públicamente qué criterios empleará para elegir la presidencia y establecer mecanismos efectivos de participación de organizaciones especializadas, profesionales y víctimas. La infancia peruana necesita una comisión que amplíe y proteja sus derechos, no que los subordine a dogmas. Poner su protección en manos de quien ha contribuido a debilitarlos no sería una contradicción accidental, sería una decisión política profundamente peligrosa.

Referencias

Chauca Alendez, N. (2026, 5 de febrero). Piden a Fiscalía investigar refugio de Milagros Jáuregui por poner en “grave riesgo” a niñas víctimas de violación. Infobae. https://www.infobae.com/peru/2026/02/05/piden-a-fiscalia-investigar-refugio-de-milagros-jauregui-por-poner-en-grave-riesgo-a-ninas-victimas-de-violacion/

Congreso de la República del Perú. (2026, 9 de septiembre). Pleno del Senado aprueba creación de comisión especial para la protección integral de la infancia y adolescencia. https://comunicaciones.congreso.gob.pe/noticias/pleno-del-senado-aprueba-creacion-de-comision-especial-para-la-proteccion-integral-de-la-infancia-y-adolescencia/

Raffo, F. (2025, 29 de noviembre). El Congreso peruano aprueba una norma que elimina el enfoque de género: “Es un retroceso de décadas y es inaplicable”. El País. https://elpais.com/america/2025-11-29/el-congreso-peruano-aprueba-una-norma-que-elimina-el-enfoque-de-genero-es-un-retroceso-de-decadas-y-es-inaplicable.html

Tuesta, P. (2026, 14 de febrero). La Casa del Padre y las fallas en los centros que deben proteger a niñas víctimas de violencia. Salud con Lupa. https://saludconlupa.com/genero/la-casa-del-padre-y-las-fallas-en-los-centros-que-deben-proteger-a-nias-vctimas-de-violencia/

Ubillus, L. (2026, 12 de febrero). Milagros Jauregui: Fiscalía abre investigación a centro de acogida vinculado a la congresista. LP Derecho. https://lpderecho.pe/denuncian-penalmente-milagros-jauregui-forzar-ninas-victimas-violacion-sexual-continuar-embarazos/

(*) Coordinador de Investigación del Centro de Investigaciones y Servicios Educativos (CISE) y docente PUCP