Teniendo en cuenta la importancia del seguimiento de casos en materia de corrupción, la Clínica Jurídica de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo (UNASAM), socia estratégica del Idehpucp, presentó tres amicus curiae considerando los problemas jurídicos que presentan los expedientes:
i) Exp. N° 00378-2015-0-0201-JR-PE-01, seguido contra funcionarios de la Municipalidad de Huachis por el delito de peculado doloso;
ii) Exp. N° 01812-2016-63-0201-JR-PE-03, seguido contra cuatro funcionarios públicos de la Red Salud Huaylas Norte por el delito de negociación incompatible
y iii) Exp. N° 01789-2017-96-0201-JR-PE-03, contra un asistente de la Fiscalía de la provincia de Asunción por el delito de cohecho pasivo específico.
Los mismos fueron entregados a la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción de Huaraz, la cual interviene en los tres casos mencionados a fin de salvaguardar los intereses del Estado.
Al respecto, en primer lugar, el amicus presentado sobre el Exp. N° 00378-2015-0-0201-JR-PE-01 menciona que existen indicios suficientes para considerar que los tres funcionarios de la Municipalidad Distrital de Huachis consumaron el delito de peculado doloso, ya que la pericia contable constata que el total del dinero desembolsado por el Gobierno Regional de Ancash no fue destinado a la obra pública que se había encomendado, sino que se habrían apropiado del mismo. Ello, en tanto los tres sujetos imputados tenían la calidad de funcionario y servidores públicos, pues uno de ellos era entonces alcalde del distrito de Huachis y, los otros dos, tesoreros de la Municipalidad Distrital de Huachis.
Asimismo, en segundo lugar, el amicus presentado sobre el Exp. N° 01812-2016-63-0201-JR-PE-03, que involucra a cuatro funcionarios de la Red de Salud Huaylas Norte, valora el informe emitido por el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres (SINAGERD); el cual tiene un valor procesal importante en casos de presunta corrupción de funcionarios en contextos de Estados de Emergencia. Gracias al mismo, es posible sostener que los funcionarios de la Red Salud Huaylas Norte habrían cometido el delito de negociación incompatible, violando los principios y reglas que rigen el procedimiento de contratación, pues estos se habrían aprovechado del contexto de emergencia en el que se encontraban para realizar contrataciones irregulares.
Finalmente, el amicus del Exp. N° 01789-2017-96-0201-JR-PE-03, referido a un hecho de corrupción presuntamente cometido por un asistente jurisdiccional del Ministerio Público, señala que la conducta del imputado podría calzar con el tipo penal del delito de cohecho pasivo específico, en tanto este tenía la calidad de asistente en función fiscal y podía direccionar la investigación e influir en las decisiones de la fiscalía basado en intereses particulares corruptos.
Cabe resaltar que los tres informes jurídicos presentados serán de suma utilidad en los respectivos procesos penales a fin de fortalecer la posición acusatoria del Ministerio Público y la Procuraduría Pública ante los órganos jurisdiccionales y evitar impunidad.
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Amicus curiae sobre Exp. N° 00378-2015-0-0201-JR-PE-01
Amicus curiae sobre Exp. N° 01812-2016-63-0201-JR-PE-03
Amicus curiae sobre Exp. N° 01789-2017-96-0201-JR-PE-03